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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 234118 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de noviembre de 2002 - MIMDES, se aprobó la estructura orgánica básica del Ministerio, teniendo como uno de sus Organismos Públi- cos Descentralizados al Fondo Nacional de Compensa- ción y Desarrollo Social - FONCODES; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de Administración y Finanzas del Fondo Nacional de Com- pensación y Desarrollo Social - FONCODES; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Ley Nº 26157 y Decreto Supremo Nº 008- 2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor EDDY ALBER- TO PINO PONCE, en el cargo de Gerente de la Geren- cia de Administración y Finanzas del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, Or- ganismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20993 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participará en sesiones del Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos encar- gada de elaborar proyecto de declara- ción de las NN.UU. sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1238-2002-RE Lima, 27 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, del 2 al 13 de diciembre de 2002, se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, el VIII Período de Sesiones del Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos encargado de la elabo- ración de un proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; Que, para el Perú, los asuntos y los derechos de los pueblos indígenas constituyen un tema prioritario dentro de su política de respeto, protección y promoción de los Derechos Humanos; Que la Organización de las Naciones Unidas ha de- nominado al presente decenio como "El Decenio Inter- nacional de los Pueblos Indígenas del Mundo"; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; la Ley Nº 27619, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002 y el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, de 14 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación perua- na que participará en el VIII Período de Sesiones del Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos encargada de la elaboración de un proyecto de declara- ción de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, a realizarse en la ciudad de Ginebra, del 2 al 13 de diciembre de 2002, la que estará conforma- da por los siguientes funcionarios: - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Luis Enrique Chávez Basagoitia, quien la pre- sidirá; y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Juan Pablo Vegas Torres, funcionario de laRepresentación Permanente del Perú ante los Organis- mos Internacionales con sede en Ginebra, Confedera- ción Suiza. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la partici- pación del Ministro Consejero Luis Enrique Chávez Basagoi- tia, por concepto de pasajes Lima-Ginebra-Lima y de cinco días de viáticos de los catorce que le corresponden, serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas. Los gastos por concepto de nueve días de viáticos restantes, ascendente a US$ 2 340,00 y la tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 20980 SALUD Establecen normas complementarias del Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Es- pecializados y Hospitales del Sector Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1844-2002-SA/DM Lima, 25 de noviembre del 2002 Vistos, el Oficio Nº 003-2002/CNC-MINSA, y el Infor- me Nº 1654-2002-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-SA se aprobó el Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, la Tercera Disposición Complementaria, Transi- toria y Final de dicho Reglamento establece que el Minis- terio de Salud expedirá mediante Resolución Ministerial las normas complementarias del precitado reglamento; Que, mediante el Oficio Nº 003-2002/CNC-MINSA la Comisión Nacional de Concurso para el cargo de Directo- res de Institutos Especializados y Hospitales del sector Salud, conformada por Resolución Ministerial Nº 1684- 2002-SA/DM, ha formulado las precisiones al Reglamento de Concurso; Que, resulta pertinente expedir las normas comple- mentarias del Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley del Ministerio de Salud, aprobada por Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CORREGIR la numeración del articula- do del Reglamento de Concurso para el cargo de Directo- res de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, precisándose que el artículo signado como 21º del Capítulo VI (De las Observaciones) del Título III (Del Proceso de Concurso) viene a ser el artículo 26º; en tanto que el artículo signado como 22º del Título IV (De la Vacancia o Suspensión) viene a ser el artículo 27º. Artículo 2º.- PRECISAR que el factor de calificación de Experiencia Laboral, previsto en el artículo 22º del Regla- mento de Concurso para el cargo de Directores de Institu- tos Especializados y Hospitales del Sector Salud, no es de aplicación para el proceso de concurso a realizarse. Artículo 3º.- DISPONER que, conforme a lo dispues- to por el artículo 13º del Reglamento, el concurso inicial-