Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV
DERECHO DE PAGO NO REGULADO CALIFICACION APROBACIONCON EVALUACION PREVIA AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO X 30 dias habiles Tramite Documentario de CONASEV Comite de Proteccion al Accionista Minoritario. Estos pronunciamientos por ser instancia unica no pueden ser objeto de recurso de apelacion. DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

COMITE DE PROTECCION AL ACCIONISTA MINORITARIO

Nº DE DENOMINACION DEL ORDEN PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

Pag. 220510

1

SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN LOS CASOS DEL REGIMEN GENERAL

La Sociedad Anonima Abierta debera presentar: 1. Escrito dirigido a CONASEV, el mismo que se presentara en el termino de tres (03) dias habiles de recibido el reclamo del accionista minoritario, acompanando la siguiente documentacion debidamente foliada: a. El escrito del accionista minoritario, con todo lo actuado por la empresa, en el que solicita se eleve su reclamo ante CONASEV. 2. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

0.005 UIT

Nota: El pago de los derechos respectivos debera ser efectuado en la Tesoreria de CONASEV, o mediante abono o transferencia electronica de fondos, a las cuentas bancarias que esta Comision Nacional disponga para tal efecto, presentando dicho comprobante de pago en las oficinas de la Sociedad Anonima Abierta, a efectos de iniciar el tramite ante la misma. Al momento de resolver el reclamo la empresa y a su turno CONASEV podran elegir el regimen que mas favorezca al recurrente, siempre que la cuantia y materia lo permita, sin necesidad de pedido expreso al respecto.

Base Legal: Ley Nº 26985, Ley de proteccion a los accionistas minoritarios de las sociedades anonimas abiertas, publicada el 29/10/98; Decreto Supremo 082-2000EF, Procedimientos para entrega y reconocimiento de derechos sobre acciones, dividendos y otros beneficios de sociedades anonimas abiertas a que se refieren los Decretos de Urgencia N°s 036 y 052-2000; Resolucion CONASEV N° 060-2000-EF/94.10, Normas Complementarias al Decreto de Urgencia N° 052-2000 y Decreto Supremo N° 082-2000-EF, publicado el 8/09/00 0.05 UIT (*) X 120 dias calendario Tramite Documentario de CONASEV Comite de Proteccion al Accionista Minoritario. Estos pronunciamientos por ser instancia unica no pueden ser objeto de recurso de apelacion.

2

SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN LOS CASOS DEL REGIMEN ESPECIAL Y DEL REGIMEN SIMPLIFICADO (*) Regimen Especial (**) Regimen Simplificado 0.005 UIT (**)

NORMAS LEGALES

La Sociedad Anonima Abierta debera presentar: 1. Escrito dirigido a CONASEV, el mismo que se presentara en el termino de tres (03) dias habiles de recibido el reclamo del accionista minoritario, acompanando la siguiente documentacion debidamente foliada: a. El escrito del accionista minoritario, con todo lo actuado por la empresa, en el que solicita se eleve su reclamo ante CONASEV. 2. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

Nota: El pago de los derechos respectivos debera ser efectuado en la Tesoreria de CONASEV, o mediante abono o transferencia electronica de fondos, a las cuentas bancarias que esta Comision Nacional disponga para tal efecto, presentando dicho comprobante de pago en las oficinas de la Sociedad Anonima Abierta, a efectos de iniciar el tramite ante la misma. Al momento de resolver el reclamo la empresa y a su turno CONASEV podran elegir el regimen que mas favorezca al recurrente, siempre que la cuantia y materia lo permita, sin necesidad de pedido expreso al respecto.

Si CONASEV declara fundado el reclamo dispondra que la Empresa lo integre en la publicacion mensual referida en el Articulo 6° del Decreto de UrgenUrgencia N° 052-2000, a efecto de que quienes consideren tener igual o mejor derecho que los solicitantes puedan presentar oposicion dentro de los plazos previstos en dicho Articulo. La integracion MORDAZA senalada debera hacerse en la publicacion del mes siguiente a la comunicacion que curse CONASEV a la Empresa.

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

Base Legal: Ley Nº 26985, Ley de proteccion a los accionistas minoritarios de las sociedades anonimas abiertas, publicada el 29/10/98; Decreto Supremo 082-2000EF, Procedimientos para entrega y reconocimiento de derechos sobre acciones, dividendos y otros beneficios de sociedades anonimas abiertas a que se refieren los Decretos de Urgencia N°s 036 y 052-2000, y Articulo 9° del Decreto de Urgencia N° 036-2000; y, Resolucion CONASEV N° 060-2000EF/94.10, Normas Complementarias al Decreto de Urgencia N° 052-2000 y Decreto Supremo N° 082-2000-EF, publicado el 08/09/2000.

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