Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2002 (28/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 28 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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do y/o tener mas del 50% de sus diligencias efectuadas no aprobadas o nulas, generara la descalificacion automatica del postulante. c) Postulantes seleccionados La relacion de los postulantes que resulten seleccionados como resultado del MORDAZA de evaluacion sera puesta en conocimiento de la Direccion General de Mineria por el Presidente de la Comision. La Direccion General de Mineria, emitira una Resolucion Directoral aprobando la nominacion de los Peritos Mineros seleccionados. La referida nominacion tendra una vigencia de dos (2) anos calendario. Dicha resolucion se publicara en el mes de diciembre, tanto en el Diario Oficial El Peruano, como en un diario de mayor circulacion, asi como, en todas las Direcciones Regionales de Energia y Minas, indicando las direcciones, telefonos y correos electronicos, de corresponder, de cada uno de los Peritos Mineros nominados". Articulo 2º.- Agreguese el numeral 3 al texto del Articulo 19º del Reglamento de Peritos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM, en los terminos siguientes: "Articulo 19º.- Los Peritos Mineros no podran participar en diligencias periciales cuando: (...) 3. Se encuentren suspendidos temporalmente (...)". Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 21018

Que, Red de Energia del Peru S.A. (REP) ha solicitado se transfiera a su favor la concesion a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion, manifestando como sustento que en virtud del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito el 5 de setiembre de 2002 por los representantes legales de ETESUR y REP, la primera cede a favor de la MORDAZA su posicion contractual frente al Estado en los derechos y obligaciones derivadas del mencionado contrato; Que, de conformidad con el articulo 1436º del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, en consecuencia procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion definitiva a que se refiere la presente Resolucion a Red de Energia del Peru S.A. (REP), la que debera elevar el Contrato de Cesion de Posicion Contractual a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion; e, inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, su solicitud cuenta con la opinion favorable segun el Informe Nº 118-2002-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision en 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE MORDAZA, con una (01) terna y 188,61 km. de longitud, que efectua Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. (ETESUR) a favor de Red de Energia del Peru S.A. (REP). Articulo 2º.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo anterior a Red de Energia del Peru S.A. (REP), quien asume todos los derechos y obligaciones que se desprenden del contrato de concesion Nº 086-96. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, Decreto Supremo Nº 009-93-EM, sera notificada al concesionario y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez dentro de los cinco (5) dias calendario de expedida. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 21015 RESOLUCION SUPREMA Nº 054-2002-EM MORDAZA, 27 de noviembre de 2002 VISTO: El expediente Nº 14014793 organizado por ETESUR y la solicitud de transferencia de concesion definitiva de transmision presentada el 1 de octubre de 2002 por Red de Energia del Peru S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 040-95-EM de fecha 31 de MORDAZA de 1995, se otorgo a favor de Empresa

Aprueban transferencias de concesiones definitivas para desarrollar actividades de transmision de energia electrica a favor de Red de Energia del Peru S.A. (REP)
RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2002-EM MORDAZA, 27 de noviembre de 2002 VISTO: El expediente Nº 14006093-02 organizado por ETESUR y la solicitud de transferencia de concesion definitiva de transmision presentada el 1 de octubre de 2002 por Red de Energia del Peru S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 032-96-EM de fecha 17 de MORDAZA de 1996, se otorgo a favor de Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. (ETESUR) concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision en 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE MORDAZA, aprobandose el contrato de concesion Nº 08696; Que, como consecuencia de la adjudicacion de la Buena Pro de la Licitacion Publica Internacional para la entrega en Concesion de los Sistemas de Transmision Electrica del Estado (ETECEN-ETESUR), se ha constituido la empresa Red de Energia del Peru S.A. (REP), conforme consta en la Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Anonima, extendida el 3 de MORDAZA de 2002, inscrita en la Partida Nº 11393349 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, cuya MORDAZA obra en el Expediente;

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