Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2002 (20/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

Pag. 230462

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de setiembre de 2002

contenido de la presente resolucion, devolviendose los autos al MORDAZA Electoral de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General RESOLUCION Nº 565-2002-JNE Expediente Nº 1133-2002-Apelacion MORDAZA, 17 de setiembre de 2002 Visto en Audiencia Publica de fecha 17 de setiembre de 2002, el recurso de apelacion de la Resolucion Nº 249-2002-JEE-P/JNE de fecha 26 de agosto de 2002, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, interpuesto por MORDAZA MORDAZA Cupi MORDAZA, personero legal del Partido Reconstruccion Democratica (PRD), acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Puno; CONSIDERANDO:

contenido de la presente resolucion, devolviendose los autos al MORDAZA Electoral de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General RESOLUCION Nº 566-2002-JNE Expediente Nº 1124-2002-Apelacion MORDAZA, 17 de setiembre de 2002 Visto en Audiencia Publica de fecha 17 de setiembre de 2002, el recurso de apelacion de la Resolucion S/N2002-JEE-PUNO de fecha 5 de setiembre de 2002, expedidas por el MORDAZA Electoral Especial de Puno; interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno de la organizacion politica regional Movimiento Politico Union Regional para el Desarrollo, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Puno; CONSIDERANDO:

Que mediante la resolucion de Vista, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos presentada por la organizacion politica nacional Partido Reconstruccion Democratica (PRD), para el Concejo Provincial de MORDAZA, al haber presentado una lista integrada por 12 candidatos a regidores; Que el 19 de agosto del presente ano, fecha limite para la MORDAZA de listas de candidatos para participar en las elecciones municipales del 17 de noviembre proximo de conformidad con lo previsto en el articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, el Partido Reconstruccion Democratica (PRD), presento ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA su lista de candidatos para el Concejo Provincial de MORDAZA, integrada por un candidato para el cargo de MORDAZA y 12 candidatos para los cargos de regidores; cuando corresponde al referido municipio 11 regidores; Que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato a regidor por la organizacion politica apelante ubicado en el casillero 12, presento renuncia a su candidatura, situacion que no altera ni modifica el orden de candidatos de la lista presentada por la referida organizacion, la misma que se tiene ha cumplido con los requisitos establecidos en la ley; debiendo excluirse al renunciante; Que por mandato constitucional y legal corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones garantizar la mayor participacion de la ciudadania en los procesos electorales; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Cupi MORDAZA, personero legal de la organizacion politica nacional Partido Reconstruccion Democratica (PRD); y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 249-2002-JEE-P/JNE de fecha 26 de agosto de 2002, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de MORDAZA, presentada por la organizacion politica apelante; y, REFORMANDOLA ordena la inscripcion de la lista de candidatos presentada por el Partido Reconstruccion Democratica (PRD), para el Concejo Provincial de Puno; excluyendose al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pareja. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA y de la parte interesada el

Que con Resolucion Nº 227-2002-JEE-P/JNE el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Chucuito, presentada por la organizacion politica regional Movimiento Politico Union Regional para el Desarrollo, por existir divergencia entre los datos de identificacion del candidato MORDAZA MORDAZA Aroaquipa; Que mediante Resolucion S/N-2002-JEE-PUNO, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, declaro improcedente la solicitud de rectificacion de apellido MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Aroaquipa, presentado por el personero legal alterno de la organizacion politica recurrente; Que revisada la solicitud de inscripcion de la Lista de Candidatos presentada el 19 de agosto de 2002, se observa que en el casillero correspondiente al primer regidor aparece el nombre de MORDAZA MORDAZA Aroaquipa; sin embargo en la ficha de inscripcion de candidatos y en la MORDAZA certificada de su Documento Nacional de Identidad, aparecen los datos correctos del citado candidato; lo que se ha corroborado en la consulta en linea al archivo de identificacion nacional del RENIEC, confirmando la identidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la inexistencia de MORDAZA MORDAZA Aroaquipa, siendo evidente el error material incurrido en la solicitud presentada; Que el articulo 26º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Nº 26497, preve que el Documento Nacional de Identidad, constituye la unica cedula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal deba ser presentado; dispositivo legal concordante con el numeral 2) del articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales que establece como uno de los requisitos de MORDAZA de la lista de candidatos la indicacion del numero del documento MORDAZA senalado; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno de la organizacion politica regional Movimiento Politico Union Regional para el Desarrollo; y, en consecuencia, REVOCAR las Resoluciones N-2002-JEE-PUNO y Resolucion Nº 227-2002-JEE-P/

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.