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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (06/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 242266 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resolucio-nes en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debida- mente identificados a que refiere la Ley son competen-tes, según su especialidad, para verificar las capacida- des exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 452-2003-MTC/12.04 señalando que elinspector Jaime Juan Pedro Barbosa Salaverry, realiza- rá una inspección técnica en la ruta Lima - Punta Cana - Miami - Lima en la aeronave Boeing 767-300 de la em-presa LAN PERÚ S.A., como parte del proceso de cer- tificación de su operación dry lease, durante los días 5 al 7 de abril de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asig-na la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspec- ción Nº 452-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jaime Juan Pedro Barbosa Salaverry, Inspector de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Punta Cana, Repú-blica Dominicana y Miami, Estados Unidos de América, durante los días 5 al 7 de abril de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 06761 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2003-MTC/02 Lima, 3 de abril de 2003CONSIDERANDO: Que, la Escuela Técnica de Aviación Civil, Centro Regional de Instrucción AVSEC, ha organizado un Cur- so de Capacitación denominado: Curso de Seguridadpara Carga y Correo Aéreo, el cual se realizará en la ciudad de Quito, República de Ecuador, durante los días 7 al 11 de abril de 2003; Que, en el mencionado Curso se tratarán entre otros temas, los relacionados a la carga en situación de seguridad, procedimientos de seguridad aérea,gerenciamiento de seguridad de carga, métodos de proyección de carga, seguridad de envíos de co- rreo; asimismo se desarrollará un entrenamiento prác-tico para operadores de Rayos X; teniendo como objetivo que los participantes aprecien el origen y propósito de las medidas y procedimientos necesa-rios para la protección de la carga, paquetes de co- rreo, correspondencia y suministros de los operado- res, aplicar controles apropiados de seguridad pararemesas de carga, asegurar que todas las facilida- des de carga, vehículos y contenedores estén suje- tos a controles de seguridad y aplicar acciones apro-piadas de respuesta en una aerolínea para seguri- dad relativa a carga sospechosa; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil como Autoridad Aeronáutica Civil de acuerdo con la Ley Nº 27261, según los términos de su Memorán- dum Nº 0224-2003-MTC/12, ha considerado nece-sario que asista al mencionado Curso de Capacita- ción, los señores Andrew Matthews Nagatome y Ren- zo Brissolese Estela, inspectores de la mencionadaDirección General, a fin de que cuenten con la capa- citación que permita el cumplimiento del Anexo 17 de la OACI y del Programa Nacional de Seguridad de laAviación; Que, la participación de los mencionados inspecto- res será financiada dentro del marco del Acuerdo deGestión de Servicios Nº PER/01/801 suscrito por el Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones y la Organi- zación de Aviación Civil Internacional -OACI-, organis-mo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 27261, conforme a la autorización señalada en la BECA/MISIÓN INT. Nº 009-03-2003, suscrita por el Coordina- dor Nacional de Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores An- drew Matthews Nagatome y Renzo Brissolese Estela, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Ci- vil, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, durantelos días 6 al 11 de abril de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado precedentemente serán financiados con cargo al Acuer- do de Gestión de Servicios Nº PER/01/801, com-prendiendo pasajes y viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losinspectores señalados en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de im- puestos o derechos aduaneros de ninguna clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 06762