Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2002 (28/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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ANEXO Nº 12

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de noviembre de 2002

GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO MORDAZA, ......................de.......de 2002 CARTA FIANZA Nº ______ Vencimiento:

Senores SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Presente.Por la presente, afianzamos ante ustedes en forma incondicionada, irrevocable y sin beneficio de excusion, hasta por la suma de S/. 900 000.00 (novecientos mil y 00/100 Nuevos Soles), a los senores .................................................................. garantizando que cumplira todas y cada una de las obligaciones que asumen en virtud del contrato de fecha................., que suscriben por haber resultado adjudicatarios de la buena pro del Concurso Publico convocado por la Superintendencia de Banca y Seguros para seleccionar a la persona juridica a la cual se encomendara el MORDAZA liquidatorio del BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION. La presente carta fianza es de realizacion automatica al primer requerimiento, por lo que la honraremos a la simple solicitud de ustedes, indicando que nuestro afianzado ha incumplido, en cualquiera de sus extremos el ya mencionado contrato. En caso de no pagar el importe de la carta fianza dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su solicitud, incurriremos automaticamente en MORDAZA y el importe de la garantia devengara intereses moratorios equivalentes a la tasa activa en moneda nacional (TAMN) mas tres puntos porcentuales. Esta carta fianza regira desde la fecha y expirara el ............. de ............ del ano 200.., a las ............... horas. Atentamente, EMISOR NOTA: Si la garantia no cumple con las exigencias de las bases se tendra por no presentada. Si el ganador de la buena pro no cumple con presentar la garantia de fiel cumplimiento conforme a lo indicado y/o en el plazo previsto en las bases, la Superintendencia procedera a ejecutar la garantia de seriedad de oferta como penalidad.

Que, del Oficio Nº 0602-2001-OP, de fecha 25 de octubre del 2001, obrante a fs. 02, fluye que el procesado solicita el cambio de dedicacion laboral de Auxiliar Tiempo Completo, a Tiempo Parcial 20 Horas y que, de acuerdo al Informe de la Unidad de Relaciones Laborales y Capacitacion, el cual no obra en el expediente, al finalizar sus vacaciones asistio en forma parcial los meses de MORDAZA a agosto del 2001, y a partir del 01 de Setiembre del mismo ano a la fecha del indicado informe, registra Inasistencia Total; Estando al Pronunciamiento del Tribunal de Honor y, de conformidad con lo preceptuado en el Art. 31º del Reglamento del Colegiado MORDAZA nombrado; En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente nombrado adscrito a la Facultad de Educacion, por la presunta responsabilidad en los hechos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la notificacion de la presente Resolucion en forma personal al encausado mediante cargo, pero en caso de no poder hacerse personalmente se MORDAZA mediante publicaciones en el Diario Oficial El Peruano, dentro del MORDAZA dia de expedida la presente Resolucion, concediendole al encausado el plazo de cinco (5) dias para que efectue su descargo sobre la falta imputada. Articulo 3º.- Remitir el expediente al Tribunal de Honor, para que dentro del plazo de ley eleve su Informe y recomiende las sanciones aplicables de ser el caso, de conformidad con sus atribuciones conferidas. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion al interesado y a las Instancias respectivas de la Universidad, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Rectora 20971

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UNIVERSIDADES
Inician procedimiento disciplinario a docente de la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion"
UNIVERSIDAD NACIONAL "JOSE MORDAZA MORDAZA CARRION" RESOLUCION RECTORAL Nº 1362-2002-UH MORDAZA, 25 de noviembre del 2002 Visto el Expediente Nº 38663-02 y el Pronunciamiento Nº 013-2002-TH remitidos mediante Oficio Nº 087-2002TH por el Tribunal de Honor de la Universidad; y, CONSIDERANDO: Que estando al merito de los actuados en el caso submateria, y de conformidad con el Pronunciamiento del Tribunal de Honor indicado en el visto, existen suficientes elementos de juicio para instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente nombrado adscrito a la Facultad de Educacion; Que, las faltas denunciadas se encuentran previstas en el inciso 29) del Art. 19º del Reglamento del Tribunal de Honor, concordado con lo prescrito en el inciso a) del Articulo 165º del Estatuto vigente de la Universidad, aprobado por Resolucion de Asamblea Universitaria Nº 0052002-AU, y el D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, en su Art. 21º incisos a) y c), concordado con lo prescrito en el Articulo 28º, inciso k) del cuerpo normativo acotado;

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECI
Autorizan adquisicion de bienes destinados a la atencion de las emergencias que ocasione el Fenomeno "El Nino", mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 311-2002-INDECI 25 de noviembre de 2002 Vistos; los Informes Tecnicos Nºs. 043 y 049-2002INDECI/12.0 de la Direccion Nacional de Logistica y el Informe Legal Nº 117-2002-INDECI/5.0 de la Oficina de Asesoria Juridica, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM de 4.SET.2002, se declaro en Estado de Emergencia, ante la inminencia del Fenomeno "El Nino" y por el plazo de sesenta (60) dias, los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y San MORDAZA y mediante Decreto Supremo Nº 117-2002-PCM se dispuso ampliar el plazo por sesenta (60) dias y comprender al departamento de Amazonas, en sus alcances; Que, el ultimo parrafo del Art. 1º del Decreto acotado, faculta al Instituto Nacional de Defensa Civil a efectuar adquisiciones de bienes y contratar servicios, para la

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