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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (13/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 231298 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de octubre de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El pedido de Juan Fernando Piccini Martin, so- bre Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Úni- co, del terreno de su propiedad con 1,668.70 m², constitui- do por el Sublote Nº 5, de la Parcelación Semirrústica "El Vivero", ex fundo Monterrico Chico, ubicado con frente a la Av. El Carmen (Antes calle Mendocita), distrito de Santia- go de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el In- forme Nº 395-2002-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 53 a 55) señalando que los administrados han cumplido con acompañar los documentos establecidos para el presen- te procedimiento en el TUPA, que el terreno de 1,668.70 m² cuya habilitación urbana se solicita está calificado para Uso Residencial de Alta Densidad R-5 de acuerdo al Plano de Zonificación Distrital Nº PZD 001-98-MSS y respecto a los aportes reglamentarios se deberá cum- plir con los porcentajes del área total del lote, que de- ben ceder las Habilitaciones Tipo 5 de conformidad con la Ordenanza Nº 292-MML, en atención a que las áreas de aportes están por debajo de las áreas normativas mínimas correspondientes a tales equipamientos, el administrado solicita su redención en dinero. Efectua- da la inspección ocular al terreno del recurso se ha verificado que es un predio de topografía plana que es utilizado como depósito de equipo mecánico de construcción y en el cual no existen construcciones. En cuanto a la vialidad el predio tiene su frente a la Av. El Carmen con sección transversal de una sola pista, que necesariamente debe ser ampliada a 28.40 m. de acuerdo a lo establecido en el Certificado de Zonifica- ción y Vías Nº 027-2002-DDU/MSS, con la construc- ción de otra pista y separador central; Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable, de fecha 10.9.2002, acordando que los Aportes Reglamentarios se redimirán en dinero (fs. 56 a 58); Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 09-99-MSS, Ley Nº 26878, su modificatoria Ley Nº 27135, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General; así como la fa- cultad expresa prevista en la Ley Nº 23853, artículo 47º numeral 6; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 097.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS y Nº 097.02-2002-SDOPRIV-DDU-MSS los Proyectos re- ferentes a Trazado y Lotización, pavimentación de calza- das y aceras correspondientes a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso Residencial de Alta Densi- dad R-5, en el terreno de 1,668.70 m² de propiedad de Juan Fernando Piccini Martin, constituido por el Sublote Nº 5, de la Parcelación Semirrústica "El Vivero", ex fundo Monterri- co Chico, ubicado con frente a la Av. El Carmen (antes calle Mendocita), distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Juan Fernando Pic- cini para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, conta- dos a partir de notificado con la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana cuyos Proyectos se aprueban, debien- do sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprue- ba es el siguiente: Área Bruta 1,668.70 m² Área para Vías 395.96 m² Área Útil 1,272.74 m² Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292- MML de fecha 13.12.2000 establece los aportes regla-mentarios que deben ceder las Habilitaciones con fi- nes de Vivienda, Tipo 5, en el presente caso el coefi- ciente de edificación conforme al Reglamento de Zoni- ficación es de 3.25: APORTE ORDENANZA INCREMENTO % TOTAL REGLAMENTARIO Nº 292 RNC (m²) Recreación Pública 23% (23 x 12.75) 25.9325 432.73 Parques Zonales 2 (2 x 12.75) 2.255 37.63 Ministerio de Educación 2 (2 x 12.75) 2.255 37.63 Otros Fines 4 (4 x 12.75 4.510 75.26 TOTAL 31 (31 x 12.75) 34.9525 583.25 En atención a que las áreas de aportes están por deba- jo de las áreas normativas mínimas correspondientes a ta- les equipamientos, los recurrentes deberán solicitar su re- dención en dinero. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pa- vimentación serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f ' c = 175 kg./cm² de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con una mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada termina- da será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto será de f ' c = 175 kg./cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra cha- cra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la obligación del propietario de cancelar los déficit de aportes reglamentarios, que serán redimidos en dine- ro, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda en garantía el Lote Único materia de la presente Resolución. Los déficit de Aporte para Recreación Pú- blica de 432.73 m² y para Otros Fines de 75.26 m² de- ben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para Parques Zonales de 37.63 m² en el SERPAR-LIMA y para el Ministerio de Educa- ción de 37.63 m² en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER que Juan Fernando Pic- cini Martin efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragan- do los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actua- dos administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuer- do a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección de De- sarrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Privadas el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 18093