Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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ca destinados a prevenir los posibles perjuicios para la ciudadania y el Estado derivados de la ocurrencia de un Fenomeno "El Nino", para la ejecucion de los proyectos enmarcados en el "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del fenomeno El MORDAZA 2002-2003"; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Suspension de la aplicacion de disposiciones de la Ley Nº 27293 para la ejecucion del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del fenomeno El MORDAZA 2002-2003" Suspendase, durante el ejercicio presupuestal 2002, la aplicacion de lo dispuesto en los Articulos 6º y 10º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, respecto al cumplimiento del Ciclo del Proyecto, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica aprobados en el MORDAZA del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del fenomeno El MORDAZA 2002-2003". Dicho programa, asi como sus modificatorias, requiere ser aprobado, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil, por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM. Articulo 2º.- Aprobacion del Procedimiento Especial Dispongase que en el plazo MORDAZA de quince (15) dias calendario la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas aprobara, mediante Resolucion, el procedimiento especial aplicable a los Proyectos de Inversion Publica a ejecutarse en el MORDAZA de lo dispuesto por la presente norma. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Articulo 4º.- Disposicion derogatoria Dejase sin efecto el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de setiembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 16806

la documentacion oficial, asi como estandarizar el empleo de logos, signos distintivos y simbolos oficiales del Estado; En uso de la facultad que confiere el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Las entidades que integran el Poder Ejecutivo a nivel nacional, consignaran en su documentacion oficial y en toda documentacion que emitan y/o cursen a entidades publicas y privadas, su denominacion completa y/o sus siglas institucionales aprobadas conforme a su ley de creacion, el Escudo Nacional con la inscripcion de la Republica del Peru y el logo institucional que mediante Resolucion Suprema aprobara la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Tratandose del empleo de anuncios o paneles a traves de los cuales se difunda la realizacion de obras publicas, la conservacion o mantenimiento de infraestructura publica, o las actividades pertenecientes a cualquier programa, proyecto o labor financiada con cargo a recursos publicos, sera obligatorio el uso en el respectivo anuncio, panel o medio material empleado para la difusion publica del Escudo de la Republica del Peru, conjuntamente con el logo institucional aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Las excepciones para la aplicacion de lo dispuesto por el presente Decreto Supremo seran aprobadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de setiembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 16807

Prorrogan plazo de Comision de Transferencia para la fusion de diversos proyectos administrados por el PRONAMACHCS en el FONCODES
DECRETO SUPREMO Nº 092-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM de fecha 21 de MORDAZA de 2002, se dispuso la fusion por absorcion de diversos proyectos administrados por el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS en el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, el numeral 1.3 del Articulo 1º del Decreto Supremo mencionado en el considerando precedente, establece que en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la MORDAZA MORDAZA senalada, los proyectos que se fusionan se transfieren con los recursos financieros y materiales, el personal y el acervo documentario correspondientes al Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, la Comision de Transferencia conformada de acuerdo a lo senalado por el numeral 1.4 del Articulo 1º del citado Decreto Supremo, viene realizando las acciones pertinentes para cumplir con la funcion encomendada, por lo que resulta necesario prorrogar el plazo dispuesto por el numeral 1.3 del Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0362002-PCM, hasta el 31 de marzo del 2003; De conformidad a lo dispuesto en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGA DE PLAZO DE LA COMISION DE TRANSFERENCIA Prorrogase hasta el 31 de marzo del 2003, el plazo establecido en el numeral 1.3 del Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM. Articulo 2º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de

PCM
Dictan normas referidas a las caracteristicas que debe contar la documentacion oficial, asi como estandarizar uso de logos, signos distintivos y simbolos oficiales del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 091-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27658 se promulgo la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, entre otros aspectos, la referida Ley ha establecido que las funciones y actividades que realice la Administracion Publica, a traves de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justificada y amparada en sus normas; Que, en ese contexto resulta conveniente dictar normas de caracter general que tengan por proposito regular aspectos relacionados con las caracteristicas con que debe contar

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