Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2003 (16/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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del presente ano, lo cual representaria un valor referencial de S/. 46,389.00 (Cuarentiseis Mil Trescientos Ochentinueve y 00/100 Nuevos Soles), siendo la fuente de financiamiento, los recursos de donaciones y transferencias; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo por votacion UNANIME y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en situacion de URGENCIA, el Suministro de los Recursos del Programa del Vaso de Leche hasta por el periodo de noventa (90) dias, por los meses de agosto, setiembre y octubre del 2003 y exonerar de Adjudicacion Directa Selectiva para la Adquisicion del Suministro de los Recursos del Programa del Vaso de Leche del distrito de Pueblo Libre, segun los considerandos expuestos, por el mismo periodo, siendo el valor referencial de S/. 46,389.00 (Cuarentiseis Mil Trescientos Ochentinueve y 00/100 Nuevos Soles), siendo la fuente de financiamiento, los recursos de Donaciones y Transferencias. Articulo Segundo.- Autorizar conforme a lo senalado en el Articulo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administracion, efectuar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la adquisicion del Suministro de los Recursos del Programa del Vaso de Leche del distrito de Pueblo Libre, hasta por el periodo y los montos senalados en el articulo precedente; Articulo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administracion, remita MORDAZA del presente Acuerdo y del informe que lo sustenta, a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion del mismo, conforme lo dispone el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer que el Gerente Municipal y el Director de la Oficina de Administracion den cuenta al Concejo, respecto de la tramitacion del Oficio Nº 409-2003MML/PVL-DE. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion, la publicacion del presente y a la Gerencia Municipal dar cuenta al Concejo, al finalizar el periodo de urgencia. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 15406

Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la prorroga de contrato de alquiler de inmueble
ACUERDO DE CONCEJO Nº 62-2003-MPL
Pueblo Libre, 12 de agosto de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 063-2003-MPL/CPL-CPDE, de la Comision Permanente de Desarrollo Economico, con relacion al Oficio Nº 144-2003MPL-GM de la Gerencia Municipal sobre Exoneracion de MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para la prorroga del Contrato de Alquiler que se mantiene entre la Municipalidad de Pueblo Libre y el senor MORDAZA Lechuga MORDAZA, por el inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 878 - Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que los

gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el Informe Nº 536-2003-MPL-OA/UAS de la Unidad de Abastecimiento y Servicios de la Oficina de Administracion, pone de conocimiento que el 31 de MORDAZA del 2003, vencio el contrato suscrito entre la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y el senor MORDAZA Lechuga MORDAZA por el alquiler del inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 878 - Pueblo Libre, local donde actualmente se encuentran instaladas las oficinas de la Gerencia de Desarrollo Humano y la Unidad de Registros Civiles. Es importante senalar, que el citado local se ubica en un lugar estrategico para los intereses de la Municipalidad y que no existira modificacion en el precio del alquiler por el periodo de prorroga desde el 1 de agosto de 2003 al 31 de diciembre de 2006, el mismo que es de $ 618.44 (Seiscientos Dieciocho y 44/ 100 Dolares Americanos) mensuales, lo cual representaria una inversion aproximada de US$ 25,356.04 (VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTISEIS Y 04/100 DOLARES AMERICANOS); Que, la aprobacion de un MORDAZA contrato se rige por lo normado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas modificatorias. Esta normativa en el inciso g) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, indica que este MORDAZA de Adjudicaciones Directas, para este caso Selectivas, pueden exonerarse del MORDAZA de seleccion para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º de la mencionada MORDAZA se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Todas las exoneraciones, se aprobaran segun lo senalado en el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM mediante: Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, de conformidad con lo opinado mediante el Informe Nº 234-2003-MPL/OAL por la Oficina de Asesoria Legal; Que, es necesario aprobar la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion para el arrendamiento por el periodo comprendido entre el 1 de agosto del 2003 al 31 de diciembre del 2006, lo cual representaria una inversion aproximada de US$ 25,356.04 (VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTISEIS Y 04/100 DOLARES AMERICANOS) incluidos todos los impuestos, siendo la fuente de financiamiento, los recursos directamente recaudados. Es importante senalar que no existira modificacion en el precio del alquiler por todo el periodo MORDAZA senalado, conforme senala el Informe Nº 115-2003-MPL-OA de la Oficina de Administracion; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo por votacion UNANIME y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Otorgar la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para la prorroga del Contrato de Alquiler suscrito entre la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y el senor MORDAZA Lechuga MORDAZA, por el inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 878 - Pueblo Libre, segun los considerandos expuestos, para el periodo comprendido entre el 1 de agosto del 2003 al 31 de diciembre del 2006 y por un monto referencial de US$ 25,356.04 (VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTISEIS Y 04/ 100 DOLARES AMERICANOS) incluido todos los impuestos, siendo la fuente de financiamiento, los recursos directamente recaudados. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administracion, iniciar el MORDAZA de Adjudicacion respectiva, para la prorroga del Contrato de Alquiler suscrito entre la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y el senor MORDAZA Lechuga MORDAZA, por el inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 878 - Pueblo Libre. Articulo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administracion, remita MORDAZA del presente Acuerdo y del informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la

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