Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2003 (02/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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deficiencias constructivas detectadas en la obra, el cual fue cursado por conducto notarial, la cual no pudo diligenciarse por haberse mudado de la direccion consignada en el Contrato, procediendosele a notificar via Edicto con fecha 7 de junio de 2002 a fin de que efectue la reparacion correspondiente; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 7622002-INFES-VIVIENDA, de fecha 24 de octubre de 2002, se aprobo el Presupuesto Analitico que se requiere para la reparacion de las deficiencias constructivas del citado Centro Educativo, por cuenta del Contratista, el que asciende a la suma de S/. 31 315,41 (Treinta y Un Mil Trescientos Quince y 41/100 nuevos soles); Que, no habiendo asumido el Contratista su responsabilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimiento en la via judicial, siendo necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a interponer las acciones judiciales que corresponda contra el referido Contratista, en representacion y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud -INFES; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el contratista PROMOTORA DE INMUEBLES Y CONSTRUCTORA SAN MORDAZA S.R.L., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 06329

MORDAZA y posteriormente con fecha 17 de diciembre de 2002 fue ejecutada e inscrita a favor de los demandantes en el Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, vulnerando las garantias del debido MORDAZA y la tutela jurisdiccional; Que, estando dentro del plazo previsto en el articulo 178º del Codigo Procesal Civil, resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica del Sector, a efecto de que inicie las acciones judiciales a fin de proceder a obtener su nulidad; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones judiciales pertinentes, a fin de proceder a proteger y mantener inalterable el derecho de propiedad que tiene este Ministerio sobre el inmueble inscrito en la Ficha Nº 71035 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 06330

Modifican resolucion mediante la cual se constituyo la Oficina Nacional de Coordinacion Sectorial y Promocion Institucional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 078-2003-VIVIENDA
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, cuenta con organos desconcentrados en el ambito nacional, a fin de contribuir al MORDAZA de descentralizacion del MORDAZA, los cuales desarrollan sus funciones y competencias de acuerdo al avance gradual del referido MORDAZA y de acuerdo con las disposiciones que para el efecto emite el Ministerio; Que, por Resolucion Ministerial Nº 170-2002-VIVIENDA, se constituye la Oficina Nacional de Coordinacion Sectorial y Promocion Institucional, como organo de apoyo que tiene a su cargo la coordinacion y supervision del funcionamiento de las Oficinas Sectoriales de VIVIENDA existentes en todo el pais; asi como el desarrollo de las funciones de promocion institucional; Que, en consecuencia es necesario designar al Director General de la Oficina Nacional de Coordinacion Sectorial y Promocion Institucional referida en el considerando anterior, cargo considerado de confianza; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27792 y 27594, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y Resolucion Ministerial Nº 170-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 1702002-VIVIENDA por el siguiente texto: "Articulo 6º.- Organo de Coordinacion Sectorial y Promocion Institucional Constituyase la Oficina Nacional de Coordinacion Sectorial y Promocion Institucional, como organo de apoyo, que tiene a su cargo la coordinacion y supervision del funcionamiento de las Oficinas Sectoriales de VIVIENDA

Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales para proteger derecho de propiedad del ministerio sobre inmueble ubicado en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 076-2003-VIVIENDA
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2003 Visto el Informe Nº 218-2003/VIVIENDA-OGAJ de la Oficina de General de Asesoria Juridica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a tomado conocimiento de la existencia de un MORDAZA Judicial sobre Prescripcion Adquisitiva de Dominio, de un inmueble de cinco hectareas aproximadamente que forma parte de otro de mayor extension cuyo dominio se encuentra inscrito a favor del Ministerio de Vivienda en la Ficha Nº 71035 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, seguido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, iniciado en el Expediente Nº 275-95 del Primer Juzgado de Tierras de MORDAZA y ejecutado en el Expediente Judicial Nº 36043-1997 del MORDAZA Juzgado Civil de Lima; Que, pese a no haber sido notificados como propietario con Derecho Inscrito, siendo el Titular del Dominio del Inmueble objeto de Prescripcion Adquisitiva el Ministerio de Vivienda, se expidio sentencia declarando fundada la de-

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