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Pág. 223112 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de mayo de 2002 en marcha de sistemas de gestión ambiental, los que inclu- so pueden ser certificados. Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. CARLOS LORET DE MOLA DE LAVALLE Presidente CARLOS PONCE DEL PRADO LUIS MASSON MEISS ENRIQUE ZEVALLOS BELLIDO CARLOS VALENCIA MIRANDA FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES MARIANO CASTRO SÁNCHEZ-MORENO Secretario Ejecutivo 8699 INADE Autorizan a la Oficina de Administra- ción del Proyecto Especial Chavimo- chic contratar servicios de vigilancia mediante adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 096-2002-INADE-1100 Lima, 10 de mayo del 2002 VISTO: El Oficio Nº 0519-2002-INADE/8301, del Director Eje- cutivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Minis- terio de la Presidencia, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, económica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de la Presidencia; Que, mediante Resolución Directoral Nº 064-2002-INA- DE/8301, de fecha 15 de marzo del 2002, el Proyecto Es- pecial CHAVIMOCHIC ha declarado en situación de urgen- cia la contratación de los Servicios de Vigilancia para sus instalaciones, al amparo del inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, solicita la exonera- ción del proceso de Concurso Público, por la causal de si- tuación de urgencia, para contratar por el proceso de Adju- dicación de Menor Cuantía, la adquisición de los servicios de vigilancia para las instalaciones del Proyecto, por la suma de S/. 68 050,87, que serán financiados con fondos de la Fuente Recursos Directamente Recaudados, conforme consta del Oficio Nº 0829-2002-INADE/8301; Que, el Artículo 20º del Texto Único citado, prescribe que las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo la exoneración aprobada por Resolución del Titular del Pliego; Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las reso- luciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, se sustentarán necesariamente en un informe técnico-legal previo que contendrá la justifica- ción técnica y legal de la adquisición o contratación; Que, la situación de urgencia aludida, tiene su sustento en que, habiéndose declarado desierto el Concurso Públi- co Nacional Nº 001/2002-INADE/8301, por haber quedado válida una sola oferta, la continuación del proceso de se- lección hasta la suscripción del contrato, dejaría las insta- laciones del Proyecto sin la prestación de dicho servicio, toda vez que el contrato respectivo, ha finalizado el 15 demarzo del 2002, razón por la cual se ha configurado una situación de urgencia, conforme se encuentra descrito en el Informe Técnico Nº 001-2002-INADE/8306.4 e Informe Legal Nº 020-2002-INADE/8304.2, elaborados por la Uni- dad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y por la Ofi- cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Proyecto Especial; Que, mediante Informe Nº 12-2002-INADE/5101-GPC, la Gerencia de Proyectos en Costa considera que existe la necesidad de contar, a la brevedad, con los servicios de vigilancia de las instalaciones del Proyecto Especial, emi- tiendo opinión favorable para que se exonere del proceso de selección, la contratación de tales servicios por el pro- ceso de adjudicación de menor cuantía, mientras se conti- núe con el Concurso Público convocado; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en mérito de los hechos expuestos en los informes precedentes, esti- ma que la situación descrita se tipifica en el Artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, como una causal de exoneración del proceso de selección co- rrespondiente por situación de urgencia, lo cual permite la exoneración del proceso de Concurso Público para contra- tar dichos servicios por el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, mientras se culmine dicho proceso de selección; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolución Jefatu- ral que apruebe la referida exoneración, en razón a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se en- cuentra señalado en el Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE; Que, es necesario hacer mención que, el Artículo 141º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por el De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM permite que la Entidad pueda adquirir o contratar complementariamente con el mismo contratista bienes y servicios por única vez y hasta por un máximo de 30% adicional al monto del contrato ori- ginal, bajo las condiciones en él establecidas; Que, al respecto, se advierte de autos que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC ha contravenido el referido Artí- culo 141º, al haber ampliado hasta en dos oportunidades el contrato de vigilancia, cuando ello sólo es permitido por única vez, excediéndose el porcentaje del 30% de amplia- ción que faculta dicho dispositivo legal; Que, de otro lado, se debe puntualizar que la Situación de Urgencia es una acción a la cual la Entidad puede recurrir cuando se presenta un desabastecimiento de un bien o ser- vicio que comprometa la continuidad de los servicios esen- ciales o de las operaciones productivas por hechos imprevi- sibles, no siendo éste el caso de autos por cuanto el contrato de servicios tenía fecha cierta de culminación (30.11.2001), no habiéndose tomado las previsiones del caso para realizar el proceso de selección en forma oportuna; Que, en tal sentido, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC debe disponer las acciones que sean pertinentes, a fin de establecer las responsabilidades administrativas a que haya lugar, dictándose las sanciones que correspondan; Estando al Informe Nº 12-2002-INADE/5101-GPC e In- forme Legal Nº 144-2002-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Proyectos en Costa y Oficina General de Asesoría Jurí- dica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Artículo 19º e inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legisla- tivo Nº 599 y Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial CHAVIMO- CHIC, del proceso de Concurso Público para contratar, con fondos de la Fuente Recursos Directamente Recaudados, los servicios de vigilancia de sus instalaciones, por la suma de S/. 68 050,87 (Sesentiocho Mil Cincuenta y 87/100 Nue- vos Soles), por los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, a fin de que efectúe la contratación materia de la presente Resolución, median- te el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, que permita culminar el Concurso Público Nº 001-2002-INADE- 8301. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas del Texto