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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 234125 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de noviembre de 2002 Reconocen labor periodística del Dia- rio "El Callao" y su participación como "Diario Judicial" en el Distrito Judi- cial del Callao "CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO" RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 187-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 31 de octubre del 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, como es de conocimiento en esta Provincia Cons- titucional, el 2 de noviembre de 1883, se fundó el Diario "El Callao", bajo la Dirección del señor Darío Arrus Cuesta; demostrando desde sus inicios ejemplo de espíritu patrióti- co y civismo, por su innegable preocupación por los pro- blemas nacionales y particularmente por los de la Provincia Constitucional del Callao, lugar de su sede; Que, es sabido que dicho medio de información viene ganando una importante posición en el ámbito del periodis- mo nacional por su larga trayectoria de acceso a la informa- ción haciendo uso de las libertades de expresión y de pren- sa. La Corte Superior de Justicia del Callao cuenta con el apoyo de dicho medio periodístico, como "Diario Judicial", para los usuarios del servicio de Administración de Justicia; Que, teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, con- siderando que el Diario "El Callao" - Subdecano de la Prensa Nacional, cumplirá su 119º Aniversario de fundación, la Corte Superior de Justicia del Callao, estima oportuno reconocer la labor de tan prestigioso medio de comunicación, haciendo votos para que sus integrantes continúen con su irrenuncia- ble vocación de información objetiva por la veracidad y la justicia, defendiendo los intereses públicos y la libertad de prensa, enarbolando la bandera de la democracia y el Estado de Derecho, exhortando a las autoridades de esta Provincia a unir esfuerzos con la finalidad de afirmar las bases del desarrollo de la Provincia Constitucional del Callao; Que, en uso de las facultades conferidas por los inci- sos 1) y 9) del Art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER la destacada la- bor periodística del Diario "El Callao" - Subdecano de la Prensa Nacional, en el Distrito Judicial del Callao; así como su participación como "Diario Judicial", en la publi- cación de la labor judicial de los Magistrados de la Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, los Magistrados de esta sede judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Imagen Institucional, la Dirección del Diario "El Callao", Decano del Colegio de Periodistas del Callao y los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta 20895 Amplían facultades de magistrados encargados de remates de las cosas materia de delitos y de efectos decomi- sados en la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 188-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 31 de octubre de 2002LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 134- 2002-P-CSJCL/PJ, de fecha 8 de agosto del año en curso, entre otros aspectos, designó al señor doctor Víctor Jimmy Arbulú Martínez, Juez Titular del Déci- mo Juzgado Especializado en lo Penal y al señor doctor Cerapio Albino Roque Huamancóndor, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, actual Magistrado Integrante de la Comi- sión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte, como Magistrados Encargados de los Rema- tes de las Cosas Materia de Delitos y de Efectos Decomisados en esta Corte Superior; autorizándolos para que lleven a cabo las gestiones necesarias para la realización del Remate de aquellos objetos cuer- pos de delito que no fueron reclamados por sus pro- pietarios en el plazo de 6 meses después del archiva- miento definitivo del proceso; otorgándoseles el tér- mino de 10 días calendario, a partir de la notificación con la presente resolución; debiendo informar sobre el particular; autorizándolos además la realización de las incineraciones de los cuerpos de delito que se encuentren en mal estado y que no puedan ser obje- to de remate; Que, mediante Oficio Nº 126-2002-CRJ, los señores Magistrados Encargados de los Remates de las Cosas Materia de Delitos y de Efectos Decomisados en esta Corte Superior, por el que solicitan se les amplíe sus facultades para la realización de incineración y adjudi- cación de las cosas materia de delitos y efectos decomisados; Que, teniendo en cuenta que, en la Resolución Admi- nistrativa detallada en el primer párrafo de la presente resolución se autorizó a los señores Magistrados Encar- gados de los Remates de las Cosas Materia de Delitos y de Efectos Decomisados, para la realización de las inci- neraciones de los cuerpos de delito que, por su estado y conservación, resulten necesario; por lo que, en este extremo carece de objeto emitir pronunciamiento a la solicitud formulada; Que, en relación al extremo por el que los señores Magistrados solicitan se les faculte para proceder a la adjudicación de algunos objetos que formen parte de los cuerpos materia de delito, conforme a lo dispuesto me- diante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 127-SE-TP-CME-PJ, de fecha 22 de marzo de 2000 y su Reglamento de "Cosas Materia de Delitos y de Efectos Decomisados", el mismo que se encuentra vigente, es procedente atender la solicitud formulada; Que, esta Presidencia, como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial del Callao, asumiendo competencia y actuación administrativa, en uso de las facultades conferidas por los incisos 1), 3) y 9) del Art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR las facultades de los señores Magistrados Encargados de los Rema- tes de las Cosas Materia de Delitos y de Efectos Decomisados en esta Corte Superior, a efectos de que procedan a realizar la Adjudicación de los bienes materia de delito y de efectos decomisados, previa coordinación y comunicación sobre el particular a esta Presidencia. Artículo Segundo.- DISPONER que, el proceso de Remate, Donación, Destrucción y/o Incineración y Adjudi- cación que pudieran realizar los Magistrados en referen- cia, deberán llevarlo a cabo, bajo responsabilidad fun- cional, en un tiempo tal que, no exceda al 9 de diciembre del año en curso; salvo necesidad extrema; debiendo remitir informe a la Presidencia a su conclusión. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte, los Magistrados de esta sede judicial, Oficina de Administración Distrital,