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Pág. 234113 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de noviembre de 2002 do y/o tener más del 50% de sus diligencias efectuadas no aprobadas o nulas, generará la descalificación automática del postulante. c) Postulantes seleccionados La relación de los postulantes que resulten selecciona- dos como resultado del proceso de evaluación será pues- ta en conocimiento de la Dirección General de Minería por el Presidente de la Comisión. La Dirección General de Minería, emitirá una Resolu- ción Directoral aprobando la nominación de los Peritos Mineros seleccionados. La referida nominación tendrá una vigencia de dos (2) años calendario. Dicha resolu- ción se publicará en el mes de diciembre, tanto en el Diario Oficial El Peruano, como en un diario de mayor circulación, así como, en todas las Direcciones Regio- nales de Energía y Minas, indicando las direcciones, teléfonos y correos electrónicos, de corresponder, de cada uno de los Peritos Mineros nominados". Artículo 2º.- Agréguese el numeral 3 al texto del Ar- tículo 19º del Reglamento de Peritos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM, en los términos siguientes: "Artículo 19º.- Los Peritos Mineros no podrán partici- par en diligencias periciales cuando: (...) 3. Se encuentren suspendidos temporalmente (...)". Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 21018 Aprueban transferencias de concesio- nes definitivas para desarrollar activi- dades de transmisión de energía eléc- trica a favor de Red de Energía del Perú S.A. (REP) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2002-EM Lima, 27 de noviembre de 2002 VISTO: El expediente Nº 14006093-02 organizado por ETESUR y la solicitud de transferencia de conce- sión definitiva de transmisión presentada el 1 de octubre de 2002 por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-96-EM de fecha 17 de mayo de 1996, se otorgó a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. (ETE- SUR) concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la línea de trans- misión en 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE Tintaya, aprobándose el contrato de concesión Nº 086- 96; Que, como consecuencia de la adjudicación de la Bue- na Pro de la Licitación Pública Internacional para la entre- ga en Concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctri- ca del Estado (ETECEN-ETESUR), se ha constituido la empresa Red de Energía del Perú S.A. (REP), conforme consta en la Escritura Pública de Constitución de Socie- dad Anónima, extendida el 3 de julio de 2002, inscrita en la Partida Nº 11393349 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, cuya copia obra en el Expediente;Que, Red de Energía del Perú S.A. (REP) ha solicita- do se transfiera a su favor la concesión a que se refiere el primer considerando de la presente Resolución, manifestando como sustento que en virtud del Contrato de Cesión de Posición Contractual suscrito el 5 de setiem- bre de 2002 por los representantes legales de ETESUR y REP, la primera cede a favor de la segunda su posición contractual frente al Estado en los derechos y obligacio- nes derivadas del mencionado contrato; Que, de conformidad con el artículo 1436º del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, en consecuencia procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión definitiva a que se refiere la presente Resolución a Red de Energía del Perú S.A. (REP), la que deberá elevar el Contrato de Cesión de Posición Contractual a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución; e, inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servi- cios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de con- formidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la peticionaria ha cumplido con los requisitos esta- blecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM; y, su solicitud cuenta con la opinión favorable según el Informe Nº 118-2002-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la conce- sión definitiva para desarrollar la actividad de transmi- sión de energía eléctrica en la línea de transmisión en 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE Tintaya, con una (01) terna y 188,61 km. de longitud, que efectúa Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. (ETE- SUR) a favor de Red de Energía del Perú S.A. (REP). Artículo 2º.- Tener como titular de la concesión men- cionada en el artículo anterior a Red de Energía del Perú S.A. (REP), quien asume todos los derechos y obliga- ciones que se desprenden del contrato de concesión Nº 086-96. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Supremo Nº 009-93-EM, será notificada al concesiona- rio y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez dentro de los cinco (5) días calendario de expedida. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 21015 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2002-EM Lima, 27 de noviembre de 2002 VISTO: El expediente Nº 14014793 organizado por ETESUR y la solicitud de transferencia de concesión definitiva de transmisión presentada el 1 de octubre de 2002 por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 040-95-EM de fecha 31 de mayo de 1995, se otorgó a favor de Empresa