Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 230171

DEFENSA
Incluyen procesos de licitacion publica para adquisicion de polizas de seguros en el Sistema "Evaluacion Internacional de Procesos"
RESOLUCION SUPREMA Nº 165-DE/SG
MORDAZA, 18 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25565, se creo el Sistema de Licitaciones y Concursos denominado "Evaluacion Internacional de Procesos", el mismo que fue reglamentado por Decreto Supremo Nº 133-92-EF de fecha 16 MORDAZA 1992; Que, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25565, dispone que en los casos que MORDAZA aprobados por Resolucion Suprema, los organismos del Sector Publico encargaran a las entidades especializadas debidamente autorizadas, la realizacion de sus procesos de Licitacion Publica para la adquisicion de bienes, servicios y la ejecucion de obras y los Concursos de Meritos para la contratacion de consultorias, supervisiones, peritajes, estudios, asesorias e inspecciones; Que, el Ministerio de Defensa, requiere que el MORDAZA y/o procesos de Licitacion Publica que fueran necesarios para la adquisicion de polizas de seguros de todos los intereses asegurables del Ministerio de Defensa, Ejercito, MORDAZA de MORDAZA, Fuerza Aerea y Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru, se incluyan en el Sistema denominado "Evaluacion Internacional de Procesos"; Que, es conveniente que el MORDAZA y/o procesos de Licitacion Publica a que hace referencia el considerando precedente, se encarguen a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Organizacion de las Naciones Unidas - UNOPS, calificada como entidad especializada, autorizada mediante Decreto Supremo Nº 132-92-EF de fecha 16.julio.1992; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 "Ley del Poder Ejecutivo", Decreto Ley Nº 25565, Decreto Supremo Nº 132-92-EF y Decreto Supremo Nº 133-92-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir el MORDAZA y/o procesos de Licitacion Publica que se requieran, para la adquisicion de polizas de seguros de todos los intereses asegurables del Ministerio de Defensa, Ejercito, MORDAZA de MORDAZA, Fuerza Aerea y Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru, en el Sistema denominado "Evaluacion Internacional de Procesos". Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organizacion de las Naciones Unidas - UNOPS, la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA y/o procesos de Licitacion Publica a que se refiere el articulo precedente, comprendiendose la convocatoria, absolucion de consultas, recepcion de ofertas, calificacion de postores, evaluacion de las propuestas, otorgamiento de la Buena Pro y, en general, todo acto que sea necesario para la realizacion del MORDAZA y/o procesos de Licitacion Publica. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Defensa Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 16767

Vistos, el Oficio Nº 1098-2001-PP-ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 43082-2001 y demas documentacion que se acompana; CONSIDERANDO: Que, mediante la documentacion anexa al Oficio Nº 601-2001USE-ACH-C, de fecha 7 de setiembre de 2001, el Director del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos de "Alto Chicama", solicita al senor Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, se interpongan las acciones judiciales pertinentes a que hubiere lugar contra las personas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Ex Director de la USE de "Alto Chicama"; MORDAZA MORDAZA Macen MORDAZA, en su condicion de Ex Tesorero de la citada USE; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Asesor Administrativo; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Calin MORDAZA Garcia; Que, mediante Informe Nº 001-2001-USE-ACH-C/J-OAI, Examen Especial al Pago de Remuneraciones en la USE de "Alto Chicama" - Cascas, correspondiente al periodo Enero a Octubre del ano 2000, el Organo de Auditoria Interna determino que se habian efectuado retenciones de las planillas de haberes correspondientes a personal nombrado y contratado de la USE "Alto Chicama", por una suma total de S/. 11,449.90 (Once Mil Cuatrocientos Cuarentinueve y 90/100 Nuevos Soles), importe que fue pagado a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante cheque Nº 18397742, con Comprobante de Pago Nº 0235, de fecha 28 de MORDAZA de 2000, fojas 76 y 80 respectivamente; Que, conforme consta en el Acta de Constatacion, levantada por la Inspectora de la USE "Alto Chicama", en el I.S.P.P. "Virgen de la Puerta", diligencia que se llevo a cabo con la presencia de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el curso de capacitacion docente no se realizo; asimismo, segun lo manifestado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su Carta Notarial de fecha 01 de agosto de 2001, el dinero senalado en el considerando precedente fue cobrado por su persona y luego entregado a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Asesor Administrativo de la USE "Alto Chicama", y a don MORDAZA MORDAZA Macen MORDAZA, Ex Tesorero de la citada USE, quienes entregaron parte del dinero a don Calin MORDAZA Garcia; Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA entrego como comprobante de pago el recibo de egreso de cargo Nº 01497, por el importe de S/. 11,449.90 (Once Mil Cuatrocientos Cuarentinueve y 90/100 Nuevos Soles), emitido a nombre de la USE "Alto Chicama", documento que no reune los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT, por lo que dicho recibo no tiene efectos tributarios, constituyendo indicios razonables de comision del delito de defraudacion tributaria; Que, el cheque Nº 18397742 fue firmado por una persona de Tesoreria y otra de Administracion, presuntamente por MORDAZA MORDAZA Macen MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, sin contar con la visacion correspondiente de la Oficina de Contabilidad; Que, durante la gestion del Ex Director de la USE "Alto Chicama", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se efectuo el pago descrito en los considerandos precedentes de manera indebida, sin que se MORDAZA ninguna medida correctiva al respecto; Que, el articulo 190º del Codigo Penal dispone que el que, en su provecho o de un tercero, se apropia indebidamente de un bien mueble, una suma de dinero o un valor que ha recibido en deposito, comision, administracion u otro titulo semejante que produzca obligacion de entregar, devolver, o hacer un uso determinado, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de cuatro anos; ademas, si el agente obra en calidad de curador, tutor, albacea, sindico, depositario judicial o en el ejercicio de una profesion o industria para la cual tenga titulo o autorizacion oficial, la pena privativa de MORDAZA no menor de tres ni mayor de seis anos; Que, el articulo 387º del Codigo Penal establece que el funcionario o servidor publico que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para si o para otro caudales o efectos cuya percepcion, administracion o custodia le esten confiados por razon de su cargo, sera reprimido con pena privativa de la MORDAZA no menor de dos ni mayor de ocho anos; Que, el articulo 389º del citado cuerpo legal dispone que el funcionario o servidor publico que da al dinero o bienes que administra una aplicacion definitiva diferente de aquella a los que estan destinados, afectando el servicio o la funcion encomendada, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de uno ni mayor de cuatro anos; Que, el articulo 401º del referido codigo senala que el funcionario o servidor publico que, por razon de su cargo, se enriquece ilicitamente, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de cinco ni mayor de diez anos;

EDUCACION
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos y perjuicio economico en agravio de la USE "Alto Chicama"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 534-2002-ED
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.