Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2002 (28/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 234150

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de noviembre de 2002

y obligaciones consideradas en el presente contrato y en el Reglamento, asi como en cualquier otra disposicion que la modifique o complemente. TERCERA: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 1. En virtud del presente contrato, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA gozara plenamente, en lo que respecta al BANCO MORDAZA MORDAZA, de las facultades conferidas por el Reglamento, la Ley General y las normas pertinentes que emita la SUPERINTENDENCIA. 2. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA asumira todas las obligaciones establecidas en el Reglamento, la Ley General, las Bases y del presente contrato. Sin que la relacion que se detalla a continuacion sea taxativa, deberan considerarse de modo especial las siguientes: a) Salvaguardar los activos de la empresa en liquidacion y los correspondientes derechos de propiedad y posesion. b) Realizar los activos de la empresa en liquidacion de manera adecuada y, de ser el caso, transferir los pasivos. La venta de bienes muebles no podra efectuarse por un valor inferior al 50% del valor de realizacion, y tratandose de los bienes inmuebles la venta no podra efectuarse por un valor inferior al 75% del valor de realizacion; por debajo de dichos limites se requerira un informe de la empresa liquidadora ante la SUPERINTENDENCIA, que sustente las razones de la venta. c) Requerir al fiduciario o cesionario de los activos y pasivos vinculados a los bonos de arrendamiento financiero transferidos segun lo dispuesto por el numeral 2 del articulo 118º de la Ley General, en el caso que hubiere, los recursos excedentes del pago a los tenedores de dichos titulos. d) Cumplir con pagar las obligaciones a cargo del BANCO MORDAZA MORDAZA respetando la prelacion, de acuerdo a la Ley General y a las disposiciones emitidas por la SUPERINTENDENCIA, con los recursos obtenidos segun lo dispuesto en los literales b) y c) precedentes, y asimismo, mediante la dacion en pago de bienes y cesion de derechos sobre cartera crediticia o titulos valores. e) Mantener permanentemente actualizada la publicacion de la relacion de los acreedores de la empresa, en los lugares y forma establecidos en el Reglamento. f) Cumplir con la exhibicion del Plan de Rehabilitacion, de ser el caso. g) Rendir cuenta mensual a la SUPERINTENDENCIA de los gastos de mantenimiento y saneamiento administrativo - legal, realizados por cuenta del BANCO MORDAZA MUNDO. h) Presentar en forma trimestral a la SUPERINTENDENCIA un informe detallado y sustentado, sobre el desarrollo de la liquidacion con referencia a los progresos obtenidos en la venta de activos, las acciones adoptadas para la recuperacion o realizacion de la cartera, las sumas recaudadas por dichos conceptos, el pago de pasivos, y otros aspectos de interes del MORDAZA liquidatorio. Complementariamente, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA debera hacer llegar a la SUPERINTENDENCIA informacion estadistica en diskette de 3 ½ " referente a: · Balance General (Forma "A") · Estado de Perdidas y Ganancias (Forma "B") · Balance de Comprobacion de Saldos · Flujo de MORDAZA · Listado detallado de ingresos y egresos i) Informar de manera exacta y pronta sobre aquellos asuntos que le MORDAZA solicitados por la SUPERINTENDENCIA. Presentar a la SUPERINTENDENCIA balances semestrales, los que deberan ser publicados en el Diario Oficial. Dicha publicacion se efectuara dentro de los 30 dias calendario posteriores al fin del semestre. k) Presentar un informe de fin de gestion, debidamente auditado, al vencimiento del presente contrato, a la culminacion del MORDAZA liquidatorio, o a la resolucion del presente contrato, en el caso de que estos dos ultimos eventos ocurrieran con anterioridad. El costo de la Auditoria sera por cuenta del BANCO MORDAZA MORDAZA, mediante contrato, previamente autorizado por la SUPERINTENDENCIA. l) Realizar el saneamiento administrativo, operativo, contable y legal que el BANCO MORDAZA MORDAZA requiera para la buena marcha y conclusion del proceso. m) Cumplir con las obligaciones y compromisos contenidos en el plan de trabajo presentado en el concurso publico, y presentar un informe trimestral sobre su avance y/o cumplimiento. j)

4. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA cumplira sus obligaciones con la diligencia debida, en atencion a la naturaleza del encargo que recibe. 5. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA debera contar con la infraestructura y el personal tecnico especializado y de apoyo necesario para realizar las gestiones encomendadas, estando prohibida de contratar personal e infraestructura fisica a nombre del BANCO MORDAZA MORDAZA, asi como de subcontratar personas naturales o juridicas para cumplir con las obligaciones emanadas del presente contrato. Solo excepcionalmente y con el debido sustento, y previa autorizacion de la Superintendencia, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA podra subcontratar determinados servicios, quedando a su cargo la remuneracion de la persona natural o juridica subcontratada. El personal asignado a la liquidacion podra ser reemplazado por otro de igual o mayor calificacion previa autorizacion por escrito de la Superintendencia, la que, asimismo, podra en cualquier momento requerir el cambio de alguna persona que en su criterio no reuna las condiciones adecuadas. CUARTA: VIGENCIA El plazo del presente contrato es de 24 meses y se computa desde el ..............hasta....... La SUPERINTENDENCIA podra prorrogar dicho plazo, a juicio del Superintendente de conformidad con lo dispuesto en el articulo 115º de la Ley General. En caso de aprobarse la rehabilitacion del BANCO MORDAZA MORDAZA, el presente contrato se resuelve de pleno derecho cuando la Junta General de Accionistas elija un MORDAZA Directorio y este nombre un MORDAZA Gerente. Inmediatamente despues de la eleccion del Directorio, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA debera proceder a la realizacion de un inventario y a la entrega de la posesion de la totalidad de los bienes del BANCO MORDAZA MUNDO. QUINTA: RETRIBUCION 1. La retribucion percibida por la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA se efectuara segun las condiciones senaladas en el Anexo Nº 8 Propuesta Economica de las Bases, el cual forma parte integrante del presente contrato. 2. Solo habra lugar al desembolso de la contraprestacion, cuando se haga efectivo el ingreso a MORDAZA del BANCO MORDAZA MORDAZA, del producto de las ventas o de las recuperaciones. Cuando se trate de compensaciones o dacion en pago, para que esta sea considerada dentro de la masa computable para el calculo de la retribucion, se requiere que la SUPERINTENDENCIA MORDAZA otorgado su previa autorizacion escrita, siendo requisito adicional para el caso de bienes inmuebles, la inscripcion en registros publicos del respectivo contrato. El desembolso de la retribucion se efectuara luego de concluida la operacion y que la transferencia quede registrada en la contabilidad del BANCO MORDAZA MUNDO. En el caso de ventas a plazo u otras modalidades previamente aprobadas por la SUPERINTENDENCIA, la retribucion se MORDAZA efectiva solo despues de registrado el ingreso en MORDAZA del importe de la correspondiente cuota por el BANCO MORDAZA MORDAZA, siendo requisito adicional para el caso de bienes inmuebles, la inscripcion en registros publicos del respectivo contrato. En las recuperaciones de colocaciones via adjudicacion de bienes, la comision sera reconocida tratandose de bienes muebles, una vez que se cuente con la posesion fisica de los mismos, y tratandose de los bienes inmuebles, cuando se cuente con la inscripcion respectiva en Registros Publicos. En caso se trate de rehabilitacion, el pago se realizara una vez que la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA culmine la entrega de la posesion de los bienes al MORDAZA Directorio segun lo dispuesto en la clausula cuarta del presente contrato. La retribucion percibida por la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA es por todo concepto, con excepcion de los gastos de mantenimiento, saneamiento administrativo ­legal de los activos, u otros del BANCO MORDAZA MORDAZA, efectuados en concordancia con las instrucciones de la SUPERINTENDENCIA. Tales conceptos conforman los denominados "gastos del MORDAZA de liquidacion", a que hace referencia el articulo 26º del Reglamento. Los costos de personal, gastos administrativos y operativos seran por cuenta de la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA. SEXTA: PROCEDIMIENTO DE PAGO La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA efectuara una preliquidacion de su retribucion dentro de los tres primeros dias utiles siguientes de la finalizacion de cada mes; luego remitira la misma a la SUPERINTENDENCIA. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA procedera a cobrar su retribucion, mediante el cargo correspondiente en las cuentas del BANCO MORDAZA MUNDO. La autorizacion del pago de la preliquidacion no significa dar conformidad a los hechos materia de liquidacion, no te-

3. La informacion solicitada en los literales g) y h) del numeral anterior, se entregara dentro de los quince (15) primeros dias calendario del mes siguiente al de la fecha de vencimiento.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.