NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (26/09/2002)
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Pág. 230497 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de setiembre de 2002 nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in- forme detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17184 Modifican resoluciones que otorgaron a Aviandina S.A.C. permisos de opera- ción para prestar servicios de transpor- te aéreo regular y no regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 209-2002-MTC/15.16 Lima, 29 de agosto del 2002 Vista la solicitud de AVIANDINA S.A.C., sobre Modifi- cación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 138-99-MTC/ 15.16 del 4 de agosto de 1999 se le otorgó a la empresa AVIANDINA S.A.C. Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de Pasaje- ros, Carga y Correo, por el plazo de cinco (5) años, conta- dos a partir del 7 de agosto de 1999; Que, en el presente trámite de Modificación de Permi- so de Operación, AVIANDINA S.A.C. solicita incrementar las rutas y frecuencias que fueran autorizadas por su res- pectivo Permiso de Operación; Que, según los términos de la Memoranda Nº 0239- 2001-MTC/15.16.02 y Nº 0290-2002-MTC/15.16.02, emiti- dos por la Oficina de Asesoría Legal; Memoranda Nº 383- 2001-MTC/15.16.06 y Nº 1256-2002-MTC/15.16.06, emiti- dos por la Dirección de Seguridad Aérea; Memoranda Nº 278-2001-MTC/15.16.05.2 y Nº 1330-2002-MTC/ 15.16.05.2, emitidos por la Subdirección de Aeronavegabi- lidad; Memoranda Nº 737-2002-MTC/15.16.05.3 y Nº 1351- 2002-MTC/15.16.05.3, emitidos por la Subdirección de Operaciones; Constancias de Inscripción, emitidas por la Oficina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura- das y la presentación de documentos por parte del intere- sado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y sim- plificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autori- zación de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resol- viendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva;Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposi- ciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Artícu- lo 2º de la Resolución Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999, que otorgó a la empresa AVIANDINA S.A.C. Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, incorporando las siguientes rutas y frecuencias, adicionales a las ya autorizadas: RUTAS Y FRECUENCIAS: - Lima y/o Pucallpa y/o Tarapoto y/o Iquitos y v.v., con siete (7) frecuencias semanales. - Lima y/o Arequipa y/o Cusco y/o Juliaca, con siete (7) frecuencias semanales. - Lima y/o Piura y/o Tumbes y vv., con siete (7) fre- cuencias semanales. - Lima y/o Cusco y/o Puerto Maldonado y vv., con siete (7) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Modificar el contenido de la Resolución Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto del 1999, en los siguientes artículos: "Artículo 8º.- AVIANDINA S.A.C. está obligada a pre- sentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los da- tos estadísticos e informes que correspondan a su activi- dad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 10º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 14º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261, su Reglamento; las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte la Dirección General de Aeronáutica Civil." Artículo 3º.- Incorporar al contenido de la Resolución Directoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999, el siguiente artículo: "Artículo 15º.- AVIANDINA S.A.C. requiere para reali- zar sus actividades aéreas el correspondiente Certificado de Explotador, así como las Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Re- glamentación y de acuerdo a los procedimientos que esta- blece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 16º.- AVIANDINA S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autorización de sus propietarios." Artículo 4º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolución Direc- toral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999 haga mención a la Dirección General de Transporte Aéreo, en- tiéndase que se refiere a la Dirección General de Aeronáu- tica Civil. Artículo 5º.- Los demás términos de la Resolución Di- rectoral Nº 138-99-MTC/15.16 del 4 de agosto de 1999, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN KUAN-VENG Director General de Aeronáutica Civil 16597 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 211-2002-MTC/15.16 Lima, 5 de setiembre del 2002 Vista la solicitud de AVIANDINA S.A.C., sobre Modifi- cación de Permiso de Operación para prestar Servicio de