Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (01/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 232461 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de noviembre de 2002 Que, resulta pertinente autorizar el viaje del inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo a que se con- trae la Orden de Inspección Nº 0854-2002-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Re- solución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 2 al 4 de noviembre de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19254 Autorizan viaje de funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Paraguay para participar en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 661-2002-MTC/02 Lima, 29 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil - CLAC, ha convocado a las Autoridades de Aeronáutica Ci- vil de los Estados miembros de la CLAC para que partici- pen en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC, que se lleva- rá a cabo durante los días 4 al 8 de noviembre de 2002, en la ciudad de Asunción, República de Paraguay; Que, en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC, se tra- tarán temas relacionados a la armonización de la regla- mentación de los Estados miembros en materia de otorga- miento de permisos de operación, criterios y directrices en materia de otorgamiento de permisos de operación, servi- cio al cliente y calidad total, sistema de emisión de billetes de pasajes electrónicos, medidas para reducir la gravita- ción del precio del combustible de aviación, cálculos de los costos de los servicios aeroportuarios en la región y la declaración de políticas y establecimiento de prácticas per- manentes de la CLAC relacionadas a la protección del medio ambiente, aplicación del modelo de programa nacio- nal de seguridad de la aviación civil de la OACI; Que, dentro del marco de la mencionada Asamblea, se realizará la Segunda Cumbre Latinoamericana de Aviación Civil con la participación de las más altas autoridades de aviación civil, de los organismos reguladores, de los ope- radores de aeropuertos y de líneas aéreas de los Estados Miembros de la CLAC, a fin de tratar diversos temas sobre el transporte aéreo; Que, asimismo, en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC se nombrará al nuevo Comité Ejecutivo, órgano que administra, coordina y dirige los programas de trabajo, don-de nuestro país postula como candidato a la Cuarta Vice- presidencia para el bienio 2003- 2004; Que, es de interés para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participar en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC, ya que el Estado peruano como miembro inte- grante de la CLAC y de la OACI, tiene entre sus obligacio- nes a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil, el desarrollo e implementación de las normas, reglamen- tos, procedimientos, instalaciones y servicios necesarios para la regularidad, seguridad y eficiencia de las operacio- nes aéreas; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil como Autoridad Aeronáutica Civil de acuerdo con la Ley Nº 27261, debe participar en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC, ya que los temas que se tratarán inciden o tendrán efecto en la región; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil consi- derando la importancia y trascendencia del mencionado evento, ha propuesto a los funcionarios que deben asistir al mismo; según los términos del Memorando Nº 0540- 2002-MTC/12.OAPA; Que, la participación de dichos funcionarios en la XV Asamblea Ordinaria de la CLAC será financiada dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios Nº PER/01/ 801 suscrito por el MTC y la Organización de Aviación Ci- vil Internacional - OACI, organismo técnico de las Nacio- nes Unidas, en observancia de la tercera disposición com- plementaria de la Ley Nº 27261; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de los siguientes funcio- narios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, durante los días 3 al 8 de noviembre de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución: - Wilson Benzaquén Rengifo, Director General - Gabriel Delgado León, Director de Seguridad Aérea - Juan Carlos Pavic Moreno, Director de Circulación Aérea Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado precedentemente serán financiados con cargo al Acuerdo de Gestión de Servicios Nº PER/01/801, comprendiendo pasajes y viáticos; en consecuencia no irrogará gastos al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los funcionarios señalados en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe detallado describiendo las accio- nes realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19255 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD para realizar pasantías en Argentina, EE.UU., Canadá y España RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2002-TR Lima, 31 de octubre de 2002