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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (22/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 acuerdo con las necesidades de cada relación de inter- conexión, cotizados y provistos por unidades de precios por E1, a todo costo. El precio de adecuación de red, aprobado en la referi- da resolución, por cada E1, por una sola vez y por todo concepto, por el uso compartido de los elementos de di- cha adecuación, es el siguiente, sin incluir el impuestogeneral a las ventas: a) En el departamento de Lima US$ 13 050,00 b) En otros departamentos US$ 14 990,00 Aquel operador que se acoja a esta modalidad tendrá derecho al uso de los elementos de adecuación de red por todo el período que se encuentre vigente la relación de interconexión que establece el presente Mandato deInterconexión. No obstante el monto establecido en la Resolución de Gerencia General Nº 064-2000-GG/OSIPTEL para la ade-cuación de red en la modalidad de uso compartido, ex- puesto en los párrafos precedentes; en virtud de los prin- cipios de igualdad de acceso y no discriminación, cual-quiera de las partes debe ofrecer los mismos precios por adecuación de red, por volumen de E1’s, que los ofreci- dos a terceros operadores. Sin perjuicio de lo antes señalado, no se limita a las partes la posibilidad de negociar otra alternativasobre costos de adecuación, con condiciones econó- micas más favorables para el operador que asume los costos. El acuerdo entre ambas partes con respecto a la adecuación de red deberá ser presentado a OSIPTEL para su aprobación, dentro de los cinco (5) días hábi-les a partir de la fecha de suscripción del acuerdo. 4.2.2.6 Cargo de facturación y recaudación para el servicio portador de larga distancia bajo el Sistema de Llamada por Llamada Para el caso de las comunicaciones de larga distancia bajo el Sistema de Llamada por Llamada, en el Artículo 6º de las Normas sobre Facturación y Recaudación, apro-badas mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 062- 2001-CD/OSIPTEL, se establece que las partes acorda- rán el cargo correspondiente por la provisión de la factu-ración y recaudación, por parte del concesionario del ser- vicio de telefonía fija local, de las comunicaciones de lar- ga distancia. Asimismo, se establece que en caso de nollegar a un acuerdo, OSIPTEL establecerá el cargo co- rrespondiente, de acuerdo a los procedimientos vigen- tes. Teniendo en cuenta el marco legal vigente, OSIP- TEL, haciendo uso de sus facultades, ha decidido determinar el cargo de Facturación y Recaudaciónaplicable al presente Mandato de Interconexión, so- bre la base de una comparación internacional, el mis- mo que será aplicado a las llamadas de larga distan-cia que realicen los usuarios de AMERICATEL y AT&T, haciendo uso de los servicios de larga distancia que brinda estas empresas en la modalidad de Llamadapor Llamada. Con el fin de determinar el cargo por el concepto de facturación y recaudación aplicable a las comuni-caciones de larga distancia cursadas en la modalidad de llamada por llamada, se revisó la experiencia re- gulatoria al respecto en países de América Latina,Europa y Asia. Dentro de la muestra para la elabora- ción de la comparación internacional se incluyeron los países que cumplieron con los siguientes criterios: a. El mercado de larga distancia del país se encuen- tra abierto a la competencia y se emplea el sistema dellamada por llamada como medio de acceso del usuario final al portador de larga distancia; y b. Los operadores locales (de telefonía fija) ofre- cen el servicio de facturación y recaudación a los ope- radores de larga distancia que prestan su servicio bajo el sistema de llamada por llamada y el regulador haintervenido en el establecimiento de dichos cargos. El criterio (a) es cumplido por veintiséis (26) países, los cuales se muestran en el Cuadro Nº 1. De estos paí- ses, cinco (5) países cumplen además con el criterio (b). En estos cinco países los operadores locales ya ofrecenfacturación y recaudación a los operadores de larga dis- tancia. Cuadro Nº 1 Países liberalizados que aplican Países en los que se han el Sistema de Llamada por establecido cargos de Llamada para llamadas de LD facturación y recaudación para llamadas de LD bajo el sistema de llamada por llamada Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Al emania, Boliv ia, Brasil, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Japón, Colombia y Chile.Noruega, Nueva Zelanda (LDI), Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia, Suiza y Venezuela No obstante, hay que tener en cuenta que los países que deben ser considerados en la muestra deben poseermercados consolidados con un período prudencial de competencia. En este sentido, dado que el mercado de larga distancia en Bolivia se abrió a la competencia ennoviembre del año 2001 y que el esquema de facturación y recaudación se ha implementado en el último semestre del año 2002, no se incluirá al mencionado país en elanálisis de comparación internacional. De otro lado, se debe incluir en la comparación internacional a países en los cuales ya se han establecido los cargos definitivospor los conceptos de facturación y recaudación. Este no es el caso de Brasil, en donde actualmente los operado- res se encuentran en revisión de la metodología paraestablecer los cargos por la cobranza conjunta. Por ello, Brasil tampoco puede ser considerado en el análisis de comparación internacional. Por lo tanto, en el análisis de comparación internacio- nal se incluirá a los siguientes países: Alemania, Colom- bia y Chile 7. Para tales efectos, se considera que cada operador local que opera en dichos países constituye una observación válida para realizar el análisis, pues es una red independiente para la cual se ha calculado, sobre labase de sus propios parámetros, un determinado cargo que hace posible la recuperación de los costos incurri- dos al facturar y cobrar las cuentas de terceros. Así, elanálisis posee catorce (14) observaciones 8. Es importante señalar que, se ha verificado que en Alemania, Colombia y Chile los cargos establecidos cu-bren actividades similares a las correspondientes en el caso peruano; es decir, emisión de recibo, envío o distri- bución del mismo y recaudación. Asimismo, en el casode Colombia y Chile el detalle de llamadas dentro del recibo es similar al caso peruano, es decir, el detalle del consumo bajo la modalidad de llamada por llamada seefectúa en hoja separada. De la revisión internacional de los tipos y valores de cargos de facturación y recau- dación, se ha encontrado que este cargo, en las diferen-tes relaciones comerciales entre empresas, puede ser cobrado: i) Por línea de registro, ii) Por recibo, o iii) Una mezcla de recibo y registro. En el caso de Alemania (Deutsche Telekom), el cargo por la facturación y recaudación de llamadas de largadistancia bajo el Sistema de Llamada por Llamada tiene dos componentes: un cargo por línea de registro y un cargo por recibo. Del mismo modo, en Chile existen doscargos por este concepto: uno por la facturación en el sistema multiportador discado, que es por registro, y otro asociado a la cobranza por la elaboración de la boletaemitida. En Colombia el cargo de facturación y recauda- ción se cobra por recibo. 7En cada uno de estos países los operadores locales ofrecen a los operadores de larga distancia, tanto la facilidad de facturación como la facilidad de recau- dación. 8En el caso de Colombia se han considerado diez (10) operadores locales; en Chile, tres (3) operadores y en Alemania, un operador.