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NORMAS LEGALES Pág. 220497Lima, domingo 31 de marzo de 2002 ción del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 5. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Nota: Dentro de los 5 días de presentada la solicitud, se deberá publicar un aviso en el Diario Oficial y en otro diario de mayor circulación nacional, comu- nicando la presentación de la mencionada solicitud, de acuerdo a lo previsto el Artículo 6 del Reglamento. CONASEV podrá, por una sola vez, formular observaciones referidas al su- ministro de mayor información o a la adecuación de la solicitud presentada por los organizadores. En este caso, así como en el que hubieran presenta- do objeciones fundamentadas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6 de Reglamento, el mencionado plazo se extenderá en tantos días como de- moren los organizadores en absolver, a satisfacción de CONASEV, los re- querimientos que ésta comunique por escrito. Base Legal: Artículos 4 al 7 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97-EF/ 94.10 publicada el 11/12/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 33 MODIFICACIÓN DE INFORMACIÓN Y/O 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,5 UIT x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos DOCUMENTACIÓN PRESENTADA 2. Remitir la información o documentación que hubiere sido modificada, debi- 30 días hábiles Documentario Este pronunciamiento puede ser DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE damente actualizada según lo requerido por los Artículos 4° y 5° del Regla- de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN DE mento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado ción y/o de Apelación. La Apela- UNA EMPRESA ADMINISTRADORA DE por Resolución CONASEV N° 730-97-EF/94.10. ción será resuelta por la Gerencia FONDOS COLECTIVOS 3. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el General, agotando la vía adminis- Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección trativa. del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 4. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Cuando se produzca variación de los organizadores, dentro de los cinco (5) días de presentada la solicitud, deberá publicarse un aviso en el Diario Oficial y en otro diario de mayor circulación nacional, haciendo de conoci- miento la variación producida. Dicho aviso incluirá los nombres completos de los nuevos organizadores y de sus representantes legales, cuando trate de personas jurídicas, así como la convocatoria al público en general para que, en un plazo de cinco (5) días, formule cualquier observación. Dentro del plazo señalado para la recepción de las observaciones mencio- nadas, se deberá remitir a CONASEV copia de los avisos a que se refiere el presente Artículo. Base Legal: Artículos 6 y 8 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97-EF/ 94.10 publicada el 11/12/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 34 AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIEN- Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV, sus- 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el pro- TO DE LA EMPRESA ADMINISTRADO- crita por un representante autorizado de la Administradora, para lo cual de- 10 días hábiles Documentario nunciamiento corresponde al Di- RA DE FONDOS COLECTIVOS berá presentar la siguiente información y documentación : de CONASEV rectorio. Este pronunciamiento 1. Escritura pública de constitución social, la que deberá guardar correspon- puede ser objeto de Recurso de dencia con la información proporcionada en la solicitud de autorización de Reconsideración ante el mismo organización, cuando corresponda. Directorio, agotando la vía admi- 2. Nómina de los administradores, gerentes y/o miembros de directorio de la nistrativa. Administradora, según corresponda. En caso de denegatoria, el pro- 3. Acreditar experiencia y conocimiento en materias económicas, financie- nunciamiento será emitido por la ras y/o contables, para lo cual se remitirá los Currículum Vitae de las perso- Gerencia General. Este pronun- nas mencionadas en el numeral precedente. ciamiento puede ser objeto de 4. Declaración Jurada de los administradores, gerentes y/o directores, se- Recurso de Reconsideración y/oTEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS