Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2003 (06/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0030706, 0078606, 0148206, 0078706, 0140706, 0031706, 0063406, 0137206, 0008006, 0030406, 0054306, 0047406, 0077206, 0142606, 0778606, 0065306, 0111606, 0057906, 0078306, 0048206 y 0022606, sobre infraccion al Reglamento Nacional de MORDAZA, los informes Nºs. 432 y 433-2003-MTC/15.03.3.AA., elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y los memorandos Nºs. 546 y 547-2003-MTC/15.03 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial; CONSIDERANDO:

expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Sin perjuicio de la publicacion de la resolucion la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial se encargara de notificar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion de acuerdo a las modalidades establecidas en el articulo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444. Articulo Tercero.- Encargar la ejecucion y control de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, diversas Comisarias de la Policia Nacional del Peru, han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a choferes de vehiculos conduciendo con licencia de conducir vencida cuya relacion es la siguiente:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 APELLIDOS Y NOMBRES AUQUE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CORTINA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Wilber MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Carloman REVOREDO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA THORNE DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA POSTILLON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIMBRON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAMBINI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LICENCIA G-267851/2E G-190921/2D Q-016861/AIII Q-079206/AII Q-177336//AII Q-073265/AII G-079148/2E G-419026/2B1 G-279144/2B1 Q-018617/AIII Q-186685/AII G-429534/2B1 LC-111518/2B1 F-012919/2B2 L-521640/2C F-039089/2B2 X-029455/2B2 N-010694/2C X-012420/2B2 X-032027/2B2 E-010173/2B2 X-008162/2B2 FECHA 24.12.02 11.01.03 12.01.03 05.01.03 10.12.02 04.01.03 11.10.02 15.09.02 17.12.02 21.12.02 08.01.03 28.11.02 12.01.03 10.01.03 14.01.03 12.07.02 06.01.03 17.01.03 08.01.03 13.01.03 15.12.02 16.12.02

MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 06682

PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Dejan sin efecto la convocatoria de inscripcion al denominado Curso Voluntario de Preparacion de Postulantes a la Magistratura
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION Nº 045-2003-AMAG-CD/P MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2003 LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA CONSIDERANDO: Que, el Consejo Directivo elegido para el periodo 2003 - 2004 ha quedado instalado por sesion realizada con fecha 26 de febrero del 2003; Que, a tenor de lo dispuesto por el articulo 5º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335, concordado con el articulo 10º del Estatuto, aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAG/CD, el Consejo Directivo es el mas alto organo de la Academia de la Magistratura, correspondiendole aprobar el plan anual de actividades; Que, mediante acuerdo tomado en sesion de Consejo Directivo se aprobo el presupuesto y el plan de actividades academicas de la Academia de la Magistratura para el ejercicio 2003; Que, por Informe Nº 064-2003-AMAG/DG de fecha 11 de febrero del ano en curso, la Direccion General eleva a la Presidencia del Consejo Directivo una propuesta de reformulacion de actividades y presupuesto anual del Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados; Que, mediante Informe Nº 113-2003-AMAG/DG, de fecha 17 de marzo de 2003, el Director General eleva a la Presidencia del Consejo Directivo la propuesta de diseno de Curso Voluntario de Preparacion de Postulantes a la Magistratura, el cual no ha sido aprobado; Que, el Director General eleva a la Presidencia un MORDAZA Informe, Nº 114-2003-AMAG/DG de fecha 18 de marzo de 2003, referido al Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, incluyendose indebidamente el denominado Curso Voluntario de Preparacion de Postulantes a la Magistratura; Que, con fecha 4 de MORDAZA de 2003 se publico, a nombre de la Academia de la Magistratura, en el Diario Oficial El Peruano, una convocatoria para que los interesados se inscriban al denominado Curso Voluntario de Preparacion de Postulantes a la Magistratura; Por lo que, de conformidad con el mandato legal y en cumplimiento a las facultades y atribuciones que le corresponden a esta Presidencia;

Que, los conductores indicados en el considerando anterior, han infringido lo dispuesto en el literal F-3 del articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehiculos con licencia de conducir vencida; por lo tanto, aquellos conductores son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal F-3 del articulo 314º del Reglamento acotado; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo VII, Capitulo III, Seccion II del Reglamento Nacional de MORDAZA, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que hayan infringido el mismo; Estando a lo opinado por la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en los memorandos Nºs 546 y 547-2003-MTC/15.03. y de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en el informe Nº 900-2003-MTC/15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, la Ley N° 27444 y la Ley Nº 27791 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion con INHABILITACION por el termino de un (1) ano para obtener licencia de conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, en los casos que corresponda, por las razones

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