Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2003 (02/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

nal - PROVIAS NACIONAL, manifiesta que existen indicios de responsabilidad penal por el accionar ilicito de algunos funcionarios y servidores en agravio del PROVIAS NACIONAL; Que, en el Informe Especial mencionado se senala que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad Zonal XV MORDAZA - Tacna, presento un titulo profesional de Administrador de Empresas otorgado por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, asi como una declaracion jurada por la cual manifestaba ostentar la indicada profesion; Que, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA ha manifestado que el titulo mencionado no se encuentra registrado en la base de datos de su Oficina de Registros de MORDAZA y Titulos, y que el registro Nº 0921 que aparece en el titulo presentado corresponde a otra persona cuyo titulo fue otorgado el 16 de noviembre de 1970, y que por lo tanto el Titulo de Licenciado a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es falso, no habiendose expedido titulo alguno de Administrador de Empresas a nombre de dicha persona; Que, asimismo, del Informe Especial se desprende que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad Zonal MORDAZA - Tacna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinador Tecnico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador-Contador, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alatrista, ex Supervisor de Obra, y Janett MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Asistente Administrativo, han presentado rendiciones de cuentas por comisiones de servicio sustentandolas con boletas de venta y facturas que presentan indicios de falsificacion en beneficio personal, evidenciando dichos hechos la comision de ilicitos penales; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que inicie las acciones legales que correspondan contra las citadas personas y los que resulten responsables, remitiendose para el efecto los antecedentes pertinentes; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alatrista y Janett MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06371

Comunicaciones, Vivienda y Construccion del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR - La Libertad; actualmente Gobierno Regional La MORDAZA acorde con la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mengole ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que debe dictarse el acto de administracion pertinente; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 27594 establece que mediante Resolucion Ministerial se acepta la renuncia de los actuales funcionarios de confianza a que refiere dicha MORDAZA legal; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594 y 27867 y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mengole al cargo designado mediante Resolucion Suprema Nº 082-2001-MTC; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06365

Sancionan con suspension e inhabilitacion a diversos conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1194-2003-MTC/15
MORDAZA, 19 de marzo de 2003 VISTOS, el expediente de registro Nº 0244606, sobre infraccion al Reglamento Nacional de MORDAZA, los Informes Nºs. 121, 319, 246, 134, 384, 383 y 443-2003-MTC/ 15.03.3.AA. elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y los memorandos Nºs. 251, 358, 411, 412, 559, 560 y 7172003-MTC/15.03. de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, la Division de Multas del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ha remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, las licencias de conducir retenidas a sus titulares por haber infringido el Reglamento Nacional de MORDAZA, por conducir vehiculos con licencias de conducir cuya categoria no corresponde al vehiculo que conducen, siendo estas las siguientes:
Nº 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ILIZARBE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Fredy SANTIBANEZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LICENCIA Q-443944/AI Q-387132/AI Q-411137/AI Q-389496/AI Q-424088/AI Q-082765/AI F-516124/2B1 FECHA 28.01.2003 03.02.2003 31.01.2003 03.02.2003 06.02.2003 03.02.2003 08.02.2003

Aceptan renuncia de funcionario de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del CTAR La MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 260-2003-MTC/01
MORDAZA, 31 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 082-2001-MTC, de fecha 23 de MORDAZA de 2001, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mengole en el cargo de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3 de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional de Transportes,

Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal F-2 del Articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003-MTC, al conducir vehiculos con licencia de conducir cuya clase o categoria no corresponde al vehiculo que conducen; por lo tanto son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal F-2 del articulo 314º del Reglamento acotado; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo VII, Capitulo III, Seccion II del Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que han infringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en los memorandos Nºs. 251, 358,

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