NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (26/09/2002)
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Pág. 230486 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de setiembre de 2002 PROCEDIMIENTO TÉCNICO DEL COMITÉ DE OPERACIÓN ECONÓMICA DEL SINAC PR - 26 CÁLCULO DE LA POTENCIA FIRME 1. OBJETIVO El cálculo de la potencia firme de las unidades genera- doras. 2. BASE LEGAL 2.1. Decreto Ley Nº 25844.- Ley de Concesiones Eléc- tricas (Artículo 41º inciso d)) 2.2. Decreto Supremo Nº 009-93-EM.- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Artículos 103º, 110º y 112º) 3. PERIODICIDAD Mensual 4. RESPONSABILIDADES La DED es la responsable del cálculo de la potencia firme. Las empresas generadoras son responsables del cál- culo de la potencia garantizada para el caso de generado- res hidráulicos, la verificación de la información y de los cálculos mencionados estará a cargo de la DED. La DED es responsable de mantener actualizada la re- lación de los reservorios de regulación horaria. Las empresas integrantes del COES son responsables de proporcionar a la DOCOES, a su solicitud, los siguien- tes datos: • Las capacidades de regulación diaria/horaria para dis- tintas horas de regulación con intervalos de hasta una hora. • Las matrices de potencia y energía generables aso- ciadas a distintas probabilidades de excedencia .5. APROBACIÓN La DOCOES es responsable de la aprobación del cál- culo de la Potencia Firme. 6. DEFINICIONES Las definiciones utilizadas en el presente Procedi- miento están precisadas en el “Glosario de Abreviatu- ras y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos COES-SEIN”. 7. DATOS 7.1. Unidades Térmicas • Factores de Indisponibilidad fortuita mensual de las unidades. • Potencia efectiva de las unidades de acuerdo a la últi- ma aplicación del PR-Nº 17. 7.2. Centrales Hidráulicas • Potencia efectiva de la(s) central(es). • Caudal(es) máximo(s) turbinable(s) de la central(es). • Mantenimientos programados de las unidades y ele- mentos hidráulicos conexos. • Caudales naturales mensuales para la probabilidad de excedencia dada. • Requerimientos de agua para riego y/o agua potable. • Capacidades de túneles y canales. • Factor de presencia de las unidades hidráulicas ( FP) según el PR-Nº 25. 7.3. Reservorios En cuanto a los reservorios a considerar, las empresas integrantes del COES proporcionarán a la DOCOES, con la debida sustentación técnica, la información más recien- te referente a:Causa La Indisponibilidad Forzada se extendió a una indisponibilidad programada UNIDAD HIDRÁULICA: GRUPO 1 Inicio DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA HORA HORA HORA HORA HORA HORA HORA Final DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA HORA HORA HORA HORA HORA HORA HORA Horas en mantenimiento programado en horas punta GRUPO 2 Inicio DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA HORA HORA HORA HORA HORA HORA HORA Final DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA HORA HORA HORA HORA HORA HORA HORA Horas en mantenimiento programado en horas punta GRUPO i Inicio DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA HORA HORA HORA HORA HORA HORA HORA Final DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA DÍA HORA HORA HORA HORA HORA HORA HORA Horas en mantenimiento programado en horas punta ANEXO B FACTOR DE INDISPONIBILIDAD CENTRAL COMBUSTIBLE HORAS % FORTUITA PROGRAMADA FORTUITA PROGRAMADA VAPOR CARBÓN 365.1 992.3 4.2 11.3 PETRÓLEO 269.8 1008.9 3.1 11.5 GAS 250.7 1056.2 2.9 12.1 GAS JET 197.6 529.8 2.3 6.0 GAS 278.1 532.4 3.2 6.1 DIESEL 359.2 528.0 4.1 6.0 DIESEL TODOS 170.4 188.3 1.9 2.1 CICLO COMBINADO 208.0 956.3 2.4 10.9 HIDRÁULICAS (*) Fuente: National Energy Reliabilty Council (*) Por definir