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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (19/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 230180 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de setiembre de 2002 - Dos representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales la presidirá; - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien actuará como Secretaria Técnica de la Comisión; - Un representante del Ministerio de Economía y Finan- zas; - Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; - Dos representantes del gremio de transporte interpro- vincial de pasajeros; - Dos representantes del gremio de transporte de car- ga en camión; Excepcionalmente, cuando el caso lo requiera la Comi- sión podrá invitar por acuerdo de sus miembros, a represen- tantes de otros organismos, instituciones, gremios, y entida- des en general, públicas o privadas, para el tratamiento de temas específicos, en las sesiones designadas para ello. Artículo 3º.- Acreditación de representantes Los representantes titulares y alternos serán designa- dos ante la Presidencia de la Comisión en un plazo no mayor de dos días hábiles, posteriores a la entrada en vi- gencia del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Instalación La Comisión de trabajo deberá instalarse en un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la fe- cha límite para la acreditación de sus miembros. Artículo 5º.- Plazo El plazo para que la Comisión cumpla con la agenda a que se refiere el Artículo 1º del presente Decreto Supremo no excederá de sesenta días calendario contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto Supremo. Sin perjuicio de lo antes señalado, las entidades com- petentes podrán implementar los acuerdos que se adop- ten por la Comisión, antes del término del citado plazo. Artículo 6º.- Apoyo Institucional Las instituciones públicas sin excepción, y bajo respon- sabilidad prestarán el apoyo informativo y de asesoramiento que les sea requerido para el desarrollo de sus funciones. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Pre- sidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 16810 Modifican el D.S. Nº 038-2002-MTC, me- diante el cual se constituyó la Comisión de Trabajo Multisectorial encargada de estudiar y analizar problemas vincula- dos al transporte de pasajeros y carga DECRETO SUPREMO Nº 043-2002-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2002-MTC, del 20 de agosto de 2002, se constituyó la Comisión de Traba- jo Multisectorial encargada de estudiar, identificar y anali- zar los problemas vinculados al transporte de pasajeros y carga y proponer las recomendaciones correspondientes;Que, la problemática del transporte urbano de pasajeros tiene características específicas de este subsector, que lo dis- tinguen de cualquier otra actividad vinculada al transporte; Que, en este marco, es necesario modificar el Decreto Supremo antes citado, a fin de centrar y especializar el trabajo de la Comisión respecto de los temas del trans- porte urbano de pasajeros, sin perjuicio de encargar a otra Comisión el tratamiento de los temas vinculados al trans- porte interprovincial de pasajeros y mercancías; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la norma Modificar los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 038-2002-MTC, en los términos siguientes: "Artículo 1º.- Constitución de la Comisión y agenda Constituir la Comisión de Trabajo Multisectorial encar- gada de estudiar, identificar y analizar los problemas vin- culados al transporte urbano de pasajeros y proponer re- comendaciones en relación a los siguientes temas: a) Reordenamieno y fiscalización de la actividad del transporte urbano de pasajeros para combatir la infor- malidad; b) Reglamento Nacional de Administración del Trans- porte; c) Mecanismos para la imposición de sanciones por infracciones de tránsito; d) Alternativas viables para la reducción de la sobreo- ferta de servicios de transporte urbano de pasajeros; e) Coordinación interinstitucional para concertar y pla- nificar un programa nacional de cultura de la educación y seguridad vial." "Artículo 2º.- Conformación La Comisión de Trabajo Multisectorial, en adelante la Comisión, estará integrada por: - Dos representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo presidirá; - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien actuará como Secretaría Técnica de la Comisión; - Un representante del Ministerio del Interior; - Un representante de la Asociación de Municipalida- des del Perú; - Un representante de la Municipalidad de Lima Metro- politana; - Un representante de los gremios de transporte urba- no de pasajeros del departamento de Lima; - Un representante de los gremios de transporte urba- no de pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao; - Dos representantes de los gremios departamentales de transporte urbano de pasajeros; Excepcionalmente, cuando el caso lo requiera, la Comi- sión podrá invitar, por acuerdo de sus miembros, a represen- tantes de otros organismos, instituciones, gremios y entida- des en general, públicas o privadas, para el tratamiento de temas específicos, en las sesiones designadas ello." Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economía y Finanzas, Interior y Transportes y Comuni- caciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16811