Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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tura extractiva de MORDAZA, se dicto el citado Decreto Supremo Nº 031-2001-PE, estableciendose que el Ministerio de Pesqueria no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor y mayor escala en el ambito maritimo, siendo de aplicacion inmediata a las solicitudes de autorizaciones de incremento de flota que se encuentren en tramite; Que por Decreto Supremo Nº 037-2001-PE, del 26 de noviembre del 2001, se preciso que el citado Decreto Supremo Nº 031-2001-PE no resulta aplicable a las solicitudes de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de MORDAZA de menor y mayor escala construidas, que se presenten en base a autorizaciones de incremento de flota otorgadas con anterioridad a la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo, supuesto en el cual no se encuentra comprendido el expediente analizado; Que el MORDAZA de aplicacion inmediata de las normas, contenido en el articulo III del Titulo Preliminar del Codigo Civil, establece que las normas legales se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones juridicas existentes, razon por la cual el Decreto Supremo Nº 0312001-PE dispone claramente que sus disposiciones se aplicaran inclusive a las solicitudes de autorizacion de incremento de flota para la construccion de embarcaciones pesqueras que se construyan de MORDAZA que se encuentren en tramite al momento de su entrada en vigencia, como es el caso; por lo que, el citado dispositivo no contraviene lo dispuesto por el articulo 103º de la Constitucion Politica de 1993; Que, por lo expuesto, se concluye que el recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 242-2001-PE/DNEPP no desvirtua los fundamentos por los cuales fue emitida, por lo que, resulta infundado; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 00294-JUS, aplicable al presente procedimiento en virtud de lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.L. contra la Resolucion Directoral Nº 2422001-PE/DNEPP del 9 de octubre del 2001, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 16684

1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Federativa del Brasil al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Higueras Ramos. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 16815

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Constituyen Comision de Trabajo Multisectorial encargada de proponer soluciones a los problemas estructurales que afronta el transporte de carga en camion y el transporte interprovincial de pasajeros
DECRETO SUPREMO Nº 042-2002-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2002-MTC se constituyo la Comision de Trabajo Multisectorial encargada de identificar y analizar los problemas vinculados al transporte de pasajeros y carga; Que, la problematica del transporte de carga y de pasajeros en omnibus tiene caracteristicas especificas de este subsector, que lo distinguen de cualquier otra actividad vinculada al transporte; Que, los diversos gremios de transporte terrestre de carga y de pasajeros en omnibus, han consensuado con representantes del Poder Ejecutivo el dia 17 de agosto del 2002, firmando un Acta de Acuerdo en la referida fecha, contemplando diversas acciones a adoptar para la solucion de los problemas que afronta este subsector; Que, en consecuencia, es necesario conformar una Comision Multisectorial que se encargue de proponer y viabilizar las soluciones a los problemas estructurales del subsector transportes, en especial del transporte de carga y de pasajeros en omnibus, con el objetivo de lograr la formalizacion del transporte en general y ampliar la base tributaria; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Constitucion de la Comision y Agenda.Constituir una Comision de Trabajo Multisectorial con el objeto de preparar y proponer los dispositivos, procedimientos y alternativas que MORDAZA necesarios para viabilizar los acuerdos mencionados en los considerandos precedentes, con el proposito de dar solucion a los problemas de caracter estructural que afronta el transporte de carga en camion y el transporte interprovincial de pasajeros. Articulo 2º.- Conformacion La Comision de Trabajo Multisectorial a que se refiere el articulo precedente, en adelante la Comision, estara integrada por:

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Federativa del Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 292-2002-RE
MORDAZA, 18 de setiembre de 2002 De conformidad con el inciso 12 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por los articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

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