Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2003 (06/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003

Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 452-2003-MTC/12.04 senalando que el inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barbosa Salaverry, realizara una inspeccion tecnica en la ruta MORDAZA - Punta Cana Miami - MORDAZA en la aeronave Boeing 767-300 de la empresa LAN PERU S.A., como parte del MORDAZA de certificacion de su operacion dry lease, durante los dias 5 al 7 de MORDAZA de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 452-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barbosa Salaverry, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Punta Cana, Republica Dominicana y Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 5 al 7 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06761 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 269-2003-MTC/02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003

Que, la Escuela Tecnica de Aviacion Civil, Centro Regional de Instruccion AVSEC, ha organizado un Curso de Capacitacion denominado: Curso de Seguridad para Carga y Correo Aereo, el cual se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, durante los dias 7 al 11 de MORDAZA de 2003; Que, en el mencionado Curso se trataran entre otros temas, los relacionados a la carga en situacion de seguridad, procedimientos de seguridad aerea, gerenciamiento de seguridad de carga, metodos de proyeccion de carga, seguridad de envios de correo; asimismo se desarrollara un entrenamiento practico para operadores de Rayos X; teniendo como objetivo que los participantes aprecien el origen y proposito de las medidas y procedimientos necesarios para la proteccion de la carga, paquetes de correo, correspondencia y suministros de los operadores, aplicar controles apropiados de seguridad para remesas de carga, asegurar que todas las facilidades de carga, vehiculos y contenedores esten sujetos a controles de seguridad y aplicar acciones apropiadas de respuesta en una aerolinea para seguridad relativa a carga sospechosa; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil como Autoridad Aeronautica Civil de acuerdo con la Ley Nº 27261, segun los terminos de su Memorandum Nº 0224-2003-MTC/12, ha considerado necesario que asista al mencionado Curso de Capacitacion, los senores MORDAZA Matthews Nagatome y MORDAZA Brissolese MORDAZA, inspectores de la mencionada Direccion General, a fin de que cuenten con la capacitacion que permita el cumplimiento del Anexo 17 de la OACI y del Programa Nacional de Seguridad de la Aviacion; Que, la participacion de los mencionados inspectores sera financiada dentro del MORDAZA del Acuerdo de Gestion de Servicios Nº PER/01/801 suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional -OACI-, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, conforme a la autorizacion senalada en la BECA/ MISION INT. Nº 009-03-2003, suscrita por el Coordinador Nacional de Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Matthews Nagatome y MORDAZA Brissolese MORDAZA, inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, durante los dias 6 al 11 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado precedentemente seran financiados con cargo al Acuerdo de Gestion de Servicios Nº PER/01/801, comprendiendo pasajes y viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores senalados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06762

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