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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2002 (31/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES Pág. 220503Lima, domingo 31 de marzo de 2002 EN EL CASO DE LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLEC- TIVOS (EAFC) QUE PRESTAN SERVICIO DE SEPELIO: 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos 2. Copia simple del acuerdo de la Junta General de Accionistas que acredite la decisión adoptada. 3. Declaración jurada simple de haber observado lo dispuesto en los artícu- los 3,4,5,y 6 del Decreto Ley 22014. 4. Para los nuevos accionistas : a. Si fueran personas naturales , nacionalidad , estado civil, ocupación y do- micilio de cada uno de los nuevos accionistas; si fueran personas jurídicas denominación o razón social, datos de inscripción en los Registro Públicos y el nombre del representante legal b. Declaración jurada simple de cada uno de los accionistas de no tener an- tecedentes policiales, penales o judiciales ni haber sido declarados en quie- bra, ni tener procedimientos incoados o sobreseídos de esa naturaleza en ningún lugar del territorio de la República. c. Copia simple de los avisos publicados en un diario de circulación nacional dando a conocer la transferencia de acciones por tres (03) veces con el intervalo mínimo de cinco (05) días e invitando a la opinión pública dentro del plazo de veinte (20) días calendario, después de la última publicación, for- mule cualquier objeción al respecto. 5. Nómina de accionistas antes y después del aumento de capital 6. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 7. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículo 24 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (aplicable a servicios funerarios), aprobado mediante Resolución CONASEV N° 264-93-EF/94.10 publicado el 24/10/93, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444,publicada el 11/04/2001. 42 AUTORIZACIÓN DE AUMENTO DE 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,50 UIT x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos CAPITAL SIN VARIACIÓN DE LA NO- 2. Copia simple del acuerdo adoptado. Documentario MINA DE SOCIOS DE LA EMPRESA 3. Copia simple del asiento en el libro Diario. de CONASEV ADMINISTRADORA DE FONDOS CO- 4. Documentación sustentatoria correspondiente. LECTIVOS. 5. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La identifica- ción del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 6. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículo 18 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97- EF/94.10 publicada el 11/12/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. EN EL CASO DE LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLEC- TIVOS (EAFC) QUE PRESTAN SERVICIO DE SEPELIO: 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos 2. Copia simple del Acuerdo de la Junta General de Accionistas que acredi- te la decisión adoptada. 3. Copia simple de la Boleta de Depósito de los aportes dinerarios en una entidad bancaria o Financiera y/o Declaración Jurada simple del aporte no dinerario en bienes, valorizado de acuerdo a las normas vigentes. 4. Nómina de accionistas antes y después del aumento de capital 5. Acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el D.L. Nº 22014 referido a los límites de participación accionaria. 6. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por elTEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS