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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (27/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 69

Pág. 230587 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de setiembre de 2002 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la implementación de un Área de Planeamiento y Desarrollo en la Cor- te Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN Nº 318-2002-P-CSJL-PJ Lima, 19 de setiembre de 2002 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, lograr el mejoramiento del servicio de la administración de justicia en sus distintos niveles, tanto en el área jurisdiccional como administrativa; Que, a fin de que la Presidencia de este Distrito Judi- cial alcance los objetivos señalados en el considerando anterior, es necesario que cuente con asesoría técnica para diseñar métodos de planeamiento, proyectos, organización, sistematización, relevamiento y análisis estadísticos, que permitan en conjunto, coadyuvar a una eficiente gestión jurisdiccional y administrativa; Que, teniendo en cuenta los considerandos prece- dentes, y estando a la dotación de recursos humanos exis- tente en la administración de esta Corte Superior, se ha previsto la implementación de una Oficina de Planeamiento y Desarrollo, la cual resulta de gran importancia para la gestión de esta Presidencia y el desarrollo eficaz de la ad- ministración de justicia en este Distrito Judicial; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su car- go, y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administración de justicia en su jurisdicción; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de publi- cada la presente Resolución, se implemente un Área de Planeamiento y Desarrollo que dependa directamente de la Presidencia, con los recursos ya previstos en el área administrativa de esta Corte Superior. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Re- pública, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Administra- ción Distrital, Oficina de Desarrollo de la Presidencia, Ad- ministración del Nuevo Despacho Judicial y Servicios Ju- diciales, y Fiscalía de la Nación. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 17209 Disponen que la Administración del Nuevo Despacho Judicial y Servicios Judiciales dé cuenta directamente de sus labores a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 319-2002-P-CSJL-PJ Lima, 25 de setiembre del 2002 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, lograr el mejoramiento del servicio dela administración de Justicia en sus distintos niveles, tanto en el área jurisdiccional como administrativa; Que, mediante Resolución Nº 066-2001-P-CSJL/PJ, de fecha 19 de febrero del 2001, se disputó en su Artículo Segundo, que el Administrador del Nuevo Despacho Judi- cial y Servicios Judiciales, deberá informar periódicamente sobre los resultados de su gestión, a la Presidencia de la Corte de Justicia de Lima; Que, teniendo en cuenta el considerando anterior y sien- do necesario que el Nuevo Despacho Judicial y Servicios Judiciales atienda en forma inmediata los requerimientos de los distintos órganos jurisdiccionales y administrativos de este Distrito Judicial con la finalidad de optimizar el ser- vicio de la administración de justicia, es necesario que di- cha Administración dé cuenta en forma directa de las labo- res propias de sus funciones a este Despacho; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su car- go, y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administración de justicia en su jurisdicción; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de publi- cada la presente Resolución, la Administración del Nuevo Despacho Judicial y Servicios Judiciales dé cuenta direc- tamente de las labores propias de sus funciones a la Pre- sidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judi- cial y de la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Administración Distrital, Oficina de Desarrollo de la Presidencia, Administración del Nuevo Despacho Judi- cial y Servicios Judiciales y Fiscalía de la Nación. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívase. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 17212 ORGANISMOS AUTÓNOMOS J N E Inscriben a la encuestadora Consulto- res Tercer Milenio - COTEM E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 425-2002-JNE Lima, 10 de setiembre de 2002 VISTA: La solicitud de inscripción de la encuestadora denomi- nada CONSULTORES TERCER MILENIO - COTEM E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras del Ju- rado Nacional de Elecciones, presentada por el señor Ed- gar Tito Nina Anchapuri; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electorales elabo- radas por las personas o instituciones que estén debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformi- dad con lo establecido en el artículo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cual- quier naturaleza relacionadas con la intención del voto de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisi- tos que se exige para la inscripción en el Registro Electo- ral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al