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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (30/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 250595 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de agosto de 2003 al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, oralesy tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 254, de fecha 14 de mayo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacióna la Zona Arqueológica "Huaca China o Huaca Cholo-que", ubicada en el distrito y provincia de Santa, depar-tamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprue-ba el Reglamento de Organización y Funciones del Insti- tuto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a la Zona Arqueológica "Huaca China o Huaca Cholo- que", ubicada en el distrito y provincia de Santa, departa- mento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación de la Zona Arqueológica "Huaca China o HuacaCholoque", Nº 001, de fecha diciembre de 2002, con unárea de 4.59 hectáreas y un perímetro de 1,136.044 me- tros lineales, a escala 1/1000, así como su Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológi- ca mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope-cuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec-tar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida-des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 16065 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 587/INC Lima, 12 de agosto de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 253, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 16 defecha 14 de mayo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, oralesy tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 253, de fecha 14 de mayo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica "Wiscurckoto", ubicada en el dis-trito Santa Cruz, provincia de Santa, departamento deAncash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprue-ba el Reglamento de Organización y Funciones del Insti-tuto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a la Zona Arqueológica "Wiscurckoto", ubicada en eldistrito Santa Cruz, provincia de Santa, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación de la Zona Arqueológica "Wiscurckoto" Nº 001, defecha diciembre de 2002, a escala 1/1000, con un áreade 2.75 hectáreas y un perímetro de 705,643 metros li-neales, así como su Ficha Técnica y Memoria Descripti- va. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológi-ca mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Pa-trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 16066 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 588/INC Lima, 12 de agosto de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 252, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 16 defecha 14 de mayo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, oralesy tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 252, de fecha 14 de mayo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacióna la Zona Arqueológica "Plaza Pampa", ubicada en eldistrito Pira, provincia de Huaraz, departamento de An-cash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y laOficina de Asuntos Jurídicos;