Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2003 (16/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2003

fecha de aprobacion del mismo, asimismo la publicacion del presente. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administracion el cumplimiento del presente. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 15407

2001-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de Oficio de las Resoluciones de Alcaldia Nº 395-2003 de fecha 19 de MORDAZA del 2003 y Nº 504-2003-MPL de fecha 30 de junio de 2003. Articulo Segundo.- Retrotraer el MORDAZA de Seleccion a la Etapa de Elaboracion de Bases Administrativas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion bajo responsabilidad administrativa. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal en merito a los hechos expuestos disponga las acciones convenientes de verificacion a efecto de establecer administrativamente la responsabilidad a que hubiere lugar. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente a la Oficina de Administracion. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 15359

Declaran la nulidad de oficio de diversas resoluciones de alcaldia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 602-2003-MPL
Pueblo Libre, 15 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO, el Informe Nº 107-2003-MPL/GDU emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbanistico, en el cual se solicita entre otros aspectos la Anulacion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2003-MPLDDU que corresponde a la Obra de Remodelacion en el Separador Central del Jr. Paseo MORDAZA cuadras 1 y 2 y el Informe Nº 260-2003-MPL/OAL emitido por la Oficina de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 395-2003 de fecha 19 de MORDAZA del 2003 se resuelve aprobar el Expediente Tecnico Nº 05-2003 de la Obra Remodelacion en el Separador Central del Jr. Paseo MORDAZA Cuadras 1 y 2, como parte del proyecto pistas y veredas; Que, la Resolucion de Alcaldia Nº 504-2003-MPL de fecha 30 de junio de 2003, aprueba las bases administrativas y autoriza la convocatoria y ejecucion de la Adjudicacion Directa Selectiva de Obra Nº 0001-2003-MPL-DDU para la contratacion de la ejecucion de la citada obra; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbanistico senala mediante Informe Nº 107-2003-MPL-GDU de fecha 11 de agosto del 2003 que por "error involuntario" en el programa de costos que sirve como base para elaborar el respectivo presupuesto, se esta cargando partidas innecesarias, lo que ha dado lugar a que el presupuesto del citado expediente tecnico reflejen valores referenciales equivocados y no acorde con las metas presupuestarias, por lo expuesto la citada gerencia es de opinion se anule el MORDAZA de seleccion; Que, el Art. 4º del D.S. Nº 012-2001-PCM senala con referencia a la especialidad de la MORDAZA que la presente ley y su reglamento prevalecen sobre las normas generales de procedimientos administrativos y sobre aquellas de derecho comun que fueran aplicables; Que, mediante Informe Nº 607-2003-MPL-OA/UAS, emitido por la Unidad de Abastecimiento y Servicios de la Oficina de Administracion senala entre otros aspectos con relacion al MORDAZA de seleccion identificado como Adjudicacion Directa Selectiva de Obra Nº 00012003-MPL-DDU convocado para la ejecucion de la Obra de "Remodelacion en el Separador Central del Jr. Paseo MORDAZA cuadras 1 y 2" que el mismo debera de retrotraerse a la etapa de elaboracion de las bases administrativas; Que, en tal sentido la Oficina de Asesoria Legal ha recomendado que se declare la nulidad del citado proceso. En este mismo orden de ideas el D.S. Nº 013-2001-PCM en su Art. 26º senala con referencia a la Nulidad de Oficio que sera el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda la que podra declarar de Oficio la Nulidad del MORDAZA de Seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en MORDAZA con el Articulo 26º del D.S Nº 013-

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 603-2003-MPL
Pueblo Libre, 15 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO, el Informe Nº 107-2003-MPL/GDU emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbanistico, en el cual se solicita entre otros aspectos la Anulacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia de Obra Nº 0005-2003-MMPL-GDU que corresponde a la Obra de Rehabilitacion de Pavimento de la cuadra 4 y Ovalo del Jr. MORDAZA y el Informe Nº 260-2003-MPL/OAL emitido por la Oficina de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 537-2003 de fecha 9 de MORDAZA del 2003 se resuelve aprobar el Expediente Tecnico Nº 09-2003 de la Obra Rehabilitacion de Pavimento de la Cuadra 4 y Ovalo del Jr. Zaragoza; Que, la Resolucion de Alcaldia Nº 551-2003-MPL de fecha 15 de MORDAZA de 2003, se aprueban las bases administrativas y autoriza la convocatoria y ejecucion de la Adjudicacion de Menor Cuantia de Obra Nº 0005-2003-MPLGDU para la contratacion de la ejecucion de la obra "Rehabilitacion de Pavimento Cuadra 4 y Ovalo del Jr. Zaragoza"; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbanistico senala mediante Informe Nº 107-2003-MPL-GDU que por error involuntario en el programa de costos que sirve como base para elaborar el respectivo presupuesto, se esta cargando partidas innecesarias, lo que ha dado lugar a que el presupuesto del expediente tecnico citado reflejen valores referenciales equivocados y no acorde con las metas presupuestarias, por lo expuesto la citada gerencia es de opinion se anule el MORDAZA de seleccion; Que, el Art. 4º del D.S. Nº 012-2001-PCM senala con referencia a la especialidad de la MORDAZA que la presente ley y su reglamento prevalecen sobre las normas generales de procedimientos administrativos y sobre aquellas de derecho comun que fueran aplicables; Que, mediante Informe Nº 607-2003-MPL-OA/UAS, emitido por la Unidad de Abastecimiento y Servicios de la Oficina de Administracion senala entre otros aspectos con relacion al MORDAZA de seleccion identificado como Adjudicacion de Menor Cuantia de Obra Nº 0005-2003-MPL-GDU convocado para la ejecucion de la Obra de "Rehabilitacion de Pavimento de la Cuadra 4 y Ovalo del Jr. Zaragoza" que el mismo debera de retrotraerse a la etapa de elaboracion de las bases administrativas; Que, en tal sentido la Oficina de Asesoria Legal ha recomendado que se declare la nulidad del citado proceso. En este mismo orden de ideas el D.S. Nº 013-

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