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NORMAS LEGALESPág. 220502 Lima, domingo 31 de marzo de 2002de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97- EF/94.10 publicada el 11/12/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 41 AUTORIZACIÓN DE AUMENTO DE 1. Solicitud dirigida a Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,50 UIT x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos CAPITAL CON VARIACIÓN DE LA 2. Copia simple del acuerdo adoptado. 15 días hábiles Documentario Este pronunciamiento puede ser NÓMINA DE SOCIOS DE LA EMPRESA 3. Copia simple del asiento en el libro Diario. de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- ADMINISTRADORA DE FONDOS CO- 4. Documentación sustentatoria de los nuevos socios: ción y/o de Apelación. La Apela- LECTIVOS a. Nombre, nacionalidad, documento de identidad, estado civil, domicilio, nú- ción será resuelta por la Gerencia mero de RUC de ser el caso, profesión u ocupación, en caso de personas General, agotando la vía adminis- naturales. trativa. b. Denominación o razón social, datos del representante legal, domicilio, nú- mero de RUC, datos de inscripción en el Registro Público, nómina de su Di- rectorio y nombre del Gerente General o quien haga sus veces, así como la identidad de sus socios con más del cinco por ciento (5%) del capital, en caso de personas jurídicas. c. Porcentaje de participación en el capital de la Administradora. d. Currículum Vitae de los nuevos socios o de sus representantes legales, en caso de personas jurídicas, supuesto en el cual, adicionalmente, se pre- sentará la última información financiera anual auditada. 5. Declaración Jurada de cada uno de los nuevos socios o de sus represen- tantes legales en caso de personas jurídicas de: a. No estar sujetos a los impedimentos dispuestos por las leyes de la mate ria. b. No ser directores, funcionarios o trabajadores de CONASEV, ni parientes hasta el segundo grado de consanguinidad primero de afinidad o cónyuges de éstos. c. Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales y no haber sido declarado en insolvencia o judicialmente en quiebra, ni tener procedimiento incoado o sobreseido de tal naturaleza, a la fecha de presentación de la solicitud. d. No haber sido destituidos por CONASEV, la Superintendencia de Banca y Seguros o la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del cargo de directores o gerentes de una empresa sujeta a su control y supervisión, o sancionados por falta muy grave por dichas entida des. e. No ser administrador, gerente, director o socio de otra Administradora. 6. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La identifica- ción del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 7. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Dentro de los cinco (5) días de presentada la solicitud, la Administradora de- berá publicar un aviso en el Diario Oficial y en otro diario de mayor circula- ción nacional. Dicho aviso incluirá los nombres completos de los nuevos socios y de sus representantes legales, cuando trate de personas jurídicas, así como la convocatoria al público en general para que, en un plazo de cinco (5) días, formule cualquier observación. Dentro del plazo señalado para la recepción de las observaciones mencio- nadas, la Administradora deberá remitir a CONASEV copia de los avisos a que se refiere el presente Artículo. Nota : CONASEV podrá, por una sola vez, formular observaciones referidas al suministro de mayor información o a la adecuación de la solicitud presen- tada por la Administradora. En este caso, el plazo se extenderá en tantos días como se demore la Administradora en absolver, a satisfacción de CO- NASEV, los requerimientos que ésta comunique por escrito. Base Legal: Artículo 18 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97- EF/94.10 publicada el 11/12/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001.TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS