Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2003 (09/04/2003)


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RESOLUCION JEFATURAL Nº 133-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2003

VISTOS: el Informe Nº 111-2003/GAD-RENIEC del 28 de marzo de 2003 cursado por la Gerencia de Administracion, Informe Nº 379-2003-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 028-2003-JEF/ RENIEC de fecha 31 de enero de 2003 se declaro en situacion de urgencia el servicio de mensajeria a nivel nacional precisando que el plazo de dicha urgencia seria hasta que la buena pro del Concurso Publico Nº 0082002-RENIEC MORDAZA quedado consentida; Que, con fecha 25 de marzo de 2003, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ha cursado a esta entidad el Oficio Nº E-091-2003(GTN/MNO) , mediante el cual informa que la resolucion mencionada en el considerando anterior ha omitido lo dispuesto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de MORDAZA de 2001 en cuanto a precisar entre otros extremos, el valor referencial, la fuente de financiamiento del objeto de la exoneracion, asi como el tiempo por el cual se requiere contratar mediante exoneracion, otorgando en consecuencia el plazo de 5 dias habiles a fin de adoptar las medidas que correspondan; Que, en ese sentido es necesario integrar la Resolucion Jefatural Nº 028-2003-JEF/RENIEC, precisando que el servicio de mensajeria nacional declarado en situacion de urgencia tiene un valor referencial de S/. 169,000.00 (ciento sesenta y nueve mil y 00/100 nuevos soles), los mismos que cuentan con disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados, conforme al Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al ano fiscal 2003, siendo asimismo el tiempo por el cual se requeria contratar mediante exoneracion de tres meses, tal y como lo ha senalado la Gerencia de Administracion en su Informe Nº 111-2003/GAD/RENIEC de fecha 28 de marzo de 2003; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil e inciso h) del articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JE/RENIEC, numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Integrar la Resolucion Jefatural Nº 028-2003-JEF/RENIEC en el sentido de precisar el valor referencial, fuente de financiamiento y tiempo por el que se requiere contratar el servicio de mensajeria a nivel nacional declarado en urgencia, siendo dichos datos los siguientes: a) Valor referencial: S/. 169,000.00 (ciento sesenta y nueve mil y 00/100 nuevos soles). b) Fuente de financiamiento: Recursos directamente recaudados. c) Tiempo por el cual se requiere contratar mediante exoneracion: 3 meses o hasta que la buena pro del Concurso Publico Nº 0008-2002-RENIEC MORDAZA quedado consentida, lo que ocurra primero. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Administracion y Division de Logistica, el cumplimiento estricto de la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06851

Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presunta responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 134-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003 Visto, el Informe Nº 083-2003-AHC/DP/GP y el Informe Nº 338-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de marzo del 2003; CONSIDERANDO: Que, dado el MORDAZA de verificacion y control de calidad, efectuado por el Area de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, asi como el MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, se ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA Albarran MORDAZA, se presento solicitando el canje de la Libreta Electoral Manual, pero con el nombre de la ciudadana Dinia Maritza MORDAZA MORDAZA, siendo que para este efecto hizo uso de la fotografia, firma e impresiones digitales suyos, pero a nombre de la otra persona, consecuentemente se trataba de un caso de usurpacion de identidad; Que, si bien estos actos han sido motivo de un pronunciamiento administrativo, como la exclusion de los archivos, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad Generica, previsto y sancionado en el Art. 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA ALBARRAN CORNEJO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA ALBARRAN MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06853

Aprueban solicitud de reinscripcion de libros registrales originales en el distrito de San MORDAZA de MORDAZA, provincia de Huarochiri
RESOLUCION JEFATURAL Nº 135-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003

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