Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2003 (06/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003 Actividades:

NORMAS LEGALES

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El MORDAZA tendra una duracion de cuatro (4) dias y se realizara a un grupo de 40 funcionarios seleccionados conjuntamente entre el Consultor Principal y las autoridades nacionales contraparte del proyecto de cada pais. La organizacion contratada para elaborar y desarrollar los modulos de capacitacion, realizara las siguientes actividades: Organizar el MORDAZA de capacitacion, en coordinacion con el consultor nacional. 1. Participar en los talleres de identificacion y de concertacion realizados anteriormente, de manera de definir en forma mas exacta las necesidades de capacitacion de los participantes. 2. Disenar y desarrollar un plan de capacitacion con la preparacion de material de capacitacion en formato de modulos, teniendo como temas principales; el fortalecimiento y desarrollo organizacional, destrezas y tecnicas de negociacion, asi como estrategias de promocion de alianzas productivas. 3. Apoyar a los consultores nacionales en la seleccion de los participantes. Ademas, debera preparar y distribuir material impreso y electronico de los documentos sobre alianzas productivas que seran objeto del seminario. 4. Organizar los seminarios de capacitacion, con la colaboracion del consultor nacional. 5. Elaboracion y distribucion de las memorias del MORDAZA y asesoria para la replica de seminarios similares a traves de la fase de expansion del programa. Participantes: Funcionarios publicos del Ministerio de Agricultura y del sector privado relacionados con los sistemas-producto cuyo trabajo este relacionado a organizaciones campesinas a nivel local y nacional. Representantes de las empresas campesinas, organizaciones de productores y cooperativas agricolas participantes en el proyecto. Se estima la participacion de 40 capacitandos en el seminario. Capacitadores: Los capacitadores seran preferencialmente profesores o docentes con experiencia en capacitacion para capacitadores. Los capacitadores deberan ser especialistas en agronegocios y en metodologias de capacitacion a adultos. El plan de capacitacion contara con el apoyo del consultor nacional y del consultor principal. DISPOSICIONES GENERALES 1. El logro de los objetivos establecidos para el proyecto sera de responsabilidad conjunta del Gobierno y de la FAO. 2. Como parte de su contribucion al proyecto, el Gobierno accedera a proporcionar los servicios de personal nacional capacitado en numero suficiente, asi como los edificios, instalaciones de capacitacion, equipo, transporte y demas servicios locales necesarios para la ejecucion del proyecto. 3. El Gobierno otorgara autoridad para la ejecucion del proyecto en el MORDAZA a un organismo oficial, que constituira el nucleo de cooperacion con la FAO en su ejecucion, y asumira la responsabilidad del Gobierno a este respecto. 4. El equipo, los materiales y los suministros adquiridos para el proyecto con cargo a los fondos del Programa de Cooperacion Tecnica pasaran a ser propiedad del Gobierno inmediatamente despues de su llegada al MORDAZA, a menos que en el acuerdo se especifique de otra manera. El Gobierno garantizara que dicho equipo, materiales y suministros esten en todo momento a disposicion del proyecto y que se adopten las medidas necesarias para custodiarlos, mantenerlos y asegurarlos. Los vehiculos y las computadoras personales seguiran siendo propiedad de la FAO, a menos que se especifique se otra manera en el acuerdo. 5. Con sujecion a las disposiciones de seguridad vigentes, el Gobierno proporcionara a la FAO y a su personal del proyecto los informes, cintas grabadas, registros y cualesquiera otros datos pertinentes que puedan ser necesarios para la ejecucion del proyecto. 6. La seleccion del personal de la FAO participante en el proyecto o de otras personas que presten servicios por cuenta de la FAO en relacion con el mismo, asi

como la de los participantes en los cursos de capacitacion, estara a cargo de la FAO, previa consulta con el Gobierno. Para conseguir una ejecucion rapida del proyecto, el Gobierno se comprometera a acelerar al MORDAZA los tramites de aceptacion del personal de la FAO y de otras personas que presten servicios en representacion de la FAO y, en la medida de lo posible, dispensara del requisito de aceptacion al personal de la FAO contratado por un plazo corto. 7. El Gobierno aplicara a la FAO, a sus propiedades, fondos y bienes y a su personal las disposiciones de la Convencion sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados. Salvo que el Gobierno y la FAO convengan otra cosa en el acuerdo del proyecto, el Gobierno concedera, a efectos de la ejecucion del proyecto, las mismas prerrogativas e inmunidades estipuladas en la Convencion a todas las demas personas que presten servicios por cuenta de la FAO en relacion con la ejecucion del proyecto. 8. Con vistas a una ejecucion rapida y eficaz del proyecto, el Gobierno otorgara a la FAO, a su personal y a todas las demas personas que presten servicios por cuenta de la FAO las facilidades necesarias, en particular: i) la expedicion rapida y gratuita de cualquier visado o permiso necesario; ii) todos los permisos necesarios para la importacion y, cuando proceda, la exportacion posterior, del equipo, materiales y suministros necesarios para el proyecto y la exencion del pago de todos los derechos de aduana y otros gravamenes o impuestos relacionados con dicha importacion o exportacion; iii) la exencion del pago de cualquier impuesto sobre la venta u otros gravamenes sobre la compra local de equipo, materiales y suministros que se utilicen en el proyecto; iv) el pago de los gastos de transporte en el MORDAZA, con inclusion de la manipulacion, el almacenamiento, los seguros y todos los demas costos correspondientes con respecto al equipo, materiales y suministros que se utilicen en el proyecto; v) el MORDAZA de cambio oficial mas favorable; vi) asistencia al personal de la FAO, en la medida de lo posible, para obtener alojamiento adecuado; vii) todos los permisos necesarios para la importacion de bienes propiedad de funcionarios de la FAO o destinados a su uso personal, o de cualquier otra persona que preste servicios por cuenta de la FAO, asi como para la exportacion posterior de esos bienes; viii) el despacho rapido de aduanas del equipo, materiales, suministros y propiedades mencionados en los apartados ii) y vii) supra. 9. El Gobierno se ocupara de las reclamaciones de terceros contra la FAO o su personal o contra cualquier persona que preste servicios por cuenta de la FAO, y los declarara inmunes con respecto a cualesquiera reclamaciones o responsabilidades derivadas del proyecto, a menos que el Gobierno y la FAO convengan en que la reclamacion o la responsabilidad se MORDAZA en una negligencia grave o una conducta impropia por parte de las personas mencionadas. 10. Entre las personas que presten servicios por cuenta de la FAO mencionadas en los parrafos 6-9 se incluira toda organizacion, empresa o entidad de otro MORDAZA que la FAO pueda designar como participante en la ejecucion del proyecto. 06484

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes al exterior de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil, para inspeccion tecnica y capacitacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2003-MTC/02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003

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