NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/09/2002)
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Pág. 229887 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de setiembre de 2002 Frontera Eléctrica, y que entre otras actividades compren- de la adquisición de materiales y equipos, contratación de obras civiles y montaje electromecánico, supervisión de obras, consultoría y otros servicios complementarios; Que, por Resolución Suprema Nº 217-98-PCM, se ra- tificó el Acuerdo de la Comisión de la Promoción de la Inversión Privada - COPRI que aprueba el Plan de Pro- moción de la Inversión Privada en las Empresas Regio- nales de Electricidad, definiendo la modalidad para llevar adelante dicho proceso de promoción; Que, en el literal D del Plan de Promoción de la Inver- sión Privada en las Empresas Regionales de Electricidad, se establece la obligación de la Empresa Adjudicataria de administrar proyectos de electrificación rural que el Esta- do ejecute dentro de su área de influencia. Para tal fin, se establece que se celebrarán Contratos de Administración con las Empresas Regionales de Electricidad; Que, en sesión del 6 de octubre de 1998, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, hoy Agen- cia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, acor- dó autorizar que una vez culminadas las obras y adquisi- ciones de los proyectos, que el Ministerio de Energía y Mi- nas ejecute a través de la Dirección Ejecutiva de Proyec- tos, se constituyan en Aporte de Capital del Estado a la empresa Ingeniería y Construcción de Sistemas Eléctri- cos S.A. - ICSA, hoy empresa de Administración de Infra- estructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, debiendo por tanto dicha empresa emitir las correspondientes Acciones a nom- bre del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, en representación del Estado; Que, previa Licitación Pública Nº LP-010-99-EM/DEP, con fecha 27 de julio de 1999, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas suscribió el Contrato Nº 99-058-EM/DEP, para la ejecución de la obra "PEQUEÑO SISTEMA ELÉCTRICO HUAROCHIRÍ I ETA- PA Y REDES SECUNDARIAS", con la firma contratista TECSUR S.A.A., ubicada en la provincia de Huarochirí, departamento de Lima, por un monto de NUEVE MILLO- NES CUATROCIENTOS TREINTINUEVE MIL SEIS- CIENTOS VEINTICINCO CON 88/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 439 625,88), incluido IGV; Que, la indicada Obra ha quedado concluida y ha sido recepcionada sin observaciones, según consta en el Acta de Recepción Provisional de Obra, de fecha 2 de agosto de 2001, documento que obra en el respectivo expediente de liquidación; Que, por Resolución Directoral Nº 027-02-EM/DEP de fecha 31 de enero de 2002, se aprobó la Liquidación Final de Contrato de Obra Nº 99-058-EM/DEP, la misma que estableció para la Obra "PEQUEÑO SISTEMA ELÉCTRI- CO HUAROCHIRÍ I ETAPA Y REDES SECUNDARIAS", un Monto Final de Contrato de NUEVE MILLONES DOS- CIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS SETEN- TICINCO CON 07/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 260 975,07), suma que incluye IGV; Que, mediante Resolución Directoral Nº 187-02-EM/ DEP del 2 de agosto de 2002, se aprobó la Liquidación Final de Proyecto "PEQUEÑO SISTEMA ELÉCTRICO HUAROCHIRÍ I ETAPA Y REDES SECUNDARIAS", esta- bleciéndose un costo total ajustado al 30 de junio de 2002 de OCHO MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL OCHEN- TIUNO CON 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 505 081,25), monto que no incluye IGV; Que, debiéndose efectuar la transferencia del Proyecto "PE- QUEÑO SISTEMA ELÉCTRICO HUAROCHIRÍ I ETAPA Y REDES SECUNDARIAS", financiado por la Dirección Ejecuti- va de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, a la empre- sa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADI- NELSA, es necesario aprobar el monto definitivo a ser consi- derado como Aporte de Capital del Estado a dicha empresa; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-93- EM, el Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Energía y Minas aprobado por Decreto Su- premo Nº 027-93-EM, y la Ley Nº 27170 modificada por la Ley Nº 27247 y el Decreto de Urgencia Nº 019-2000; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Pro- yectos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el monto a ser considerado como Aporte de Capital del Estado a la empresa de Adminis-tración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, por la ejecución del Proyecto "PEQUEÑO SISTEMA ELÉC- TRICO HUAROCHIRÍ I ETAPA Y REDES SECUNDA- RIAS", financiado con recursos del Tesoro Público a tra- vés de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, por un valor reexpresado al 30 de junio de 2002, de OCHO MILLONES QUINIENTOS CIN- CO MIL OCHENTIUNO CON 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 505 081,25). Artículo 2º.- Poner en conocimiento, de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADI- NELSA, lo dispuesto en el Artículo Primero de la presen- te Resolución, para que en el marco de lo dispuesto en la Directiva aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 171- 94-EM/DEP, referida a la emisión y control de acciones que deben emitir las empresa del servicio público de electrici- dad por concepto de aportes de capital por parte del Esta- do, tome los acuerdos correspondientes. Regístrese y comuníquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 16398 Autorizan a procurador formular denun- cia penal y acciones pertinentes contra titular de unidad económica administrativa ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2002-EM/DM Lima, 10 de setiembre de 2002 Vista la Resolución de la Dirección General de Mine- ría, de fecha 11 de julio de 2002, que aprobó la Inspec- ción Especial de Seguridad e Higiene Minera, efectuada por la empresa fiscalizadora externa "Santa Rosa Con- sult S.R.L.", los días 21 y 27 de marzo; así como el 3 de abril de 2002, en la unidad económica administrativa "DON PEPE 74", ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 298-98-EM/ DGM, de fecha 21 de octubre de 1998, se ordenó la parali- zación de las operaciones mineras de explotación en los derechos mineros "FERNANDO 1", "FERNANDO 1-A" y "FERNANDO 2" integrantes de la U.E.A. "DON PEPE 74", cuyo titular es el señor Segundo José Gabriel Melgarejo Vergara; siendo confirmada por el Consejo de Minería por Resolución Nº 085-99-EM/CM, de fecha 26 de marzo de 1999; Que, por Resolución Directoral Nº 202-99-EM/DGM, de fecha 9 de noviembre de 1999, se dispuso la paralización de las operaciones de explotación de todas las concesio- nes mineras que integran la U.E.A. "DON PEPE 74", de Segundo José Gabriel Melgarejo Vergara hasta que cum- pla con las recomendaciones dispuestas por la Resolución Directoral Nº 298-98-EM/DGM; siendo confirmada por el Consejo de Minería mediante Resolución Nº 102-2000-EM/ CM, de fecha 31 de marzo de 2000; Que, la Dirección General de Minería mediante Reso- lución de fecha 19 de marzo de 2002 dispuso que la em- presa fiscalizadora externa "Santa Rosa Consult S.R.L." realice un examen especial de seguridad e higiene minera y medio ambiente en el área de la U.E.A. "DON PEPE 74", con la finalidad de verificar el cumplimiento de la paraliza- ción y recomendaciones ordenadas por Resolución Di- rectoral Nº 298-98-EM/DGM; Que, la empresa Santa Rosa Consult S.R.L. realizó el examen especial antes mencionado los días 21 y 27 de marzo de 2002, así como el 3 de abril de 2002, compro- bando que se continúan realizando operaciones de ex- plotación de minerales de construcción; así mismo, que el señor Segundo José Gabriel Melgarejo Vergara no ha