Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2002 (28/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 28 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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niendo esta SUPERINTENDENCIA responsabilidad alguna sobre los mismos. SETIMA: CONTROL Y SUPERVISION La SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de objetar cualquier cargo realizado por la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA. El cargo objetado, no justificado, debera ser restituido dentro de las veinticuatro horas siguientes de la puesta en su conocimiento, constituyendo su incumplimiento causal de resolucion del presente contrato y en consecuencia, de ejecucion de la carta fianza a que se refiere la clausula novena. OCTAVA: RESOLUCION Ademas de lo previsto en las clausulas setima y decimo MORDAZA, el presente contrato se resolvera de pleno derecho por las siguientes causales: 1. Imposibilidad sobreviniente a la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA derivada de caso fortuito o fuerza mayor; 2. Incumplimiento de las obligaciones a cargo de la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA, derivadas de la Ley General, las Bases y del presente contrato; y 3. Mutuo acuerdo. NOVENA: GARANTIAS En garantia del fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la Ley General, las Bases y del presente contrato, La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA, entrega a la suscripcion del presente contrato a favor y a satisfaccion de la SUPERINTENDENCIA, una carta fianza irrevocable, solidaria, incondicional, sin beneficio de excusion y de realizacion automatica a solo requerimiento, por el valor de S/. 900 000,00 (novecientos mil y 00/100 Nuevos Soles). El plazo de la garantia sera de 13 meses a partir de la firma del presente contrato, estando obligada la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA, quince dias MORDAZA del vencimiento de dicho plazo, a presentar una nueva carta fianza por un plazo adicional de 14 meses. El monto de la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Contrato, podra reducirse a partir del MORDAZA ano en la medida que el grado de avance lo amerite y con la autorizacion expresa de la SUPERINTENDENCIA quien fijara el MORDAZA monto de la fianza. El periodo total de duracion de la carta, o cartas fianza no debera ser en conjunto menor a 27 meses. Esta carta fianza podra ser ejecutada por la SUPERINTENDENCIA en caso de resolucion del contrato de acuerdo a las clausulas setima o decimo MORDAZA, por la causal senalada en el numeral 2 de la clausula octava, por no presentar una nueva Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Contrato al vencimiento del plazo a que se refiere el primer parrafo de la presente clausula, o en caso que la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA se niegue a cumplir con su obligacion de concluir el MORDAZA liquidatorio en el plazo de prorroga que establezca la SUPERINTENDENCIA. En caso de prorrogarse la vigencia del contrato, la carta fianza debera ser renovada en las mismas condiciones, MORDAZA del vencimiento del plazo de la primera, por un periodo superior en treinta (30) dias al plazo decidido para la prorroga. DECIMA: PENALIDAD En caso que la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA incumpla con lo dispuesto en el numeral 3 de la clausula tercera, debera pagar como penalidad un monto equivalente a 0,25% de la UIT (cero coma veinticinco por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria) por cada dia de retraso en la MORDAZA de los informes. Asimismo, de incumplir con pagar las acreencias segun lo dispuesto en el numeral 2.d de la clausula tercera del presente contrato, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA debera pagar una penalidad equivalente al 0,50% (cero coma cincuenta por ciento) del importe obligado a restituir, por dia de retraso. DECIMO PRIMERA: VINCULO LABORAL El personal que emplee la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA para el cumplimiento del objeto del presente contrato, no tendra vinculo de caracter laboral ni civil alguno con el BANCO MORDAZA MORDAZA ni con la SUPERINTENDENCIA. DECIMO SEGUNDA: CONFIDENCIALIDAD Toda la informacion economico - financiera relacionada con el BANCO MORDAZA MORDAZA, no podra ser utilizada por la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA sin autorizacion previa de la SUPERINTENDENCIA.

De no cumplir con lo dispuesto en el parrafo anterior, la SUPERINTENDENCIA podra dar por resuelto de pleno derecho el presente contrato, y ejecutar la carta fianza a que se refiere la clausula novena. DECIMO TERCERA: COMPETENCIA Todas las desavenencias o controversias que pudieran derivarse de este contrato, incluidas las que se refieran a su nulidad o invalidez, seran resueltas mediante laudo definitivo e inapelable, de conformidad con los Reglamentos del Centro de Conciliacion y Arbitraje Nacional e Internacional de la Camara de Comercio de MORDAZA, a cuyas normas y administracion las partes se someten en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad. El arbitraje sera de derecho. En senal de conformidad las partes MORDAZA en cuatro ejemplares de igual tenor y valor a los ............ dias del mes de .................. de 2002. Firmas... ANEXO Nº 11 CRITERIOS DE EVALUACION Para calificar a la persona juridica postora, el Comite designado por la SUPERINTENDENCIA debera basarse exclusivamente en los siguientes criterios de evaluacion:
FACTORES 1. Capacidad Tecnica y Economica del Postor a) Experiencia de la persona juridica postora. (20 puntos) La persona juridica debera acreditar haber realizado servicios similares o relacionados a los solicitados sobre la base de los datos consignados en el Anexo Nº 5. b) Experiencia y capacidad de las personas designadas para la conduccion del MORDAZA liquidatorio. (15 puntos) (Sobre la base de los datos consignados en el Anexo Nº 6 y en el Anexo Nº 7). c) Situacion financiera de la persona juridica postora (5 puntos) 2. Evaluacion del plan de trabajo 3. Propuesta Economica (Segun Anexo Nº 8) 20 ptos. Se evaluara la metodologia, enfoque, alcance, cronogramas, etc. Se asignara 40 puntos al postor que presente la menor propuesta economica a los demas postores (puntaje inversamente proporcional). PUNTAJE MORDAZA 40 ptos. CALIFICACION

a) Se considerara el numero de servicios similares o relacionados a los solicitados, asi como la experiencia en recuperacion de cartera crediticia y realizacion de activos e inversiones.

40 ptos.

TOTAL

100 ptos.

Nota: El puntaje total MORDAZA es de 100 (cien) puntos y, sera colocado de acuerdo al cumplimiento de cada factor de calificacion, el cual ira desde 0 (cero) hasta el MORDAZA de puntaje para cada factor. De producirse igualdad de puntajes totales, se preferira al postor que MORDAZA recibido mayor calificacion en el rubro capacidad tecnica y economica del postor. El postor que obtenga el mayor puntaje luego de sumar todos los factores de calificacion, sera quien se adjudique la Buena Pro del Concurso Publico para la seleccion de la persona juridica encargada de la Liquidacion del BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION. El puntaje minimo necesario para ser declarado como adjudicatario de la buena pro, es de 60 (sesenta) puntos.

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