TEXTO PAGINA: 26
PÆg. 250592 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de agosto de 2003 south Doctors´ Hospital de la ciudad de Miami - USA, con la finalidad de que realice el tratamiento requeridopor el paciente asegurado Luis Enrique Ruesta Paz, por un valor referencial de US$ 33,900.00, así como la adquisi- ción de los correspondientes pasajes y el otorgamientode la bolsa de viaje para el paciente. 2. ENCARGAR a la Gerencia Central de Adquisicio- nes los actos respectivos para la contratación exonera-da, y a la Gerencia Central de Recursos Patrimoniales y Distribución aquellos actos necesarios para el viaje del paciente asegurado Luis Enrique Ruesta Paz. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento de la Contraloría General de la República la presente Resolución, dentro del plazo establecido porla ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social deSalud la presente Resolución. 5. DISPONER que la Secretaría General publique la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano den-tro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 16164 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a diversos sitios y zonas arqueoló- gicas ubicadas en los departamentos de Ancash y Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 580/INC Lima, 12 de agosto de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 260, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 16 de fecha 14 de mayo de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, oralesy tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 260, de fecha 14 de mayo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Naciónal Sitio Arqueológico "El Castillo", ubicado en el distritoRinconada, provincia de Santa, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprue-ba el Reglamento de Organización y Funciones del Insti- tuto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico "El Castillo", ubicado en el dis-trito Rinconada, provincia de Santa, departamento de An- cash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación del Sitio Arqueológico "El Castillo" Nº 001, de fe-cha diciembre de 2002, con un área de 13.75 hectáreasy un perímetro de 1,410.643 metros lineales, a escala 1/ 1000, así como su Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológicomencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri-monio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro-bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 16059 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 581/INC Lima, 12 de agosto de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 259, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 16 de fecha 14 de mayo de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, oralesy tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 259, de fecha 14 de mayo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Naciónal Sitio Arqueológico "Pañamarca", ubicado en el distritoNepeña, provincia de Santa, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprue-ba el Reglamento de Organización y Funciones del Insti- tuto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico "Pañamarca", ubicado en el distrito Nepeña, provincia de Santa, departamento deAncash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación del Sitio Arqueológico "Pañamarca", Nº 001, defecha diciembre de 2002, con un área de 93.82 hectá- reas y un perímetro de 5,162.987 metros lineales, a es- cala 1/2000, así como su respectiva Ficha Técnica yMemoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de