Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2003 (22/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2003

El caracter transitorio del cargo establecido en el presente mandato finalizara una vez que AMERICATEL y AT&T acuerden el cargo por acceso a los telefonos publicos aplicable a cada una de sus empresas, y que dicho acuerdo sea aprobado por OSIPTEL conforme el MORDAZA legal vigente. El cargo por acceso a los telefonos publicos sera pagado por AMERICATEL a AT&T por las comunicaciones de larga distancia de AMERICATEL que MORDAZA originadas en telefonos publicos de AT&T. De igual manera, el referido cargo por acceso a los telefonos publicos sera pagado por AT&T a AMERICATEL por las comunicaciones de larga distancia de AT&T que MORDAZA originadas en telefonos publicos de AMERICATEL. Cabe senalar que el referido cargo de acceso a los telefonos publicos es independiente del cargo por originacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija expuesto en el punto 4.2.2.1. 4.2.2.4 Cargo por enlaces de interconexion Considerando lo negociado por las partes en el literal A del Anexo IV- Acuerdo para la Provision de Enlaces y Adecuacion de Red- del proyecto de contrato de interconexion, y en el numeral 2 del Anexo I.B.- Puntos de Interconexion- del proyecto de contrato de interconexion 5 - mediante el cual las partes acordaron la instalacion de 2 puntos de interconexion ubicados en cada uno de sus locales, el presente Mandato de Interconexion establece que AMERICATEL y AT&T implementaran enlaces unidireccionales. Por lo tanto, AMERICATEL instalara los circuitos necesarios para la interconexion entre sus redes del servicio de telefonia fija local y servicio portador de larga distancia nacional e internacional, y el punto de interconexion de las redes del servicio de telefonia fija local y servicio portador de larga distancia nacional e internacional de AT&T, y sera responsable de la operacion y el mantenimiento de estos enlaces de interconexion. De igual manera, AT&T instalara los circuitos necesarios para la interconexion entre sus redes del servicio de telefonia fija local y servicio portador de larga distancia nacional e internacional, y el punto de interconexion de las redes del servicio de telefonia fija local y servicio portador de larga distancia nacional e internacional de AMERICATEL, y sera responsable de la operacion y el mantenimiento de estos enlaces de interconexion. Sin perjuicio de lo expuesto en los parrafos precedentes, cualquiera de las partes puede solicitar a un tercero, incluyendo a la otra parte, la instalacion de sus respectivos enlaces; en cuyo caso, los precios no podran ser superiores a los establecidos en Mandatos previos emitidos por OSIPTEL o Contratos de Interconexion aprobados por el mismo. En ese sentido, conforme lo acordado por MORDAZA empresas en el numeral 4 del Anexo I.B.- Puntos de Interconexion- y en el literal A del Anexo IV- Acuerdo para la Provision de Enlaces y Adecuacion de Reddel proyecto de contrato de interconexion, si AT&T instalara los enlaces de interconexion para presente relacion de interconexion, los cargos por dicho concepto no podran ser mayores a los establecidos en el siguiente cuadro:
Cargos de Enlaces de Interconexion E1 (en US$) Numero de E1s Hasta 4 De 5 a 16 De 17 a 48 Mas de 48 DEPARTAMENTO DE MORDAZA Cargo unico por E1 320 320 320 320 Renta mes 1000n 720n + 800 518n + 4032 504n + 4704

actividades destinadas a llevar a cabo dicha puesta en operacion. Lo expuesto en el presente parrafo tambien es de aplicacion en caso que MORDAZA empresas acuerden que AMERICATEL instale los enlaces de interconexion para la presente relacion de interconexion, en cuyo caso, AT&T podra verificar los costos relacionados con la puesta en operacion de los enlaces de interconexion provistos por AMERICATEL, asi como la efectiva realizacion de las actividades destinadas a llevar a cabo dicha puesta en operacion. 4.2.2.5 Costos de adecuacion de red Sobre este particular, el articulo 36º del Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion6 , establece los alcances del Numeral 49 de los Lineamientos de Politica de Apertura, respecto de las modificaciones en la red, relacionadas con la interconexion. Asi, se entiende que las modificaciones en la red a que alude el referido Numeral 49 se refieren a los elementos de red comprendidos desde el nodo (v.g. central telefonica, en el caso de la red telefonica) utilizado como acceso en la interconexion y el distribuidor digital que conecta al sistema de transmision utilizado en la interconexion. En ese sentido, considerando que (i) cada operador sera el encargado de instalar los enlaces unidireccionales desde su central hasta la central del otro operador en la cual se ubica el punto de interconexion, y (ii) lo acordado por las partes en el literal B del Anexo IV- Acuerdo para la Provision de Enlaces y Adecuacion de Red- del proyecto de contrato de interconexion; se dispone que cada operador asumira los costos de adecuacion de la red del otro operador. Cabe destacar que los costos de adecuacion de red son distintos de los costos por los enlaces de interconexion, los que constituyen el medio de transmision por el cual se transportan las comunicaciones entre las redes y por los que se deben pagar los cargos establecidos en el Numeral 3 del Anexo 2- Condiciones Economicas- del presente Mandato de Interconexion. De esta manera, se considera que las partes deberan ejecutar sus acuerdos sobre costos de adecuacion de red conforme a la normativa vigente. Para ello, los acuerdos que establezcan las partes se pueden sujetar a cualquiera de las dos modalidades siguientes, a eleccion de cada parte, en MORDAZA y provincias, de forma no excluyente. (i) Uso Exclusivo.- De acuerdo a esta modalidad la adquisicion de los equipos se efectua para su uso en una interconexion en particular. De esta manera, el operador que requiera adecuar su red por motivos de la implementacion de la interconexion presentara a la otra parte, en funcion al numero de E1's solicitados, la lista de elementos de adecuacion de red, cantidad, precios y mecanismos de pago para la adecuacion de red, aspectos sobre los cuales MORDAZA partes se pondran de acuerdo. En este contexto, en el presente Mandato de Interconexion se deja establecido que en caso de requerirse elementos de adecuacion de red para implementar un punto de interconexion o enlace de interconexion, se tomara en cuenta el procedimiento desarrollado en el numeral 4. del Anexo 1.A. (ii) Uso compartido.- Esta modalidad fue autorizada por la Resolucion de Gerencia General Nº 064-2000-GG/ OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 02 de junio de 2000. Conforme a esta modalidad, para los fines de la interconexion de redes de servicios portadores de larga distancia, las empresas involucradas pueden utilizar, opcionalmente, un sistema de pagos por el uso compartido de elementos de adecuacion de red, de

Donde n: Total de E1's arrendados en el mes.

El cargo unico y la renta mensual por los enlaces de interconexion no incluyen los costos por fibra optica ni los costos por obras civiles adicionales asociados a la instalacion. En este caso, si AT&T instalara los enlaces de interconexion para presente relacion de interconexion, AMERICATEL podra verificar los costos relacionados con la puesta en operacion de los enlaces de interconexion provistos por AT&T, asi como la efectiva realizacion de las

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El referido contrato fue debidamente suscrito por AMERICATEL y enviado a AT&T mediante comunicacion c.291-2002-GAR, recibida el 21 de octubre de 2002. Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL.

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