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Pág. 226901 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de julio de 2002 ese modo las actividades jurisdiccionales se desarrollen con normalidad; Por ello, esta Presidencia ha creído conveniente pro- mover a la doctora Catalina Juana Llerena Rodríguez, relatora (e) de la Segunda Sala Penal de Reos Libres, como Juez Suplente de la Judicatura mencionada; Cabe indicar, que la citada servidora, además de re- unir los requisitos establecidos en el Artículo ciento ochen- tidós de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es egresada del Cuarto Curso - Curso Especial de Preparación de As- pirantes al Primer Nivel de Magistrados del Poder Judi- cial y el Ministerio Público, realizada por la Academia de la Magistratura; Por cuyos fundamentos, y en uso de las atribuciones conferidas al suscrito por el Artículo noventa, incisos ter- cero y noveno, de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia; RESUELVE: Primero.- PROMOVER a la doctora CATALINA JUA- NA LLERENA RODRÍGUEZ, Relatora (e) de la Segunda Sala Penal de Reos Libres, como Juez Suplente del Pri- mer Juzgado de Paz Letrado de San Martín de Porres y Los Olivos, a partir de la fecha. Segundo.- Poner la presente resolución en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la República, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Control de la Magistra- tura, y de la Oficina Distrital de Administración. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MANUEL JESÚS MIRANDA CANALES Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima 13079 Establecen conformación de la Tercera Sala Laboral de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0247-2002-P-CSJL/PJ Lima, 22 de julio del 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 0243- 2002-P-CSJL/PJ de fecha 18 de julio del año en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, dis- puso la reconformación de diversas Salas Superiores, Juzgados Especializados y Juzgados de Paz Letrados de Lima, estando a los resultados expedidos por el Con- sejo Nacional de la Magistratura referidos al Proceso de Ratificación y detallados en la Resolución Nº 380-2002- CNM; Que, el contenido del Artículo Primero de la Resolu- ción expedida por el Despacho de esta Presidencia y se- ñalada precedentemente, disponía en uno de sus extre- mos la reconformación de la Tercera Sala Laboral de Lima, habiéndose omitido incluir en la misma al doctor Javier Arévalo Vela, Vocal Titular de Lima, como integrante de la Sala Laboral referida, debiéndose consignarse además que el magistrado en mención ha sido designado como Miembro Titular del Jurado Electoral Especial, Lima Sur, funciones que viene desempeñando a partir del primero de julio del año en curso, de conformidad con lo dispues- to en el Artículo Segundo de la Resolución Administrati- va Nº 200-2002-P-CSJL/PJ; siendo necesario por tal motivo proceder a la aclaración respectiva; Que, asimismo, el Artículo Sexto de la norma en men- ción, en el punto segundo, dispuso la designación del doctor Víctor Enrique Vargas Alarcón, como Juez Suplente del 2º Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, y siendo que dicho Juzgado cuenta a la fecha con un Juez Titular designado por el Consejo Nacional de la Magis- tratura, resulta necesario dejar sin efecto la designaciónreferida debiendo emitirse el pronunciamiento adminis- trativo pertinente; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judi- cial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, dictando las medidas administrativas pertinen- tes, a efectos de brindar un eficiente servicio de justicia en beneficio del justiciable; Que, en uso de las facultades conferidas en los inci- sos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER la actual confor- mación de la Tercera Sala Laboral de Lima, la misma que quedará integrada de la siguiente manera, de conformi- dad con lo señalado en el segundo considerando de la presente Resolución: Tercera Sala Laboral SS. Javier Arévalo Vela (T) Jurado Electoral Especial desde el 1/7/2002 Elina Hemilce Chumpitaz Rivera (T) Presidente Rosa Amelia Barreda Mazuelos (P) Por Dr. Eduardo Yrribarren Fallaque Mariem de la Rosa Bedriñana (P) Por Dra. Eliana Araujo Sánchez Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el conteni- do del Artículo Sexto, en el extremo referido a la designa- ción del doctor Víctor Enrique Vargas Alarcón, como Juez Suplente del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, estando a lo expuesto en el tercer conside- rando de la presente Resolución. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 13095 Disponen conformación de Sala Penal con Reos en Cárcel y conversión de Juz- gado Especializado en lo Penal de Lima en Juzgado Especializado para Proce- sos Ordinarios con Reos en Cárcel RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 248-2002-P-CSJLI/PJ Lima, veintidós de julio del 2002 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 097-2002-CE-PJ, de fecha cinco de julio del año en curso, mediante la cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso nuevas me- didas en relación a la competencia de la Sala Nacional de Terrorismo y de Organizaciones Delictivas y Bandas, así como del Juzgado Corporativo de Bandas; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en el Artículo Sétimo de la Resolución Administrativa de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, autoriza a este despacho a conformar una Sala Penal con Reos en Cárcel, integrada por tres vocales y disponer que uno de los Juzgados Penales para Procesos Ordinarios con Reos Libres, se convierta en Juzgado Penal para Procesos con Reos en Cárcel, con el fin de conocer la carga procesal correspondiente a la