Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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vienen combatiendo incendios sin los equipos especiales que se requiere, y otros con equipos de proteccion deteriorados por el uso MORDAZA y el tiempo transcurrido desde su adquisicion; Que, segun las normas para proteccion personal de los hombres que combaten incendios, todos deberian contar con los implementos siguientes: cotona y pantalon, guantes especiales, cascos, botas y capuchas para bomberos, elementos que en la actualidad son insuficientes para los 6,077 bomberos activos, los mismos que tienen que prestarse, en muchos casos, entre el mismo personal para el combate de incendios, en vista de no poder permanecer por mas de dos (2) horas continuas cuando los siniestros son de MORDAZA proporciones. Que, la MORDAZA adquisicion de estos equipos especiales se hizo en enero de 2002 por un total 100 unidades, para ser distribuidos entre las 170 Companias de Bomberos que albergan los 6,077 bomberos activos, aplicando lo establecido en el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, sin perjuicio de lo indicado en el considerando anterior subsiste aun la urgencia, toda vez, que se trato de un paliativo, el cual en concordancia con el limitado presupuesto entonces asignado al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, resulto insuficiente, a mas que los incendios se presentan en cualquier circunstancia y momento por tener caracter imprevisible, hecho que justifica declarar una situacion de urgencia para adquirir los insumos mencionados en el MORDAZA considerando; Que, en ese sentido el Supremo Gobierno consciente de la necesidad imperiosa de dotar y proteger la MORDAZA y salud del personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru que brinda su apoyo desinteresado y voluntario a toda la sociedad, ha incrementado nuestro presupuesto anual, para permitir dotar de los elementos minimos necesarios que este personal necesita, permitiendo con este aporte que se adquieran 1,600 trajes completos de proteccion personal, compuestos por cotonas y pantalones especiales, cascos, botas, guantes y capuchas para bomberos, de primera generacion; por lo cual se cubriran las necesidades solo del 26.3 % del total de los bomberos activos. Que, por lo tanto, es urgente adquirir los 1,600 trajes completos de proteccion personal en MORDAZA con lo dispuesto en el Articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 012-2001 PCM; Que, con arreglo al literal c) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es permisible la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, cuando se trate de situaciones de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27067 del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la adquisicion de un mil seiscientos (1,600) trajes de proteccion personal contra incendios, por parte del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, hasta la suscripcion de los respectivos contratos. Articulo 2º.- Facultar al Director General de Administracion del CGBVP a efectuar las coordinaciones necesarias, para que a traves del Comite Especial designado en el Articulo Tercero de la presente Resolucion, para que, con cargo a los recursos presupuestales del CGBVP, se realice mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la adquisicion de Un Mil Seiscientos (1,600) trajes de proteccion personal contra incendios, cuyo valor referencial es de S/. 7'575,000.00 (Siete Millones Quinientos Setenta y Cinco Mil Nuevos Soles). Articulo 3º.- Designar el siguiente Comite Especial para encargarse de conducir el MORDAZA senalado en el articulo precedente:
TITULARES Brigadier Mayor CBP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien lo presidira Brigadier Mayor CBP MORDAZA CALMET AGNELLI Brigadier Mayor CBP MORDAZA MORDAZA DE LAMA

SUPLENTES Brigadier Mayor CBP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Brigadier Mayor CBP MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 4º.- Disponer que la presente Resolucion y el Informe Tecnico-Legal correspondiente MORDAZA puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, efectuandose la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, Comuniquese y Cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 11438 RESOLUCION JEFATURAL Nº 389-2002 CGBVP San MORDAZA, 25 de junio de 2002 Visto: El Informe Tecnico-Legal de fecha 19 de junio de 2002 elaborado por la Comision Especial para Adquisiciones de Urgencia, presentada por el Director General de Administracion del CGBVP, adjunto a su Oficio N° 1442002 CGBVP/DIGA, de fecha 21 de junio de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, existen trescientos un (301) vehiculos para combatir incendios, divididos en Autobombas y Motobombas, de los cuales 90 se encuentran en el departamento de MORDAZA y 211 en el resto del pais; los mismos que necesitan contar con un equipo minimo de diez (10) mangueras de 1 ½" y 2 ½" y el uso correspondiente de pitones de las mismas medidas; sin embargo el uso continuo en el combate de incendios y su obsolescencia han llevado a que en muchos de dichos vehiculos no cuenten con mangueras o tengan mangueras obsoletas y en cantidades menores a las minimas requeridas; Que, como es de conocimiento publico a traves del periodismo escrito, radial y televisivo en los ultimos siniestros producidos en la capital como en provincias, se ha podido observar el deficiente material de mangueras con que actualmente viene desarrollando sus actividades el CGBVP, que no solo, no permite un optimo desarrollo de sus operaciones en el combate de incendios, sino que representa un grave peligro, tanto para el personal de bomberos como para terceras personas, como se pudo apreciar en los dos ultimos siniestros donde en el primero al reventar una manguera causo lesiones a un miembro de nuestra institucion y en la MORDAZA causo serias lesiones a cuatro personas ajenas a las ocurrencias; Que, la MORDAZA adquisicion de mangueras se hizo en enero de 2002 por un total cincuenta (50) mangueras contra incendios de 2 ½" y de cien (100) mangueras contra incendios de 1 ½" para ser distribuidas entre los 301 vehiculos para combatir incendios, aplicando lo establecido en el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, sin perjuicio de lo indicado en el considerando anterior subsiste aun la urgencia, toda vez, que se trato de un paliativo, el cual en concordancia con el limitado presupuesto entonces asignado al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, resulto insuficiente, a mas, que los incendios se presentan en cualquier circunstancia y momento por tener caracter imprevisible, hecho que justifica declarar una situacion de urgencia para adquirir los insumos mencionados en el MORDAZA considerando; Que, en ese sentido el Supremo Gobierno consciente de la necesidad imperiosa de dotar y proteger la MORDAZA y salud del personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru que brinda su apoyo desinteresado y voluntario a toda la sociedad, asi como a terceras personas, ha incrementado nuestro presupuesto anual, para permitir dotar de los elementos minimos necesarios que este personal necesita, permitiendo con este aporte que se adquieran 1,600 mangueras de 1 ½" y 2 ½" asi como

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