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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (29/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 225579 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de junio de 2002 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Exoneran de pago el derecho de trámi- te establecido en procedimientos 36 y 37 del TUPA de la Municipalidad para organizaciones sociales, culturales y otros ORDENANZA Nº 054-C/MC Comas, 5 de junio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS; El Concejo Distrital de Comas, en Sesión Ordinaria de la fecha; Visto. El Dictamen de la Comisión de Administración, Planifi- cación, Economía y Finanzas, respecto al Expediente Nº 6608- 2002, mediante el cual el Comité de Gestión de Agua y Desagüe de los Asentamientos Humanos de las Zonales 1 y 2 de Comas, solicitan Exoneración de Pago por concepto de Registro y Acredi- tación de Junta Directiva de los Asentamientos Humanos; CONSIDERANDO: Que, en el TUPA-2002 aprobado por Ordenanza Nº 37- C/MC, en el Procedimiento Nº 36, referido al registro y acre- ditación de organizaciones sociales, se ha establecido la exoneración del pago de derecho de trámite para las orga- nizaciones sociales de base, juveniles y Comités Cívicos; Que, a fin de dar facilidades a las diversas organiza- ciones sociales del distrito que carecen de recursos econó- micos, en lo que respecta al registro y acreditación de la Organización y de la renovación de su órgano directivo, se hace necesario que en la exoneración referida en el consi- derando que antecede, las organizaciones vecinales, cul- turales y deportivas sean comprendidas; De conformidad a la facultad que otorga la Ley Orgáni- ca de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Disponer la exoneración del pago del derecho de trámite establecido en los procedimientos 36 y 37 del TUPA aprobado por la Ordenanza Nº 37, para las organizaciones sociales, vecinales, juveniles, cultura- les, deportivas y comités cívicos. Artículo Segundo.- Dispensar de la Lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase, archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 11545 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Adicionan la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente y la Oficina de Defensa Civil al Reglamento de Organi- zación y Funciones y a la Estructura Orgánica de la Municipalidad EDICTO Nº 002-2002-A-MDMM Magdalena del Mar, 14 de junio del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Extraordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia; Que, mediante Edicto Nº 001-2001-MDMM del 28 de febrero del 2001 se aprueba la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Magdalena del Mar, en la cual no se considera la DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA); Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 129-A-2001- MDMM del 13 de marzo del 2001, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Magdalena del Mar, no contemplando dentro de su Estruc- tura la DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADO- LESCENTE (DEMUNA); Que, de conformidad con el Artículo 42º del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley Nº 27337, la "Defensoría del Niño y del Adolescente" es un servicio del Sistema de Atención Integral que funciona en los Gobier- nos Locales, en las Instituciones Públicas y Privadas y en Organizaciones de la Sociedad Civil, cuya finalidad es pro- mover y proteger los derechos que la legislación reconoce a los niños y adolescentes; Que, dada la necesidad de contar con una dependencia especializada que permita a la Municipalidad ampliar y brin- dar un servicio de calidad a los vecinos, de acuerdo a las exigencias de la modernidad en Gestión Municipal; En uso de las facultades otorgadas por los Artículos 36º inciso 3) y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se adoptó por MAYORÍA el siguiente: EDICTO QUE INCORPORA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD "LA DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA)" Artículo Primero.- Adiciónese al Reglamento de Orga- nización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Magda- lena del Mar, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 129- A-99-MDMM, la DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA), la misma que depende- rá del Despacho de Alcaldía. Artículo Segundo.- Adiciónese a la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Magdalena del Mar, apro- bado por Edicto Nº 001-2001-MDMM, la DEFENSORÍA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA). Artículo Tercero.- Delegar en el señor Alcalde para que determine, mediante la norma correspondiente, las funciones, competencias y atribuciones de la institución antes referida. Artículo Cuarto.- El presente Edicto entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NÚÑEZ STOLAR Alcalde 11619 EDICTO Nº 003-2002-A-MDMM Magdalena del Mar, 14 de junio del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Extraordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia; Que, mediante Edicto Nº 001-2001-MDMM del 28 de febrero del 2001 se aprueba la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Magdalena del Mar, en la cual no se considera la OFICINA DE DEFENSA CIVIL;