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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (01/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 232436 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de noviembre de 2002 exportaciones efectuadas por partidas arancelarias y por empresas no vinculadas superen los US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Agregar el siguiente párrafo al Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 042-2002-EF: "(...) Asimismo, cuando en el año en curso el valor de las exportaciones por subpartida nacional y por empresa exportadora no vinculada exceda el monto de US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 0/100 Dólares de los Estados Unidos de América), no procederá sobre el exceso de di- cho monto la restitución de los derechos arancelarios a que se refiere el Decreto Supremo Nº 104-95-EF y normas modificatorias. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 19374 Constituyen Comisión Organizadora de la Asamblea de Gobernadores del BID que se celebrará en Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 274-2002-EF Lima, 31 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el gobierno del Perú invitó oportunamente al Ban- co Interamericano de Desarrollo (BID) para que la Asam- blea de Gobernadores celebre en Lima su Reunión Anual del año 2004; Que el BID ha aceptado dicha invitación y fijado las fe- chas del 29 al 31 de marzo de 2004 para su asamblea en Lima, que seguirá a la de Milán, Italia, a realizarse en mar- zo de 2003; Que para efectos de la organización de la Asamblea del BID en Lima, es necesario iniciar de inmediato los pre- parativos correspondientes, incluyendo la presentación especial que el Perú deberá hacer en la Asamblea de Mi- lán del 2003, en los campos político, económico, de inver- siones, cultural y turístico, como paso previo promocional de la Asamblea de Lima del 2004; Que, para ello, es necesario crear una comisión multi- sectorial con representantes del más alto nivel del sector público y privado, para que de inmediato inicie los trabajos conducentes a la presentación especial que el Perú debe- rá hacer en la Asamblea del BID del 2003 en Milán y a la organización y realización de la Asamblea del BID en Lima del 2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión Organizadora de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que se celebrará en la ciudad de Lima en marzo del año 2004. La Comisión Organizadora estará in- tegrada por: -El Ministro de Economía y Finanzas, quien la presidi- rá; -El Ministro de Relaciones Exteriores; -El Ministro de Comercio Exterior y Turismo; -El Ministro de Transportes y Comunicaciones;-El Ministro del Interior; -Un representante de las entidades financieras esta- tales; -Un representante del sector privado; y, -El Director Ejecutivo de la Comisión Organizadora. Artículo 2º.- El presidente de la Comisión Organizadora invitará a las entidades financieras estatales y a las institu- ciones del sector privado, para que propongan a sus repre- sentantes en un plazo de cinco días hábiles, los que serán nombrados por Resolución Ministerial del Sector Econo- mía y Finanzas. El Director Ejecutivo de la Comisión Organizadora será designado por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas. Artículo 3º.- La Comisión Organizadora contará con un Comité Ejecutivo -que se reunirá periódicamente- con- formado por su Presidente, los representantes de las enti- dades financieras estatales y del sector privado, y el Di- rector Ejecutivo de la Comisión Organizadora. Artículo 4º.- La Comisión Organizadora también tiene a su cargo la presentación especial sobre el Perú en la Asamblea de Milán del 2003, en los campos político, eco- nómico, de inversiones, cultural y turístico, como paso pre- vio promocional de la Asamblea de Lima del 2004. Artículo 5º.- Por acuerdo de la Comisión Organizadora y dentro de los siete días hábiles siguientes a la fecha del mismo, cada uno de los sectores del Estado que la inte- gran, proporcionará a la Comisión Organizadora los recur- sos humanos, técnicos y materiales que se soliciten, por el tiempo que se requiera. Las otras áreas del sector público, a simple solicitud de la Comisión, atenderán en la misma forma a sus requerimientos. Las entidades del sector pri- vado serán invitadas a ofrecer su colaboración para la pre- paración y realización de la Asamblea del BID y con los trabajos de la Comisión Organizadora. Artículo 6º.- En el año 2002, 2003 y 2004, el Ministerio de Economía y Finanzas, de su propio presupuesto, proporcio- nará a la Comisión Organizadora los recursos financieros que su trabajo demande. Asimismo, los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas pertenecientes al Sector pro- porcionarán el apoyo que sea requerido por dicha Comisión. Artículo 7º.- El Director Ejecutivo de la Comisión Or- ganizadora coordinará a los sectores y entidades repre- sentados en la Comisión Organizadora, para los efectos de la presente Resolución Suprema. También servirá de enlace con el BID y con las autoridades italianas, para los fines de la presentación especial que el Perú deberá hacer en la Asamblea del 2003 en Milán y de la organización y realización de la Asamblea de Gobernadores en Lima en el año 2004, canalizando todas las comunicaciones para dichos propósitos y apoyando las acciones de coordinación de las Unidades y Misiones del BID que tengan responsa- bilidad en la materia. Artículo 8º.- La Comisión Organizadora iniciará sus funciones a partir de su instalación, la cual deberá reali- zarse dentro de los diez días de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 19377 Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Superintendencia Na- cional de los Registros Públicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 275-2002-EF Lima, 31 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 469-2001-EF, se de- signó al ingeniero Ramón Barúa Alzamora como miembro