Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2002 (22/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2002

la contratacion de dicho servicio, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, hasta que concluya el MORDAZA de seleccion correspondiente y se suscriba el contrato respectivo, con el postor ganador. Articulo 2º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con el Informe Tecnico Nº 004-2002INADE/4131, Informe Legal Nº 110-2002-INADE-3201OGAJ, dentro de los diez dias calendario siguientes a su emision, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 5400

Autorizan contratacion de servicios de seguridad y vigilancia mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 062-2002-INADE-1100 MORDAZA, 20 de marzo del 2002 VISTO: El Oficio Nº 331-2002-INADE/8101, del Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Jequetepeque - Zana; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de la Presidencia, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de la Presidencia; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 024-2002-INADE/8101, de fecha 11 de marzo del 2002, el Proyecto Especial Jequetepeque - Zana ha declarado en situacion de urgencia la contratacion de los Servicios de Vigilancia y Seguridad para sus instalaciones, al MORDAZA del inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, la situacion de urgencia aludida tiene su sustento en que, habiendose declarado desierto el Concurso Publico Nº 001-2002-INADE/8101, la MORDAZA convocatoria hasta la suscripcion del contrato, demandaria un plazo superior a los treinta (30) dias calendario, tiempo durante el cual las instalaciones del Proyecto Especial no contarian con los servicios de seguridad y vigilancia, toda vez que el contrato de la empresa que brinda dichos servicios, finaliza el 13 de marzo del 2002, lo cual pondria en serio peligro el patrimonio del Estado, constituido por las obras construidas como son la Presa Gallito Ciego, Minicentral Hidroelectrica, Laboratorios, etc., asi como las oficinas, talleres y viviendas, entre otras instalaciones; Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Jequetepeque - Zana, solicita la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, por la causal de situacion de urgencia, para contratar por el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la adquisicion de los servicios de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Proyecto; Que, el Articulo 20º del Texto Unico citado, prescribe que las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion;

Que, mediante el Informe Tecnico Legal Nº 001-2002INADE/8105-8106, elaborado por las Oficinas de Asesoria Juridica y de Administracion del Proyecto Especial, se justifica la necesidad de la contratacion de los servicios de seguridad y vigilancia, basado en que la MORDAZA convocatoria del Concurso Publico hasta la suscripcion del contrato, demandaria un plazo superior a los treinta (30) dias calendario, tiempo durante el cual las instalaciones del Proyecto Especial no contarian con dichos servicios, toda vez que el contrato respectivo, finaliza el 13 de marzo del 2002, lo cual pondria en serio peligro el patrimonio del Estado, por cuyo motivo resulta necesaria la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico respectivo; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, en merito de los hechos expuestos en los informes precedentes, estima que la situacion descrita se tipifica en el Articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, como una causal de exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por situacion de urgencia, lo cual permite la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para contratar dichos servicios por el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolucion Jefatural que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE; Que, en consecuencia, la contratacion del servicio debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando al Informe Tecnico Legal Nº 001-2002-INADE/8105-8106 e Informe Legal Nº 112-2002-INADE3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Proyectos en Costa y Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Jequetepeque - Zana, del MORDAZA de Concurso Publico para contratar los servicios de seguridad y vigilancia para sus propias instalaciones, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Jequetepeque - Zana, a fin de que efectue la contratacion materia de la presente Resolucion, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, solo por el tiempo o cantidad estrictamente necesario que permita culminar el Concurso Publico Nº 0012002-INADE/8101. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los Informes Tecnico y Legales sustentatorios, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias calendario siguientes a su emision y notificandose al Proyecto Especial Jequetepeque - Zana, asi como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 5408

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