Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2002 (29/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de noviembre de 2002

del Tribunal Registral asumiran competencia de las apelaciones que provengan de las oficinas ubicadas dentro de su competencia territorial, conforme a lo senalado en el parrafo anterior. Articulo 42º.- Cuando el expediente apelado provenga de una Oficina Registral ubicada en un departamento distinto al de su sede, pero bajo su competencia, conforme al articulo 41º y se hubiere solicitado informe oral, la Sala pertinente sesionara obligatoriamente en la capital del departamento de la Oficina Registral respectiva. Si no se hubiere solicitado informe oral, la Sala solo podra sesionar en la capital del departamento de la Oficina Registral respectiva, si asi lo dispone el Presidente del Tribunal Registral en coordinacion con el Superintendente Adjunto. El Superintendente Adjunto, en coordinacion con el Presidente de la Sala, podra autorizar que la Sala sesione en una Oficina Registral que no este ubicada en una capital de departamento. Articulo 43º.- Los Vocales del Tribunal Registral son independientes en el ejercicio de sus funciones, no estando sometidos a mandato imperativo alguno. Articulo 44º.- Los Vocales estan obligados a asistir a las sesiones publicas que realice la Sala que integran, en los casos senalados en el articulo 42º. De existir impedimento, este debera sustentarse en motivo de fuerza mayor, caso fortuito, incapacidad u otras causas debidamente justificadas, debiendo comunicar este hecho al Presidente del Tribunal, de tratarse de MORDAZA con sede en la Oficina Registral de MORDAZA, o al Superintendente Adjunto, en el caso de las MORDAZA con sede en las Oficinas Registrales de MORDAZA y Arequipa. En dicho supuesto, el Presidente del Tribunal designara al Vocal que lo reemplace, si se trata de un integrante de la Primera, MORDAZA o Tercera Sala. Si el Vocal con impedimento es uno integrante de la Cuarta o MORDAZA Sala, el Superintendente Adjunto designara, en coordinacion con el Jefe de la MORDAZA Registral competente, al funcionario que lo sustituya. Articulo 45º.- Cuando un Vocal integrante de una Sala se encuentre de vacaciones o licencia, sera reemplazado por el Vocal alterno y, en su defecto, por el funcionario que el Superintendente Adjunto designe, en coordinacion con el Jefe de la MORDAZA Registral sede de la Sala respectiva. Articulo 46º.- Los Vocales, bajo responsabilidad, se abstendran de intervenir en los casos contemplados en el articulo 34º del Reglamento General de los Registros Publicos. En el supuesto de abstencion voluntaria, regulado en el articulo 35º del indicado Reglamento, el Vocal formulara su abstencion ante el Superintendente Adjunto, con conocimiento del Presidente de su Sala y del Presidente del Tribunal. En ambos supuestos, el Superintendente Adjunto designara al Vocal que lo reemplace, si es uno integrante de la Primera, MORDAZA y Tercera Sala. Si el Vocal que formulo abstencion es uno integrante de la Cuarta o MORDAZA Sala, el Superintendente Adjunto designara, en coordinacion con el Jefe de la MORDAZA Registral competente, al funcionario que lo sustituya. Articulo 47º.- Cuando con ocasion del conocimiento de una apelacion se advierta vacios o deficiencias normativas, sin perjuicio de la emision de la resolucion correspondiente, tales vacios o deficiencias seran puestas en conocimiento del Presidente del Tribunal Registral, quien a su vez lo sometera a consideracion del Superintendente Adjunto. Articulo 48º.- La SUNARP publicara en forma bimensual, mediante ediciones impresas, las principales resoluciones emitidas por las MORDAZA del Tribunal durante dicho periodo. Para ello, los Presidentes de dichas MORDAZA seleccionaran las resoluciones a publicarse. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El periodo anual a que se refiere el articulo 61º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante R.S. Nº 139-2002-JUS, asi como

los articulos 8º y 14º de este Reglamento, se computa del 1 de enero al 31 de diciembre. Segunda.- Los Presidentes de Sala en ejercicio que no hayan podido completar el periodo anual de acuerdo al computo establecido en la disposicion anterior, podran postular a la reeleccion inmediata. 20987

Convocan a Concurso Publico de Meritos para cubrir plaza de Registrador Publico en la MORDAZA Registral Nº 1 - Sede MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 567-2002-SUNARP/SN MORDAZA, 28 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 26366; para acceder al cargo de Registrador Publico se requiere ser peruano, abogado y haber aprobado el concurso publico de meritos; Que, en el MORDAZA de la MORDAZA Etapa del Proyecto de Titulacion de Tierras y Catastro Rural (PTRT2), se ha previsto la contratacion de un Registrador para la MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA, debido al elevado numero de expedientes que se vienen presentando en la Seccion Especial de Predios Rurales del Registro de Predios de dicha MORDAZA Registral; Que, mediante Oficios Nºs. 2792-2002-ZRI/JEF y 2817-2002-ZRI/JEF, de fecha 21 de noviembre de 2002; el Jefe de la MORDAZA Registral Nº I, Sede MORDAZA, solicito a esta Superintendencia, convocar a concurso publico para cubrir una (1) plaza vacante de Registrador Publico de la Seccion Especial de Predios Rurales del Registro de Predios en la MORDAZA Registral a su cargo; Que, mediante Oficio Nº 813-2002-SUNARP/GPD/ GG e Informe Nº 183-2002/GPD, de fecha 21 de noviembre de 2002, la Gerencia General y la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo han informado que existe disponibilidad presupuestal para la cobertura de la plaza solicitada; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 3º del Reglamento de Concursos Publicos de Meritos para el acceso al cargo de Registrador Publico de las Secciones Especiales de Predios Rurales, aprobado mediante Resolucion Nº 166-96-SUNARP/SN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Convocar a Concurso Publico de Meritos Nº 003-2002-SUNARP, para cubrir una (1) plaza de Registrador Publico en la MORDAZA Registral Nº I - Sede Piura. Articulo 2º.- Designar al MORDAZA Calificador del Concurso Publico Nº 003-2002-SUNARP, de conformidad con el articulo 12º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Concursos Publicos, aprobado mediante Resolucion Nº 097-96-SUNARP/SN, el mismo que estara integrado de la siguiente manera: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Torre; Presidente del MORDAZA Calificador, en representacion de la SUNARP. - MORDAZA MORDAZA Palacios; Jefe de la MORDAZA Registral Nº I - Sede Piura. - MORDAZA MORDAZA Sanchez; en representacion de la Escuela de Capacitacion Registral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 21046

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