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Pág. 230998 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de octubre de 2002 inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformi- dad con lo establecido en el artículo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cual- quier naturaleza relacionadas con la intención del voto de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la persona jurídica solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripción en el Registro Elec- toral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al Jura- do Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) escritura de constitución de la asociación, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras aprobado por Resolución Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos señalados en el consi- derando anterior, se debe inscribir a la encuestadora, asig- nándole un número de registro y abriéndose la partida correspondiente donde se anotará los actos posteriores, de conformidad con lo señalado en el artículo 5º del Regla- mento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicación o difusión de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resulta- do de las elecciones regionales y municipales del año 2002, sólo podrá realizarse en los medios de comunicación has- ta el domingo anterior al día de las elecciones, incluyéndo- se el uso de las páginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la encuestadora denominada Asociación Religiosa Cultural Santa Mónica - Radio Santa Mónica de- biendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibicio- nes establecidas en las normas electorales pertinentes. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Asociación Religiosa Cultural Santa Mónica - Radio Santa Mónica, en el Regis- tro Electoral de Encuestadoras, asignándole el Registro Nº 0064-REE/JNE como código de identificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 17687 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Designan Gerente de Administración del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 696-2002-JEF/RENIEC Lima, 4 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el señor Alberto Gonzalo Zambrano Gastiaburú, ha puesto a disposición de esta Jefatura el cargo de Ge- rente de Administración del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil; Que, en tal virtud, se ha considerado por conveniente dar por concluida dicha función y la necesidad de designar a su reemplazante; y, En uso de las facultades contenidas en la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la función del señor Alberto Gonzalo Zambrano Gastiaburúde Gerente de Administración del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, dándosele las gracias por sus ser- vicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha al señor Rober- to Pineda Cuellar en la plaza de Gerente de Administración del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 17782 S B S Autorizan a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros la apertura de agencia ubicada en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 945-2002 San Isidro, 27 de setiembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en Arias Schereiber Nº 188, urba- nización Aurora, distrito de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 2.1 de la Circular Nº S-569- 97 la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previa- mente a esta Superintendencia, la apertura de su Agencia; Estando a lo informado por el Intendente de Institucio- nes de Seguros "B", mediante Informe Nº 140-2002-ISB; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y modificatorias y la Circular Nº S-569- 97; y, en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 de fecha 7 de enero de 1998 y Resolución Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de una Agencia ubica- da en Arias Schereiber Nº 188, urbanización Aurora, distri- to de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 17706 Aprueban Normas para la Inversión en Instrumentos Negociados a través de Mecanismos No Centralizados de Nego- ciación y modifican el Manual de Con- tabilidad para las Empresas del Siste- ma Financiero RESOLUCIÓN SBS Nº 964-2002 Lima, 2 de octubre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUR OS CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Ley General del Sistema Finan- ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin- tendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi-