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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (26/09/2002)

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Pág. 230484 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de setiembre de 2002 0Si la central no despachó al menos en el 50% del período que corresponde a las Horas de Punta del Sistema y con al menos el 15% de su potencia efectiva. El factor de presencia debe considerar la operatividad de la central hidroeléctrica por causas propias que indis- pongan a la central, cubriendo todo el mes de evaluación. Para este cálculo no se consideran los mantenimientos programados incluidos en la evaluación de la energía ga- rantizada de la central, prevista en la determinación de la potencia firme hidráulica. Para la determinación de los factores de indisponibili- dad no se registrará como indisponibilidad de las unida- des, lo correspondiente al período en el cual su factor de presencia es cero. La DEE calculará el factor de presencia de cada uni- dad para un mes y lo remitirá a la DED a más tardar al tercer día laborable del mes siguiente. 7.3. INDISPONIBILIDAD POR FUERZA MAYOR Cuando una unidad o central de generación se encuentra en el estado de Indisponibilidad Física por Fuerza Mayor (IFFM), y que por dicho motivo, la unidad o central no se encontró en capacidad de operar en más de quince (15) días consecutivos durante el mes correspondiente, la unidad o central de genera- ción será excluida del proceso de cálculo de los factores de indisponibilidad fortuita y programada según sea el caso. Una vez que la IFFM termine, el Número de Horas de Indisponibilidad Fortuita (HIF) y el Número de Horas de Indis- ponibilidad Programada (HIP) a aplicarse en los numerales 7.1.1 y 7.1.2, respectivamente, serán los que resulten de multiplicar los valores de indisponibilidad fortuita y programa- da listados en el anexo B por el número de Horas de Punta del Sistema (HP) que se encontró en el estado de IFFM. El Directorio del COES, ante la ocurrencia de un even- to de fuerza mayor, podrá evaluar las implicancias técni- cas y económicas de la indisponibilidad de las instalacio- nes afectadas y podrá supervisar las acciones tomadas por el titular para rehabilitar las mismas. 7.4. VERIFICACIÓN DE DISPONIBILIDADES DE LAS UNIDADES TÉRMICAS MEDIANTE PRUEBAS ALEA- TORIAS La DOCOES y el COORDINADOR tendrán a su cargo la selección de los días en que se realizarán las pruebas y las máquinas que serán sometidas a prueba. El COORDINADOR tendrá a su cargo la supervisión de las pruebas. Los resulta- dos serán incluidos en el correspondiente informe sobre la operación del sistema que remite diariamente a la DOCOES. Se realizarán cuatro (4) pruebas mensuales, durante el año. 7.4.1. SELECCIÓN ALEATORIA a. Selección de los días de prueba Los días de prueba serán seleccionados mediante un sorteo que se realizará todos los días a las 16:00 horas, con el siguiente procedimiento: • Los representantes de la DOCOES y del COORDI- NADOR reunirán al inicio del mes, en una urna, tantas ba- lotas como días tenga el mes, de las cuales cuatro (4) se- rán de color negro y las restantes de color blanco. • Se seleccionará en forma aleatoria una balota de la urna, la cual no se reintegrará a la urna. Si la balota resulta ser negra, se realizará una prueba ese día. b. Selección de la unidad sometida a prueba Si en el punto a. se seleccionara una balota negra, se procederá inmediatamente con la selección de la unidad de generación que se someterá a prueba, con el siguiente procedimiento: • Los representantes de la DOCOES y del COORDI- NADOR reunirán, en una urna, tantas balotas como unida- des tenga el parque térmico en ese momento, excluidas aquellas que hayan operado exitosamente en los 30 días previos y las que se encuentren indisponibles según el pro- grama semanal de operación. Cada balota mostrará la iden- tificación de una de las unidades de generación térmica. • Las unidades que ya fueron sometidas a prueba me- diante esta selección, no serán consideradas en la selec- ción para las pruebas siguientes del mes en curso. • Se seleccionará en forma aleatoria una balota de la urna. La unidad a la que corresponda, será sometida a prue- ba a partir de las 17:00 horas de ese día.7.4.2. SOBRE LA PRUEBA La prueba incluirá: a. El arranque y sincronización; b. El proceso de carga hasta alcanzar plena-carga en función de la rampa de carga propia de la unidad; c. Un período de operación a plena-carga igual al tiem- po mínimo técnico de operación de la unidad o dos (2) ho- ras, el que resulte mayor; d. La descarga; La DPP verificará que la unidad sobre la que se realiza la prueba sea efectivamente la unidad sorteada. Esta veri- ficación será realizada con la ayuda de medidores o regis- tradores instalados en cada unidad y visitas no anuncia- das. El resultado de dicha verificación será informado al Coordinador y a la Dirección General de Electricidad del MEM dentro de las 24:00 horas siguientes de culminada la prueba. La unidad sometida a prueba no se constituirá como unidad marginal. Para efectos de realizar este ensayo, se disminuirá la generación de la(s) unidades(es) de mayor costo variable que se encuentre(n) operando en el siste- ma. De fallar en el arranque, la unidad de generación será declarada indisponible, permitiéndosele, a su solicitud y propio costo, un rearranque dentro de su tiempo de rearran- que declarado. De resultar exitoso el rearranque, su indis- ponibilidad será contabilizada hasta el momento de su sin- cronización al sistema. Si la unidad no alcanza su potencia efectiva en la etapa de carga durante la prueba, ésta se continuará con la po- tencia máxima que pueda suministrar la máquina en las condiciones que se encuentre. Si las pruebas no resultaran exitosas, la indisponi- bilidad total o parcial de las unidades, en esta etapa de prueba, serán evaluadas tomando en consideración lo señalado anteriormente en 7.1.2 (Factores de indispo- nibilidad programada mensual y anual para unidades térmicas e hidráulicas) y en 7.1.4 (Indisponibilidades parciales). 7.4.3. COMPENSACIÓN POR PRUEBA La compensación por prueba exitosa (en su primera oportunidad), a la unidad seleccionada en forma aleatoria, será de: ( )fp* CMg-CV*E ón Compensaci = Donde: E : Energía Inyectada en bornes del generador CV: Costo variable de la unidad ensayada CMg: Costo Marginal del Sistema. fp: Factor de Pérdidas. El mecanismo para efectuar la compensación será si- milar al considerado en el Procedimiento relativo al Reco- nocimiento de Costos Eficientes de Operación de las Cen- trales Térmicas del COES. La prueba es considerada exitosa si no se reporta nin- guna falla permanente y continuada durante el período de ensayo. Los costos de arranque y parada, en caso de pruebas exi- tosas (en su primera oportunidad), serán compensados de acuerdo al Procedimiento relativo al Reconocimiento de Cos- tos Eficientes de Operación de las Centrales Térmicas del COES. La energía inyectada durante la prueba no implicará compensaciones para otros generadores por desplaza- miento de energía. 7.5. VERIFICACIÓN DE DISPONIBILIDADES ME- DIANTE PRUEBAS POR SOLICITUD DE OTROS GENE- RADORES INTEGRANTES DEL COES Puede efectuarse una prueba por solicitud de terceros, en un día determinado, independientemente de la que se lleve a cabo como resultado del procedimiento descrito en el numeral 7.4. Para ello, cualquier generador integrante del COES pue- de solicitar, con carácter de reservado, una prueba en cual- quiera de las unidades térmicas a la DOCOES, quien eva- luará, con la mayor discreción y reserva del caso, si su solicitud es fundada. Si lo es, la DOCOES obviará el pro- cedimiento de selección y dispondrá la prueba de dicha máquina. Dicha solicitud se podrá presentar hasta antes de las 16:00 horas de un día determinado. En caso de con-