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Pág. 232439 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de noviembre de 2002 Pasajes US$ 538,36 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) US$ 400,00 Gastos de instalación US$ 200,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 ------------------- TOTAL US$ 1 163,36 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 19249 Autorizan al Director General de Hidro- carburos a suscribir el Segundo Acuer- do de Modificación Parcial del Conve- nio de Estabilidad Jurídica celebrado con Gas del Perú S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 498-2002-EM/DM Lima, 29 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 101-2000-EM y Nº 102-2000-EM, se otorgaron a Transportadora de Gas del Perú S.A. las Concesiones de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y de Transporte de Líquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, así como la autorización para la suscripción de los Contratos BOOT de Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Ca- misea al City Gate y de Transporte de Líquidos de Gas Natu- ral por Ductos de Camisea a la Costa; Que, en mérito de las referidas Concesiones, y al am- paro de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 662, por el Título II y el Capítulo I del Título V del Decreto Legislativo Nº 757, por el Reglamento de los mismos, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 136-97-EF y por la Ley Nº 27342, Transporta- dora de Gas del Perú S.A. suscribió un Convenio de Esta- bilidad Jurídica con la Comisión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras - CONITE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM, CONITE ha sido absorbido por fusión por la Dirección Eje- cutiva FOPRI, la cual, a su vez, ha pasado a denominarse Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN por lo que, en consecuencia, es ahora PROINVERSIÓN la parte que representa al Estado Peruano, en la suscripción de los convenios de Estabilidad Jurídica; Que, en concordancia con lo estipulado en la Cláusula Sétima del Convenio de Estabilidad Jurídica mencionado en el segundo considerando, éste sólo podrá ser modifica- do de común acuerdo por las partes en tanto no se modifi- que el Plazo de Vigencia ni el monto de los aportes de los inversionistas por debajo del límite establecido en el Artí- culo 2º de la Ley Nº 27342; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27342 establece como requisito, que los inversionistas deberán comprometerse a efectuar, como mínimo, aportes dinerarios canalizados a tra- vés del Sistema Financiero Nacional, al capital de una em- presa establecida por un monto que no sea inferior a los US$ 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 dólares de los Esta- dos Unidos de Norteamérica) para el sector hidrocarburos; Que, en el marco de las disposiciones referidas, Trans- portadora de Gas del Perú S.A. ha solicitado la modifica- ción del Convenio de Estabilidad Jurídica con la finalidad de redistribuir los compromisos de inversión de Hunt Pipe- line Company of Perú L.L.C, Pluspetrol Resources Corpo- ration y SK Corporation, incorporando como nuevo inver- sionista a Tractebel S.A. de Bélgica; Que, en atención a lo señalado, las partes han acorda- do la modificación del Convenio de Estabilidad Jurídica por lo que es necesario suscribir el Segundo Acuerdo de Mo- dificación Parcial del Convenio de Estabilidad Jurídica ce- lebrado con Transportadora de Gas del Perú S.A.;De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27342, el Decreto Legislativo Nº 662, el Decreto Legislativo Nº 757, y el Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inver- sión Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-97- EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 136-97-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al ingeniero Pedro Touzett Gia- nello, Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Ener- gía y Minas, a suscribir el Segundo Acuerdo de Modificación Parcial del Convenio de Estabilidad Jurídica celebrado entre el Estado Peruano y Transportadora de Gas del Perú S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 19256 Declaran infundada impugnación con- tra otorgamiento de la buena pro de adjudicación directa selectiva convoca- da para la contratación del servicio de fotocopiado y acabado de documentos RESOLUCIÓN Nº 002-SG / A.D.S. Nº 006-2002-MEM Lima, 24 de octubre de 2002 VISTOS: (1) El Expediente Nº 1385632, de fecha 15.10.2002, se- guido por Xerox del Perú S.A. (en adelante, XEROX), repre- sentada por el señor Jorge Cafferata Gamero, sobre recurso de apelación interpuesto contra el acto administrativo de otor- gamiento de la buena pro correspondiente a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2002-MEM/SG-OGRS, para la con- tratación del “Servicio de Fotocopiado y acabado de docu- mentos para el Ministerio de Energía y Minas”; (2) El escrito Nº 1386598, de fecha 22 de octubre de 2002, mediante el cual el Consorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A., absuelve el traslado conferido del recurso de apelación interpuesto por XEROX; (3) El Informe Nº 002-2002-EM/CE/ADS006-2002, de fecha 18.10.2002, emitido por el Presidente del Comité Especial, señor Alamiro Liñán Alcalde; (4) El escrito Nº 1386655, de fecha 23 de octubre de 2002, mediante el cual XEROX subsana la omisión del pago de la tasa administrativa correspondiente a la interposición del recurso de apelación contra el acto administrativo de otorgamiento de la Buena Pro del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2002-MEM. CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de abril de 2002, mediante Resolución Secretarial Nº 018-2002-EM/SG se designó al Comité Espe- cial encargado de conducir el Concurso Público Nacional para la contratación del “Servicio de Fotocopiado y acabado de documentos para el Ministerio de Energía y Minas”; Que, con fecha 11 de abril de 2002, mediante Resolución Secretarial Nº 022-2002-EM/SG, se aprobaron las Bases para el Concurso Público Nacional Nº 006-2002-MEM, para la con- tratación del “Servicio de Fotocopiado y acabado de docu- mentos para el Ministerio de Energía y Minas”; Que, con fecha 14 de abril de 2002, el Ministerio de Ener- gía y Minas convocó al Concurso Público Nº 006-2002-MEM para la contratación del “Servicio de Fotocopiado y acabado de documentos para el Ministerio de Energía y Minas”; Que, el 13 de mayo de 2002, se declaró desierta la pri- mera convocatoria del Concurso Público, debido a la falta de presentación de propuestas por parte de los postores; Que, el 28 de junio de 2002, se declaró desierta la se- gunda convocatoria del Concurso Público, debido a la falta de presentación de propuestas por parte de los postores; Que, al declararse desierto en dos oportunidades el Concurso Público, en aplicación de lo establecido en el ar- tículo 32º numeral 1) inciso a) del D.S. Nº 012-2001-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-