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Pág. 231680 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2002 Que, en tal sentido, de acuerdo con el informe técnico elaborado por la Oficina de Investigación de Mercados In- ternacionales, la empresa INFOFISH cumple con los re- quisitos establecidos en el literal h) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como con lo señalado en el artículo 111º de su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 111º y 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el inciso h) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el inciso r) del artículo 8º del Estatuto de la Comisión para la Promo- ción de Exportaciones - PROMPEX, aprobado por Decre- to Supremo Nº 040-96-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la contratación de la entidad intergubernamental INFOFISH, para que se encargue de realizar un estudio de mercado para la identificación de nuevos productos a base de pota en los mercados del Asia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PENDAVIS PERALES Presidente Comisión para la Promoción de Exportaciones PROMPEX 18366 SUNARP Autorizan participación de miembros de la SUNARP en el "Diplomado en De- recho Registral Inmobiliario y Mercan- til", a realizarse en la ciudad de Truji- llo. RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 476-2002-SUNARP/SN Lima, 17 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, siendo política de la SUNARP promover la des- centralización de las oportunidades de capacitación y apo- yar el desarrollo profesional de los miembros de la Super- intendencia Nacional de los Registros Públicos, se esta- bleció, mediante Resolución Nº 034-2002-SUNARP/SN, la BECA SUNARP, dirigida a los servidores públicos que rea- licen actividad registral, en su calidad de Registradores Pú- blicos o Asistentes Registrales, que cuenten con el Título Profesional de Abogado; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en convenio con la Universidad Privada Antenor Orrego, ha organizado el curso: «DIPLOMADO EN DERE- CHO REGISTRAL INMOBILIARIO Y MERCANTIL», el mis- mo que se llevará a cabo en la ciudad de Trujillo, entre los meses de octubre de 2002 y enero de 2003; con un total de 200 horas académicas; Que, es conveniente, por necesidades de servicio, im- pulsar la participación del personal de la SUNARP que la- bora en las Zonas Registrales más cercanas, geográfica- mente, a la ciudad en que se desarrollará el referido Diplo- mado; Con los fundamentos que anteceden y, de conformidad con lo establecido en el inciso v) del artículo 7º del Estatu- to de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la participación de miembros de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, Zonas Registrales números I, II, III, IV, V y VII, en calidad de becados, en el «DIPLOMADO EN DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO Y MERCANTIL», el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Trujillo, entre losmeses de octubre de 2002 y enero de 2003; con un total de 200 horas académicas. Artículo 2º.- A fin de seleccionar a los becados a que se refiere el artículo precedente, la Escuela de Capacita- ción Registral de la SUNARP preparará un examen escrito de conocimientos, que tendrá lugar el día lunes 21 de octu- bre de 2002, a horas 05:00 p.m., en forma simultánea, en las Zonas Registrales señaladas en el Artículo 1º. Artículo 3º.- Constituir una Comisión en cada Zona Re- gistral participante, a fin de llevar a cabo el examen a que se refiere el Artículo 2º, la misma que estará presidida por el Jefe de la Zona Registral e integrada por el Gerente Regis- tral, o en su defecto por el Jefe de la Oficina Legal y el Ge- rente de Administración y Finanzas. La Comisión remitirá el día martes 22 de octubre de 2002, los resultados del exa- men a la Sede Central, para los fines correspondientes. Artículo 4º.- Las becas serán cubiertas por los Re- gistradores Públicos o Asistentes Registrales que cuenten con Título Profesional de Abogado, de las Zonas Registra- les señaladas en el Artículo 1º, que obtengan el mayor puntaje en el referido examen, y siempre que se cumpla con lo previsto en el Artículo 5º. Artículo 5º.- La BECA SUNARP sólo podrá ser adju- dicada a servidores de la SUNARP, que no hayan sido favorecidos anteriormente con ésta. Como mínimo, se asig- nará una beca por cada una de las Zonas Registrales se- ñaladas en el Artículo 1º. Artículo 6º.- Autorícese al Superintendente Nacional Adjunto de los Registros Públicos a ejecutar, de conformi- dad con la normatividad vigente, las acciones administra- tivas y presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 18512 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Disponen primera inscripción de domi- nio a favor del Estado de terrenos ubi- cados en los distritos de Chaclacayo y Lurigancho, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 165-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 9 de octubre de 2002 Visto el Expediente Nº 086-2002/SBN-JAR corres- pondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 86 155,91 m2 ubicado ha- cia el lado derecho de la Carretera Central camino a Cho- sica a la altura del kilómetro 23.5, en el distrito de Chacla- cayo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, mediante inspección técnica realizada con fecha 1 de agosto del 2002, se identificó un terreno eriazo con topografía suavemente inclinada de 86 155,91 m2 ubica- do hacia el lado derecho de la Carretera Central camino a Chosica a la altura del kilómetro 23.5, en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales", señala que los terre- nos eriazos o ribereños se consideran bienes de propie- dad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera