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NORMAS LEGALESPág. 220506 Lima, domingo 31 de marzo de 20025. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 6. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículos 4, 5 y 6 del Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 576-97- EF/94.10 publicada el 05/09/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, publicada el 11/04/2001. 46 AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIEN- 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV. 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el pro- TO DE LA SOCIEDAD CORREDORA 2. Escritura pública de constitución social, la cual deberá guardar relación 20 días hábiles Documentario nunciamiento corresponde al Di- DE PRODUCTOS con el proyecto de estatuto presentado; de CONASEV rectorio. Este pronunciamiento 3. Declaración jurada de cada uno de los directores y del gerente general, puede ser objeto de Recurso de de carecer de antecedentes policiales, judiciales y penales; así como de Reconsideración ante el mismo cumplir con lo dispuesto en el Artículo 18 del Decreto Supremo N° 105-95-EF, Directorio, agotando la vía admi- publicado el 24/06/95, modificado por el Decreto Supremo N° 152-97/EF, nistrativa. publicado el 14/11/97; En caso de denegatoria, el pro- 4. Indicar el nombre completo y documento de identidad de su representante nunciamiento será emitido por la legal; Gerencia General. Este pronun- 5. Contar con manuales de procedimientos y con mecanismos de control ciamiento puede ser objeto de interno; Recurso de Reconsideración y/o 6. Tener debidamente abiertos los registros de operaciones exigidos por de Apelación. CONASEV; La Apelación será resuelta por 7. Poseer la infraestructura adecuada, que será verificada por CONASEV; el Directorio, agotando la vía 8. Contar con un sistema contable automatizado; y, administrativa. 9. Contar con un sistema automatizado de recepción y registro de órdenes y asignación de operaciones. 10. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 11. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículos 9 y 10 del Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 576-97- EF/94.10 publicada el 05/09/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, publicada el 11/04/2001. 47 AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIEN- 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV, 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el pro- TO DEL AGENTE CORREDOR DE PRO- indicando en forma detallada, las operaciones y servicios que se propone 20 días hábiles Documentario nunciamiento corresponde al Di- DUCTOS realizar, la Bolsa en la que pretenda operar ; así como el diario en que efec- de CONASEV rectorio. Este pronunciamiento tuará la publicación correspondiente; puede ser objeto de Recurso de 2. Currículum vitae, donde constará su nombre completo, documento de iden- Reconsideración ante el mismo tidad, número de Registro Único de Contribuyente, nacionalidad, estado civil, Directorio, agotando la vía admi- domicilio donde realizará sus actividades y número de teléfono y fax; nistrativa. 3. Declaración jurada de carecer de antecedentes policiales, judiciales y En caso de denegatoria, el pro- penales, así como de cumplir con lo dispuesto en el Artículo 18 del Decreto nunciamiento será emitido por la Supremo N° 105-95-EF, publicado el 24/06/95, modificado por el Decreto Su- Gerencia General. Este pronun- premo N° 152-97/EF, publicado el 14/11/97; ciamiento puede ser objeto de 4. Publicar, al día útil siguiente de presentada la solicitud, un aviso según el Recurso de Reconsideración y/o formato del Anexo III, del Reglamento de Corredores de Productos y Opera- de Apelación. dores Especiales, en el Diario Oficial y en uno de mayor circulación nacional, La Apelación será resuelta por con el fin de que, en un plazo de siete (7) días contados a partir del día si- el Directorio, agotando la vía guiente de la publicación, se formulen objeciones fundamentadas para su administrativa. actuación como Agente Corredor de Productos; 5. Declaración jurada detallada de bienes y obligaciones que acredite el patri- monio mínimo exigido en el Artículo 3 del Reglamento de Corredores de Pro- ductos y Operadores Especiales y una carta fianza irrevocable, incondicio-TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS