Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2002 (26/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 26 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 1,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 17184

Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999, que otorgo a la empresa AVIANDINA S.A.C. Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, incorporando las siguientes rutas y frecuencias, adicionales a las ya autorizadas: RUTAS Y FRECUENCIAS: - MORDAZA y/o Pucallpa y/o Tarapoto y/o Iquitos y v.v., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA y/o MORDAZA y/o MORDAZA y/o Juliaca, con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA y/o MORDAZA y/o Tumbes y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA y/o MORDAZA y/o Puerto MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. Articulo 2º.- Modificar el contenido de la Resolucion Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto del 1999, en los siguientes articulos: "Articulo 8º.- AVIANDINA S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 10º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 14º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil - Ley Nº 27261, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil." Articulo 3º.- Incorporar al contenido de la Resolucion Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999, el siguiente articulo: "Articulo 15º.- AVIANDINA S.A.C. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 16º.- AVIANDINA S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios." Articulo 4º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolucion Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999 haga mencion a la Direccion General de Transporte Aereo, entiendase que se refiere a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil 16597

Modifican resoluciones que otorgaron a Aviandina S.A.C. permisos de operacion para prestar servicios de transporte aereo regular y no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 209-2002-MTC/15.16
MORDAZA, 29 de agosto del 2002 Vista la solicitud de AVIANDINA S.A.C., sobre Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 138-99-MTC/ 15.16 del 4 de agosto de 1999 se le otorgo a la empresa AVIANDINA S.A.C. Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del 7 de agosto de 1999; Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion, AVIANDINA S.A.C. solicita incrementar las rutas y frecuencias que fueran autorizadas por su respectivo Permiso de Operacion; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 02392001-MTC/15.16.02 y Nº 0290-2002-MTC/15.16.02, emitidos por la Oficina de Asesoria Legal; Memoranda Nº 3832001-MTC/15.16.06 y Nº 1256-2002-MTC/15.16.06, emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea; Memoranda Nº 278-2001-MTC/15.16.05.2 y Nº 1330-2002-MTC/ 15.16.05.2, emitidos por la Subdireccion de Aeronavegabilidad; Memoranda Nº 737-2002-MTC/15.16.05.3 y Nº 13512002-MTC/15.16.05.3, emitidos por la Subdireccion de Operaciones; Constancias de Inscripcion, emitidas por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva;

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 211-2002-MTC/15.16
MORDAZA, 5 de setiembre del 2002 Vista la solicitud de AVIANDINA S.A.C., sobre Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de

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