Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2002 (11/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 11 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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blico, se sujetara a las condiciones que se establecen en el presente Reglamento. 1. GENERALIDADES a) El Banco Central de Reserva del Peru, en lo sucesivo BCRP, podra comprar a las empresas del sistema financiero (ESF), con el compromiso de que estas realicen la recompra en la fecha pactada, Certificados de Deposito del Banco Central de Reserva del Peru, (CD BCRP) y Bonos del Tesoro Publico (BTP) emitidos en moneda nacional, incluyendo aquellos sujetos a reajuste con el indice de Valor Adquisitivo MORDAZA (VAC). b) Las compras de los titulos valores senalados en el literal a) se efectuaran mediante el mecanismo de subasta o mediante compra directa. c) El monto MORDAZA de titulos valores emitidos por el Banco Central que podra ser comprado a una ESF sera igual al saldo que por cuenta propia y de libre disponibilidad mantenga en el registro de propietarios del Banco Central a las 12:00 horas del dia de la subasta o a las 16:30 horas si fuera compra directa, valorizado de acuerdo con el presente Reglamento. El monto MORDAZA de BTP que podra ser comprado a una ESF sera igual al saldo que por cuenta propia y de libre disponibilidad mantenga en el registro de propietarios de CAVALI ICLV a las 12:00 horas del dia de la subasta o a las 16:30 horas si fuera compra directa, valorizado de acuerdo con el presente Reglamento. d) El monto MORDAZA de BTP a comprar se sujetara al limite establecido en el articulo 61º de la Ley Organica del Banco Central. e) La recompra de los titulos valores por las ESF se realizara automaticamente en la fecha pactada, segun el procedimiento descrito en el presente Reglamento. f) Las tasas de interes que se ofrezca en las subastas o la que fije el Banco Central en la compra directa seran expresadas en terminos efectivos anuales, en porcentaje y con dos decimales. Los intereses seran cobrados por adelantado. 2. DE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES Podran participar en las subastas y compras directas las Empresas Bancarias, Empresas Financieras y MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito, a las que se refiere el articulo 282º de la Ley General del Sistema Financiero y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley Nº 26702). 3. VALORIZACION DE LOS TITULOS VALORES a) Los CD BCRP seran valorizados al precio minimo de emision aceptado en cada subasta de colocacion primaria. b) Los BTP no sujetos a reajuste seran valorizados al menor valor entre el valor facial y el precio de la MORDAZA emision primaria de BTP de caracteristicas similares, sin considerar los intereses. c) Los BTP sujetos a reajuste con el indice VAC, seran valorizados al menor valor entre el valor facial, el precio de la MORDAZA emision primaria de BTP de caracteristicas similares y el valor reajustado con el indice VAC al dia de la compra. La valorizacion mencionada podra ser reemplazada por un precio representativo de MORDAZA cuando se disponga de dicha informacion. El BCRP podra exigir un margen adicional para cubrir posibles fluctuaciones en el precio de MORDAZA de los CD BCRP y de los BTP que compre. 4. DEL PROCEDIMIENTO DE LA COMPRA DE TITULOS VALORES MEDIANTE SUBASTA 4.1 Anuncio de la subasta El anuncio se realizara mediante el servicio de mensajes de Datos Tecnicos S. A. (DATATEC), REUTERS, BLOOMBERG, facsimil y otros medios disponibles. Se anunciara el monto a subastar y los titulos valores que se aceptaran en la operacion, indicando, de ser el caso, el monto MORDAZA de BTP a comprar de acuerdo a lo se-

Que, el Banco Central de Reserva del Peru tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria; Que, para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia de Estudios Economicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las politicas del Banco y su entorno macroeconomico permitan la consecucion de la estabilidad monetaria; Que, en tal sentido, se considera necesario la participacion de la entidad en el Foro Regional sobre el Sector Financiero, que organiza el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el 13 de septiembre del presente ano, en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM, el Directorio del Banco en su sesion de fecha 5 de septiembre de 2002; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subgerente del Sector Monetario, a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos del 12 al 13 de septiembre inclusive. A fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes: US$ 831,12 Viaticos: US$ 440,00 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 25,00 --------------------Total US$ 1 296,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente 16249

Modifican el Reglamento de Compra con Compromiso de Recompra de Titulos Valores emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru y del Tesoro Publico
CIRCULAR Nº 026-2002-EF/90 MORDAZA, 10 de setiembre del 2002 Ref.: Reglamento de Compra con Compromiso de Recompra de Titulos Valores del Banco Central de Reserva del Peru y del Tesoro Publico. El Directorio de este Banco Central ha resuelto modificar el Reglamento de Compra con Compromiso de Recompra de CD BCRP y BTP, dejando sin efecto la Circular Nº 006-2002-EF/90 y sustituyendola por la presente. En esta oportunidad se incluye en las operaciones de compra de titulos valores con compromiso de recompra a los Bonos del Tesoro Publico sujetos a reajuste con el indice de Valor Adquisitivo Constante. MORDAZA MORDAZA Gerente General REGLAMENTO DE COMPRA CON COMPROMISO DE RECOMPRA DE TITULOS VALORES EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU Y EL TESORO PUBLICO La compra con compromiso de recompra de titulos valores emitidos por el Banco Central y por el Tesoro Pu-

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