Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2002 (26/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 26 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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nica de los Organos no policiales del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/ DM de 29 de MORDAZA de 1992 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0923-95-IN010702000000 de 31 de MORDAZA de 1995 se modifico los articulos del 82º al 88º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 1314-A-02-IN de 26 de MORDAZA de 2002 se declaro la Oficina de Comunicacion Social del Ministerio del Interior en MORDAZA de reestructuracion organizativa institucional; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 1478-A-02-IN de 30 de MORDAZA de 2002, se aprobo la nueva estructura organica de la Oficina de Comunicacion Social; Que, es necesario establecer las funciones de las oficinas que conforman la Oficina de Comunicacion Social modificando el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR con efectividad al 1 de agosto de 2002 los articulos 82º, 83º, 84º, 85º, 86º, 87º y 88º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado con Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM de 29 de MORDAZA de 1992 modificados por Resolucion Ministerial Nº 0923-95-IN-010702000000 de 31 de MORDAZA de 1995, los mismos que quedan redactados en los terminos siguientes: OFICINA DE COMUNICACION SOCIAL. Articulo 82º.- La Oficina de Comunicacion Social MORDAZA, conduce, promueve, ejecuta en el ambito de su competencia y supervisa las acciones de informacion, comunicacion e imagen institucional del Ministerio del Interior. Asimismo, conduce, MORDAZA, promueve y evalua las actividades del Sistema Sectorial de Informacion y Comunicacion. Articulo 83º.- La Oficina de Comunicacion Social tiene las funciones siguientes: a. Promover y consolidar una cultura de dialogo con la sociedad a fin de institucionalizar la participacion ciudadana en el quehacer del Ministerio del Interior. b. Proponer a la Alta Direccion los lineamientos de politica de informacion, comunicacion e imagen institucional del Ministerio del Interior. c. Conducir, normar, promover y evaluar las actividades del Sistema de Informacion y Comunicacion. d. Normar, promover, conducir, ejecutar en el ambito de su competencia y supervisar las acciones de informacion, comunicacion e imagen institucional. e. Obtener y procesar informacion relacionada con el ambito del Ministerio del Interior que requiera la Alta Direccion. Articulo 84º.- La Oficina de Comunicacion Social tiene la estructura organica siguiente: a. Organos de Direccion (1) Oficina General (2) Oficina General Adjunta b. Organos de Ejecucion (1) Oficina de Prensa (a) Unidad de Produccion Periodistica (2) Oficina de Comunicaciones (a) Unidad de Imagen institucional y Centro de Comunicaciones. Articulo 85º.- La Oficina General dirige, coordina, supervisa y evalua las actividades de informacion, comunicacion e imagen institucional del Ministerio del Interior y las del Sistema de Informacion y Comunicacion. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director General Articulo 86º.- La Oficina General Adjunta apoya a la Oficina General en el cumplimiento de sus funciones y de conformidad a sus directivas conduce y coordina las actividades de los organos de ejecucion; es responsable de las acciones administrativas internas.

Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director Adjunto Articulo 87º.- La Oficina de Prensa MORDAZA, ejecuta en el ambito de su competencia, promueve y evalua las actividades de informacion y produccion periodistica del Ministerio del Interior. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director. Articulo 88º.- La Oficina de Comunicaciones MORDAZA, ejecuta en el ambito de su competencia, promueve y supervisa las acciones de imagen institucional del Ministerio del Interior; opera el centro de comunicacion de la Alta Direccion, asegurando la transmision de la informacion con rapidez, oportunidad, eficiencia y MORDAZA seguridad. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina Sectorial de Planificacion, la modificacion en lo pertinente del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 0512-B-92-IN/DM y sus modificatorias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 17147

MIMDES
Autorizan a procurador iniciar acciones contra supervisores, inspectores de obra y representante legal de empresa por presunta responsabilidad penal y civil en la construccion de la Carretera MORDAZA - Shepia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 532-2002-MIMDES
MORDAZA, 24 de setiembre de 2002 Vistos el Oficio Nº 492-2002-FONCODES/DE de fecha 16 de agosto de 2002, del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Especial Nº 004-2002-2-4382, "Sobrevaluacion de S/. 52,309.45 en la valorizacion de la Obra Construccion de la Carretera MORDAZA - Shepia", emitido por la Gerencia de Auditoria Interna del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, se ha determinado presunta responsabilidad penal por parte de los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisores Zonales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Basauri y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de Obra, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor Externo de Proyectos, asi como responsabilidad civil por parte del representante legal de la Empresa Contratista Naturaleza y Desarrollo S.R.Ltda., por el pago indebido de S/. 52,309.45 (CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NUEVE Y 45/100 NUEVOS SOLES), por concepto de una mayor cuantificacion de los metrados de avance de obra con lo realmente ejecutado sin la verificacion respectiva y sin los procedimientos tecnicos del caso; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los Asuntos Judi-

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