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Pág. 232440 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de noviembre de 2002 quisiciones del Estado, y el artículo 14º numeral 3, inciso b) del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comité Especial convocó el 5 de julio de 2002 al proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 006- 2002-MEM; Que, mediante Resolución Secretarial Nº 036-2002-EM/ SG, de fecha 4 de julio de 2002, se aprobaron las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2002-MEM; Que, mediante Resolución Nº 684/2002.TC-S2, el Tri- bunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de- claró la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro recaído en el proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 006- 2002-MEM, disponiendo que se retrotrayera lo actuado a la etapa de absolución de consultas; Que, en atención a lo dispuesto por el Tribunal de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, con fecha 24 de septiembre de 2002, el Comité Especial aprobó el Calen- dario del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 006- 2002-MEM; Que, mediante Circulares Nº 004-CE/ADS Nº 006-2002- MEM de fecha 24 de septiembre de 2002, y Nº 005-CE/ ADS Nº 006-2002-MEM de fecha 25 de septiembre de 2002; se procedió a comunicar a las trece personas naturales y jurídicas que adquirieron las Bases, la decisión del Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la ab- solución de consultas, respectivamente; Que, con fecha 3 de octubre de 2002, tuvo lugar el acto de presentación de propuestas y apertura de sobres que contienen las propuestas técnicas, habiéndose presenta- do dos empresas: Xerox del Perú S.A. y Representaciones JAAM S.A. en consorcio con Maquinarias JAAM S.A. Que, con fecha 9 de octubre de 2002, se otorgó la Bue- na Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2002- MEM al Consorcio conformado por las empresas Repre- sentaciones JAAM S.A. con Maquinarias JAAM S.A., al haber obtenido el más alto puntaje de la evaluación de sus Propuestas Técnica y Económica. Que, con fecha 10 de octubre de 2002, la empresa XEROX solicitó copia del Acta de otorgamiento, copia del detalle de las calificaciones otorgadas a las propuestas y copia y/o acceso a las propuestas de los postores partici- pantes. Que, con fecha 22 de octubre de 2002, mediante Oficio Nº 851-2002-EM/SG, la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas solicitó a la empresa XEROX que cum- pla con subsanar la omisión del pago de la tasa adminis- trativa correspondiente al derecho de tramitación de pro- cedimientos administrativos de apelación en procesos de contrataciones y adquisiciones convocados por el Ministe- rio de Energía y Minas. Que, mediante escrito de fecha 23 de octubre de 2002, la empresa XEROX cumplió con adjuntar el comprobante correspondiente que acredita el pago de la tasa corres- pondiente al derecho de tramitación del presente procedi- miento recursivo. (i) De los fundamentos del recurso de apelación pre- sentado por la empresa XEROX : Que, la empresa XEROX interpone su recurso de ape- lación contra las calificaciones y el acto administrativo de adjudicación de la Buena Pro recaídos en la Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2002-MEM, y específicamente contra el puntaje obtenido por el Consorcio conformado por las empresas Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A. Que, en los fundamentos de su recurso, la empresa XEROX precisa que debió descalificarse la propuesta pre- sentada por el Consorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A., dado que debió asignársele un puntaje de 76.48 puntos en su Propuesta Técnica, y no de 84.73 puntos, como le fuera otorgado por el Comité Espe- cial; Que, XEROX sostiene que la propuesta de Consorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A. devino en inválida y debió ser descalificada, en la medida que su Propuesta Técnica fue favorecida por un puntaje que no le correspondía, al haber incumplido dicha propuesta con lo establecido en el apartado 2.g) del Rubro II – Pre- sentación y Contenido de las Propuestas señalado en las Bases; Que, en consecuencia, corresponde analizar los fun- damentos del recurso de apelación interpuesto por la em- presa XEROX, en orden a determinar si los mismos resul-tan atendibles, de conformidad con las Bases de la Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 006-2002-MEM y la normativi- dad vigente; (ii) Respecto de la invalidez de la propuesta presen- tada por Representaciones JAAM S.A . Que, al respecto, debe señalarse que los procesos de contrataciones y adquisiciones realizados por las entida- des públicas, como acontece en el presente caso, están destinados a la procura de bienes, obras o servicios nece- sarios para el cumplimiento de las finalidades públicas a las que sirven las Entidades; Que, en tal sentido, al evaluarse mediante un proceso de Adjudicación Directa Selectiva las propuestas presen- tadas por las distintas empresas participantes, se busca garantizar la idoneidad y la aptitud para la prestación del servicio, hecho que se expresa en el contenido de las pro- puestas técnica y económica que presentan cada una de los postores participantes; Que, la empresa XEROX afirma que la propuesta técni- ca presentada por el Consorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A. es inválida en atención a que ésta debió ser descalificada en su oportunidad por el Comité Especial, toda vez que la misma no cumplía con el puntaje mínimo para ser admitida, al haber incumplido di- cha propuesta con lo establecido en el apartado 2.g) del Rubro II - Presentación y Contenido de las Propuestas, en las Bases, al no haber adjuntado la documentación sus- tentatoria de las Constancias de Calidad de Servicios du- rante los años 1996 a 2001, y que fueran presentadas por el Consorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A. como parte de su Propuesta Técnica; Que, en tal sentido, resulta necesario evaluar las consi- deraciones expuestas por la empresa XEROX en su recur- so de apelación; Que, con fecha 3 de octubre de 2002, en acto celebra- do bajo la presencia del señor Notario de Lima, Dr. Rafael Toledo Segura, el Comité Especial encargado de la con- ducción del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2002-MEM, procedió al acto de presentación de pro- puestas y apertura de los sobres que contienen la propuesta técnica de los postores, a efectos de proceder a su evalua- ción. En dicho acto, se recibieron las propuestas de las empresas XEROX y del Consorcio conformado por las empresas Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A. Que, las Bases de la presente Adjudicación Directa Selectiva establecen en su Apartado IV, Numeral 2, referi- dos a la evaluación de las Propuestas Técnicas, específi- camente en el rubro “ Prestaciones similares o relacio- nadas con el objeto de la convocatoria” , lo siguiente: “Para la evaluación se debe presentar un número máximo de diez (10) constancias de calidad del servicio, del perío- do comprendido entre enero de 1996 a diciembre del 2001 o a la fecha”. Que, en tal sentido, se tiene que conforme a lo dispues- to por las Bases, lo que otorga el puntaje a la Propuesta Técnica de cada postor, es haber cumplido con la presen- tación de las Constancias de Calidad del Servicio de acuer- do al Modelo contenido en el Anexo Nº 03 de las Bases, y que en tal sentido puedan ser calificadas como válidas a efectos de su puntuación por el Comité Especial. De esta manera, se tiene que el Comité Especial, al analizar la Pro- puesta del Consorcio conformado por Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A., encontró como váli- das las Constancias de Calidad adjuntadas por el Consor- cio y que constan en los folios 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23 y 24 de la Propuesta Técnica presentada por el Con- sorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A. Que, al día siguiente de la realización del acto de re- cepción de las propuestas de los postores y de apertura de las propuestas técnicas para su evaluación, esto es, el día viernes 4 de octubre de 2002, el Comité Especial pro- cedió a evaluar las Propuestas Técnicas presentadas por las empresas XEROX y el Consorcio Representaciones JAAM S.A. y Maquinarias JAAM S.A., encontrándose que este último postor no había adjuntado las copias simples de la documentación sustentatoria de las Constancias de Calidad del Servicio referidas a haber realizado prestacio- nes similares o relacionadas con el objeto de la convocato- ria. Dichas Constancias habían sido emitidas por las si- guientes empresas: a) Perú Posible, b) Empresa Minera del Centro del Perú S.A., c) Gran Centro de Copias de Luis