Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2002 (18/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2002

Dejan sin efecto resolucion mediante la cual se designo Director Regional de Pesqueria del CTAR MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 160-2002-PE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 148-2002-PE del 26 de MORDAZA de 2002, se designo al Ingeniero Pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR Junin; Que por motivos personales, el citado funcionario no acepto la designacion efectuada, por lo que no asumio el cargo MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y por la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 148-2002-PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 8957

PRICORNIO S.A. interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 286-2001-PE/DNEPP del 24 de octubre de 2001; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Directoral Nº 286-2001PE/DNEPP se declaro improcedente la reclamacion presentada por la recurrente contra el Oficio Nº 2955-2000PE/DNE, toda vez que el pago por servicio de seguimiento satelital - SISESAT no fue realizado oportunamente, por lo que, no se encontraban en los supuestos normativos de las Resoluciones Ministeriales Nº 087-2000-PE y Nº 116-2000-PE para deducir los pagos por dicho concepto de los derechos de pesca correspondientes al ejercicio 2000; Que mediante el escrito del visto la recurrente interpone recurso de apelacion contra la resolucion directoral citada en el considerando precedente, argumentando que la misma habria sido expedida sustentandose en una interpretacion contrariu sensu de los Articulos 4º de la Resolucion Ministerial Nº 087-2000-PE y el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 116-2000-PE, las mismas que no prohibirian la deduccion de los pagos efectuados por concepto del SISESAT aun en el caso en que hayan sido pagados fuera del plazo establecido, por lo que, se estaria atentando contra el MORDAZA de legalidad; Que el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 0872000-PE concordante con el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 116-2000-PE, claramente establecen que unicamente podran ser deducibles de los derechos de pesca que correspondieron al ejercicio 2000, los montos que por concepto del SISESAT se hubiesen pagado oportunamente en el mes al que correspondia efectuar el pago de los derechos de pesca, lo cual no ocurrio en el presente caso; pues, tal como consta en autos, el pago del SISESAT -cuya deduccion pretende la recurrente- no se efectuo en la forma y oportunidad establecidas en las citadas normas legales; por lo que, la resolucion directoral apelada no vulnera el MORDAZA de legalidad; Que por las consideraciones expuestas se ha determinado que el recurso de apelacion no desvirtua los fundamentos de la Resolucion Directoral Nº 286-2001-PE/DNEPP; por lo que, resulta infundado; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, aplicable al presente procedimiento en virtud de lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por PESQUERA CAPRICORNIO S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 286-2001-PE/DNEPP del 24 de octubre del 2001, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 8844

Designan Director Regional de Pesqueria del CTAR MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 161-2002-PE MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR Junin; Que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al biologo MORDAZA MORDAZA RAEZ MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 8958

Declaran infundada impugnacion interpuesta contra la R.D. Nº 286-2001-PE/ DNEPP
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 032-2002-PE MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 Visto el escrito de Registro Nº 07994002 del 20 de noviembre de 2001 mediante el cual PESQUERA CA-

Otorgan permisos de pesca a empresas para operar embarcaciones cerqueras de banderas ecuatoriana y boliviana en la extraccion de atun
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 113-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 Visto los escritos con registro Nº CE-00130001, de fechas 26 de marzo y 1, 2, 3 y 4 de MORDAZA del 2002, pre-

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