TEXTO PAGINA: 19
Pág. 234121 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de noviembre de 2002 INADUR transferirá sus recursos humanos, financie- ros, materiales, patrimoniales, el acervo documentario, así como los procesos administrativos, arbitrales y/o judiciales correspondientes al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. La transferencia de personal se realizará con estric- to respeto a los derechos laborales vigentes, debiéndo- se mantener el régimen y categoría laboral, así como su naturaleza contractual. Artículo 3º.- Cese de funciones La Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministe- rio de Vivienda y Urbanismo, asumirá las funciones del INADUR y éste cesará automáticamente en el ejercicio de las mismas, al vencimiento del plazo señalado en el artículo precedente. Toda referencia normativa al INADUR o a las compe- tencias, funciones y atribuciones que venía ejerciendo, así como a su participación en Comisiones, se entende- rán hechas a la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, en lo que fuera aplicable. Artículo 4º.- Subrogación El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, asume, los derechos y obligaciones del INADUR en sus contratos, convenios y acuer- dos, así como la titularidad de sus activos, muebles, inmuebles e intangibles. Artículo 5º.- Transferencias presupuestales Autorícese a la Dirección Nacional de Presupuesto Público a realizar las transferencias presupuestales a que hubiere lugar por aplicación del presente Decreto Supremo. Artículo 6º.- Medidas adicionales Autorícese al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a establecer y aprobar las demás disposi- ciones necesarias para la ejecución del presente De- creto Supremo. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21010 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen que magistrados de la Corte Superior de Justicia del callao sean re- conocidos en su labor en forma anual mediante otorgamiento de premio de estímulo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 178-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 24 de octubre de 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAOCONSIDERANDO: Que, la Administración de Justicia, es una de las labores más importantes que realiza el Magistrado, actividad de la función pública, que en algunos casos por diversas circunstancias no es plenamente reco- nocida, sino cuestionada y olvidada, pasando des- apercibida en muchos sectores de los organismos del Estado; Que, estando a mérito de lo precisado en el párrafo precedente, esta Presidencia considera necesaria la implementación, en esta sede judicial, de una forma de reconocer la correcta actuación y desenvolvimiento de los señores Magistrados en esta Corte Superior, a fin de incentivar la delicada función que realizan a favor no sólo de esta Corte Superior de Justicia y del Poder Judi- cial, sino de la Sociedad misma; Que, para tales efectos se tendrá en cuenta, entre otros aspectos, su producción jurisdiccional, atención a los usuarios, identificación y participación activa en el desarrollo de las actividades que se realicen dentro y a favor de esta sede judicial; Que, por lo anteriormente expuesto y, teniendo en cuenta además que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad en el Distrito Judi- cial a su cargo, por lo que asumiendo competencia administrativa, puede dictar las medidas más apropia- das para que los señores Magistrados de esta sede judicial, vean resaltada y reconocida su labor desem- peñada en forma anual, lo cual devendrá en brindar un mejor servicio a la Administración de Justicia, en be- neficio de los justiciables; Que, en uso de las facultades conferidas en los inci- sos 3), 4) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, sean reconocidos en su labor en forma anual, la misma que será efectuada con el correspondiente premio de estímulo que la Presidencia otorgará en acto público, para cuyo efecto se señalará en el mes de diciembre de cada año judicial. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Administración, Oficina Distrital de Imagen Institucional, de los señores Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta 20890 Comunican a magistrados la solicitud efectuada por la Presidencia de la Cor- te Superior de Justicia del Callao ante la PNP para crear una Comisaría en el Asentamiento Humano Pachacútec CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 180-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 24 de octubre de 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, la titular de la Presidencia de esta Corte Supe- rior, en su calidad de Jefa de la Oficina de Control Distri- tal de la Magistratura de esta Distrito Judicial, ha venido recibiendo innumerables quejas de los pobladores de las zonas más alejadas de esta Provincia Constitucio-